Norma Legal Oficial del día 22 de enero del año 1999 (22/01/1999)


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TEXTO DE LA PÁGINA 6

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SE RESUELVE:

NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 22 de enero de 1999

Articulo 1º.- Otorgar a FIRSTCOM S.A., la concesion para la explotacion del Servicio Publico Portador de Larga Distancia Nacional, por el plazo de veinte (20) anos, en el area de concesion de la Republica del Peru. Articulo 2º.- Aprobar el Contrato de Concesion a celebrarse con FIRSTCOM S.A., para la prestacion del Servicio Publico a que se refiere el anterior articulo, el que consta de veinticuatro (24) clausulas y tres (3) anexos y que forman parte integrante de la presente Resolucion Ministerial. Articulo 3º.- Autorizar al Jefe de la Unidad Especializada en Concesiones de Telecomunicaciones, para que en representacion del Ministerio, suscriba el Contrato de Concesion que se aprueba mediante Resolucion Ministerial. Articulo 4º.- La concesion otorgada quedara sin efecto de pleno derecho, sin perjuicio que el Ministerio emita el acto administrativo correspondiente, si el Contrato de Concesion no es suscrito por la empresa solicitante en el plazo MORDAZA de sesenta (60) dias calendario, computados a partir de la publicacion de la presente Resolucion Ministerial; para el efecto debera cumplir, previamente, con presentar Carta Fianza, el pago por derecho de concesion, pago de canon si corresponde, asi como el pago de la publicacion de esta resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese.

Articulo 3º.- Autorizar al Jefe de la Unidad Especializada en Concesiones de Telecomunicaciones, para que en representacion del Ministerio, suscriba el Contrato de Concesion que se aprueba mediante Resolucion Ministerial. Articulo 4º.- La concesion otorgada quedara sin efecto de pleno derecho, sin perjuicio que el Ministerio emita el acto administrativo correspondiente, si el Contrato de Concesion no es suscrito por la empresa solicitante en el plazo MORDAZA de sesenta (60) dias calendario, computados a partir de la publicacion de la presente Resolucion Ministerial; para el efecto debera cumplir, previamente, con presentar Carta Fianza, el pago por derecho de concesion, pago de canon si corresponde, asi como el pago de la publicacion de esta resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA PANDOLFI ARBULU Ministro de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion 1073 RESOLUCION MINISTERIAL Nº 025-99-MTC/15.03 MORDAZA, 21 de enero de 1999

MORDAZA PANDOLFI ARBULU Ministro de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion 1072 RESOLUCION MINISTERIAL Nº 024-99-MTC/15.03 MORDAZA, 21 de enero de 1999 Visto, la solicitud del 18.8.98 presentada por la empresa FIRSTCOM S.A., sobre otorgamiento de concesion para la prestacion del Servicio Publico Portador de Larga Distancia Internacional en la Republica del Peru; CONSIDERANDO: Que, conforme al TUO de la Ley de Telecomunicaciones aprobado por D.S. Nº 013-93-TCC, su Reglamento General aprobado por D.S. Nº 006-94-TCC, modificado por D.S. Nº 005-98-MTC y D.S. Nº 022-98-MTC y el D.S. Nº 007-97-MTC, corresponde a este Ministerio las atribuciones y facultades de administrar, asignar y controlar, entre otros, los Servicios Publicos Portadores de Larga Distancia Internacional, asi como las atribuciones referidas al otorgamiento de las concesiones del mismo, las que se perfeccionan mediante contrato escrito aprobado por Resolucion del Titular del Sector; Que, mediante Informes Nºs. 275-98-MTC/15.03.UECT, 302-98-MTC/15.03.UECT y 004-99-MTC/15.03.UECT, la Unidad Especializada en Concesiones de Telecomunicaciones opina que es procedente el otorgamiento de la concesion solicitada por la empresa FIRSTCOM S.A.; habiendose verificado el cumplimiento de los requisitos que establece la legislacion para el otorgamiento de concesion del Servicio Publico Portador de Larga Distancia Internacional; Que, en cumplimiento a lo establecido en el literal g) del Articulo 6º del Reglamento del OSIPTEL, dicho organismo ha encontrado conforme el Proyecto del Contrato de Concesion, objeto de la solicitud de concesion presentada por la recurrente; Que, estando a lo expuesto en los anteriores considerandos, resulta procedente otorgar la concesion solicitada, aprobar el contrato de concesion y autorizar la suscripcion del mismo; De conformidad con lo dispuesto en los DD.SS. Nº 013-93TCC, Nº 006-94-TCC, Nº 007-97-MTC, Nº 005-98-MTC, Nº 020-98-MTC, Nº 021-98-MTC y Nº 022-98-MTC; Con la opinion favorable del Jefe de la Unidad Especializada en Concesiones de Telecomunicaciones y del Viceministro de Comunicaciones; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Otorgar a FIRSTCOM S.A., la concesion para la explotacion del Servicio Publico Portador de Larga Distancia Internacional, por el plazo de veinte (20) anos, en la Republica del Peru. Articulo 2º.- Aprobar el Contrato de Concesion a celebrarse con FIRSTCOM S.A., para la prestacion del Servicio Publico a que se refiere el anterior articulo, el que consta de veinticuatro (24) clausulas y tres (3) anexos y que forman parte integrante de la presente Resolucion Ministerial.

