Norma Legal Oficial del día 27 de septiembre del año 2019 (27/09/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 7

El Peruano / Viernes 27 de setiembre de 2019

NORMAS LEGALES

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artículo 3 del Decreto Supremo N° 044-2014-EM se encargue de efectuar la implementación de las medidas temporales que permitan superar la situación de grave deficiencia temporal del servicio eléctrico declarada en la presente Resolución Ministerial. Artículo 4.- Disponer que la empresa Electronoroeste S.A queda obligada de remitir al Ministerio de Energía y Minas el expediente de las contrataciones de obras, servicios o bienes, que al amparo de la presente Resolución Ministerial haya realizado, a efectos de verificar si se encuentran alineados a lo resuelto en la misma. Regístrese, comuníquese y publíquese. FRANCISCO ÍSMODES MEZZANO Ministro de Energía y Minas 1811452-1

INTERIOR
Autorizan viaje de personal de la Policía Nacional del Perú a EE.UU., por tratamiento médico altamente especializado
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 1460-2019-IN Lima, 26 de setiembre de 2019 VISTOS, el Oficio N° 1607-2019-COMGEN-PNP/ SECEJE/UTD.OR de la Jefatura de la Oficina de Resoluciones de la Unidad de Trámite Documentario de la Secretaría Ejecutiva de la Policía Nacional del Perú y el Informe N° 002423-2019/IN/OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio del Interior; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución de Gerencia General N° 0164-2019-IN-SALUDPOL-GG de fecha 23 de agosto de 2019, la Gerencia General del Fondo de Aseguramiento en Salud de la Policía Nacional del Perú ­ SALUDPOL, autorizó la ampliación del tratamiento médico altamente especializado del Suboficial Técnico de Tercera de la Policía Nacional del Perú Ángel Miguel Pedraza Zegarra, a realizarse en la Clínica UC San Diego Health de los Estados Unidos de América, con cargo al saldo restante por el monto de USD 22 138,00 (Veintidós mil ciento treinta y ocho con 00/100 dólares americanos); Que, de acuerdo a lo informado por el Fondo de Aseguramiento en Salud de la Policía Nacional del Perú ­ SALUDPOL mediante Informe Técnico N° 091-2019-SALUDPOL-GG-DFPS/AMRS de fecha 23 de agosto de 2019, se concluye que se debe autorizar el viaje por 120 días calendario para que el Suboficial Técnico de Tercera de la Policía Nacional del Perú Ángel Miguel Pedraza Zegarra concluya su tratamiento médico en la Clínica UC San Diego Health de los Estados Unidos de América, del 16 de setiembre de 2019 al 13 de enero de 2020; Que, con Oficio N° 064-2019-SALUDPOL-GG/ DFPS de fecha 17 de setiembre de 2019, la Dirección de Financiamiento y Planes de Salud del Fondo de Aseguramiento en Salud de la Policía Nacional del Perú ­ SALUDPOL, traslada a la División de Altas y Bajas de la Dirección de Recursos Humanos de la Policía Nacional del Perú el expediente administrativo del Suboficial Técnico de Tercera de la Policía Nacional del Perú Ángel Miguel Pedraza Zegarra, quien viajará con un acompañante, para concluir el tratamiento médico altamente especializado en la Clínica UC San Diego Health de los Estados Unidos de América, precisando que luego de las coordinaciones realizadas con la referida clínica se han variado las fechas de viaje, del 01 de octubre de 2019 al 28 de enero de 2020, solicitando se prosiga con el trámite para la expedición de la resolución que autorice el viaje al exterior del citado Suboficial;

Que, el tratamiento médico altamente especializado que se debe brindar al Suboficial Técnico de Tercera de la Policía Nacional del Perú Ángel Miguel Pedraza Zegarra, se orienta esencialmente a la recuperación de su salud, lo cual redunda en el bienestar del personal y en el ámbito de competencia de la Policía Nacional del Perú, resultando por ello de interés institucional la realización del viaje al exterior antes referido, debiendo señalarse que los gastos que irroga dicho viaje por concepto de compensación extraordinaria y los pasajes aéreos (ida y retorno), son asumidos por la Unidad Ejecutora 002: Dirección de Economía y Finanzas de la Policía Nacional del Perú, del Pliego 007: Ministerio del Interior, conforme lo precisa el Oficio N° 4303-2019-SECEJE-DIRADMDIVECO-PNP/DEP.PRE de fecha 17 de setiembre de 2019, del Departamento de Presupuesto de la Dirección de Economía y Finanzas de la Policía Nacional del Perú; Que, el Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado por Decreto Supremo N° 002-2004-DE/SG, en su artículo 3 establece que "Los viajes al exterior con carácter oficial comprenden las modalidades siguientes: (...) ­ Tratamiento Médico Altamente Especializado"; Que, el Decreto Supremo N° 001-2009-IN en su artículo 1 señala "Hacer extensivo al personal policial y civil de la Policía Nacional del Perú los alcances del Decreto Supremo N° 002-2004-DE/SG (...)"; Que, la Ley N° 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019, en su artículo 10 establece que "10.1. Durante el Año Fiscal 2019, los viajes al exterior de los servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos deben realizarse en categoría económica (...) La autorización para viajes al exterior de las personas señaladas en el párrafo precedente se aprueba conforme a lo establecido en la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y sus normas reglamentarias. (...)"; Que, mediante Decreto Supremo Nº 047-2002PCM, se aprueban las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, el cual en su artículo 2, referido al contenido del acto de autorización, establece que "La Resolución de autorización de viajes al exterior de la República estrictamente necesarios, será debidamente sustentada en el interés nacional o en el interés específico de la Institución, y deberá indicar expresamente el motivo del viaje, el número de días de duración del viaje, el monto de los gastos de desplazamiento, viáticos y tarifa Corpac. (...)"; Que, el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM en su artículo 1 establece que "(...) La autorización de viajes al exterior de personas, que viajen en representación del Poder Ejecutivo irrogando gasto al Tesoro Público, se otorgará mediante Resolución Ministerial del Sector correspondiente, siempre que se sustenten en el interés nacional o en el interés específico de la institución, conforme a la Ley N° 27619 y el presente Reglamento"; Que, asimismo, el artículo 4 del Decreto Supremo N° 047-2002-PCM señala que "Las Resoluciones de autorización de viaje deberán publicarse en el Diario Oficial El Peruano (...)"; Que, en atención al citado marco normativo, resulta conveniente autorizar el viaje al exterior, por tratamiento médico altamente especializado, del Suboficial Técnico de Tercera de la Policía Nacional del Perú Ángel Miguel Pedraza Zegarra, del 01 de octubre de 2019 al 29 de enero de 2020, a la ciudad de San Diego, Estado de California de los Estados Unidos de América; Con la visación de la Comandancia General de la Policía Nacional del Perú y de la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio del Interior; y, De conformidad con la Ley Nº 27619, Ley que Regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos; el Decreto Supremo N° 0472002-PCM, mediante el cual se aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019; el Decreto Legislativo N° 1267, Ley de la Policía