Norma Legal Oficial del día 27 de septiembre del año 2019 (27/09/2019)


Si desea descargar el documento entero como pdf click aquí.

TEXTO DE LA PÁGINA 42

42

NORMAS LEGALES

Viernes 27 de setiembre de 2019 /

El Peruano

ha significado un abuso de las atribuciones que ejerce dicha Sub Gerencia; por el contrario, se sujeta al principio de legalidad, pues se ha actuado con respeto a la Constitución, la ley y al derecho, dentro de las facultades que le están atribuidas y de acuerdo con los fines para los que les fueron conferidas. Dicho esto, corresponde desestimar el recurso de apelación, debiéndose confirmar la Resolución Sub Gerencial N° 000892-2019-SGACTDSG/ONPE; De conformidad con lo dispuesto en el artículo 218 del TUO de la LPAG, el artículo 16, literal q) del Reglamento de Organización y Funciones de la ONPE, aprobado con Resolución Jefatural N° 063-2014-J/ONPE y sus modificatorias; Con el visado de la Gerencia de Asesoría Jurídica; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Declarar INFUNDADO el recurso de apelación interpuesto por el ciudadano Francisco Javier Velasco Gonzales, y en consecuencia CONFIRMAR la Resolución Subgerencial N° 000892-2019-SGACTD-SG/ ONPE, de fecha 2 de agosto de 2019, por los fundamentos expuestos en la presente resolución. Artículo Segundo.- Notificar al señor Francisco Javier Velasco Gonzales, el contenido de la presente resolución, para los fines pertinentes. Artículo Tercero.- Disponer la publicación de la presente resolución en el diario oficial El Peruano y en portal institucional, www.onpe.gob.pe, dentro de los tres (3) días de su emisión. Regístrese, comuníquese y publíquese. GISELLE ELGUERA CARBAJAL Secretaria General (e) Oficina Nacional de Procesos Electorales 1810694-1

Estando a lo informado por el Departamento de Supervisión Microfinanciera "D"; De conformidad con lo dispuesto por el artículo 30º de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros - Ley Nº 26702; el Reglamento de Apertura, Conversión, Traslado o Cierre de Oficinas y Uso de Locales Compartidos, aprobado mediante Resolución SBS Nº 4797-2015; y, en uso de las facultades delegadas mediante Resolución SBS Nº 12883-2009; RESUELVE: Artículo Único.- Autorizar a la Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Huancayo S.A. la apertura de una oficina, bajo la modalidad de agencia, ubicada en Jirón Juan Antonio Trelles Nº 272, distrito y provincia de Andahuaylas, departamento de Apurímac. Regístrese comuníquese y publíquese. LUIS MARTÍN AUQUI CÁCERES Intendente General de Microfinanzas 1810701-1

Autorizan a Protecta S.A. Compañía de Seguros el traslado de oficina especial ubicada en el distrito y provincia de Trujillo, departamento de La Libertad
RESOLUCIÓN SBS Nº 4267-2019 Lima, 17 de septiembre de 2019 EL INTENDENTE GENERAL DE SUPERVISIÓN DE INSTITUCIONES DE SEGUROS VISTA: La solicitud presentada por PROTECTA S.A. COMPAÑÍA DE SEGUROS para que se le autorice el traslado de la oficina especial ubicada actualmente en la Avenida Víctor Larco Herrera Nº 770-774-780, Oficina Nº 303, Distrito y Provincia de Trujillo, Departamento de La Libertad; a su nueva ubicación en la Calle Santo Toribio de Mogrovejo Nº 688-690, urbanización San Andrés, tercera etapa, Distrito y Provincia de Trujillo, Departamento de La Libertad, CONSIDERANDO: Que mediante Resolución SBS Nº 5052-2014, de fecha 08 de agosto de 2014, se autorizó la apertura de cuatro (04) oficinas especiales, dentro de las que se encontraba la ubicada en la Avenida Víctor Larco Herrera Nº 770-774-780, Oficina Nº 303, Distrito y Provincia de Trujillo, Departamento de La Libertad; Que, en aplicación de los artículos 3º y 7º del Reglamento de Apertura, Conversión, Traslado o Cierre de Oficinas y Uso de Locales Compartidos, aprobado mediante Resolución SBS Nº 4797-2015, (el Reglamento), y el Procedimiento Nº 12 del Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) de esta Superintendencia, aprobado mediante Resolución SBS Nº 1678-2018, la empresa solicitante ha cumplido con presentar la documentación correspondiente para el traslado de una (01) oficina especial; Con el visto bueno del Departamento de Supervisión de Seguros "A" y del Departamento de Asesoría y Supervisión Legal: y, De conformidad con lo dispuesto por el artículo 32º de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, Ley Nº 26702, y sus modificatorias y en el Reglamento; RESUELVE: Artículo Único.- Autorizar a PROTECTA S.A. COMPAÑÍA DE SEGUROS, el traslado de la oficina

SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES
Autorizan a la Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Huancayo S.A. la apertura de oficina, bajo la modalidad de agencia, ubicada en el departamento de Apurímac
RESOLUCIÓN SBS Nº 4235-2019 Lima,16 de septiembre de 2019 EL INTENDENTE GENERAL DE MICROFINANZAS VISTA: La solicitud presentada por la Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Huancayo S.A. (en adelante, la Caja) para que esta Superintendencia le autorice la apertura de una oficina, bajo la modalidad de agencia, ubicada en el departamento de Apurímac; y, CONSIDERANDO: Que, en sesión de Directorio de fecha 22.03.2019, dicho órgano de dirección aprobó la Programación Anual de Oficinas para el año 2019, la cual incluía la apertura de la citada agencia, y que ello fue ratificado en la sesión de Directorio de fecha 15.06.2019; Que, la Caja ha cumplido con remitir la documentación requerida por el procedimiento Nº 11 del Texto Único de Procedimientos Administrativos de esta Superintendencia, aprobado mediante Resolución SBS Nº 1678-2018;