Visto, la solicitud del 2.9.98 presentada por GLOBAL VILLAGE TELECOM N.V., sobre otorgamiento de concesion para la prestacion de los Servicios Publicos Portadores de Larga Distancia Nacional e Internacional en la Republica del Peru; CONSIDERANDO: Que, conforme al TUO de la Ley de Telecomunicaciones aprobado por D.S. Nº 013-93-TCC, su Reglamento General aprobado por D.S. Nº 006-94-TCC, modificado por D.S. Nº 005-98-MTC y D.S. Nº 022-98-MTC y el D.S. Nº 007-97-MTC, corresponde a este Ministerio las atribuciones y facultades de administrar, asignar y controlar, entre otros, los Servicios Publicos Portadores de Larga Distancia Nacional e Internacional, asi como las atribuciones referidas al otorgamiento de concesion de los mismos, las que se perfeccionan mediante contrato escrito aprobado por Resolucion del Titular del Sector; Que, mediante Informes Nºs. 304-98-MTC/15.03.UECT y 005-99-MTC/15.03.UECT, la Unidad Especializada en Concesiones de Telecomunicaciones opina que es procedente el otorgamiento de la concesion solicitada por la empresa GLOBAL VILLAGE TELECOM N.V.; habiendose verificado el cumplimiento de los requisitos que establece la legislacion para el otorgamiento de concesion de los Servicios Publicos Portadores de Larga Distancia Nacional e Internacional; Que, en cumplimiento a lo establecido en el literal g) del Articulo 6º del Reglamento del OSIPTEL, dicho organismo ha encontrado conforme el Proyecto del Contrato de Concesion, objeto de la solicitud de concesion presentada por la recurrente; Que, estando a lo expuesto en los anteriores considerandos, resulta procedente otorgar la concesion solicitada, aprobar el contrato de concesion y autorizar la suscripcion del mismo; De conformidad con lo dispuesto en los DD.SS. Nº 013-93TCC, Nº 006-94-TCC, Nº 007-97-MTC, Nº 005-98-MTC, Nº 020-98-MTC, Nº 021-98-MTC y Nº 022-98-MTC; Con la opinion favorable del Jefe de la Unidad Especializada en Concesiones de Telecomunicaciones y del Viceministro de Comunicaciones; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Otorgar a GLOBAL VILLAGE TELECOM N.V., concesion para la explotacion de los Servicios Publicos Portadores de Larga Distancia Nacional e Internacional, por el plazo de veinte (20) anos, en la Republica del Peru. Articulo 2º.- Aprobar el Contrato de Concesion a celebrarse con GLOBAL VILLAGE TELECOM N.V., para la prestacion de los Servicios Publicos a que se refiere el anterior articulo, el que consta de veinticuatro (24) clausulas y tres (3) anexos y que forman parte integrante de la presente Resolucion Ministerial. Articulo 3º.- Autorizar al Jefe de la Unidad Especializada en Concesiones de Telecomunicaciones, para que en representacion del Ministerio, suscriba el Contrato de Concesion que se aprueba mediante Resolucion Ministerial. Articulo 4º.- La concesion otorgada quedara sin efecto de pleno derecho, sin perjuicio que el Ministerio emita el acto administrativo correspondiente, si el Contrato de Concesion no es suscrito por la empresa solicitante en el plazo MORDAZA de