Norma Legal Oficial del día 27 de septiembre del año 2019 (27/09/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 34

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NORMAS LEGALES

Viernes 27 de setiembre de 2019 /

El Peruano

Aplicadas S.A.C. (en adelante, la Universidad); y, el Informe técnico de modificación de licencia N° 021-2019-SUNEDU-DILIC-EV de la Dirección de Licenciamiento (en adelante, la Dilic). CONSIDERANDO: 1. Antecedentes Mediante Resolución del Consejo Directivo N° 037-2017-SUNEDU/CD del 4 de octubre de 2017, publicada el 6 de octubre de 2017 en el Diario Oficial "El Peruano", se otorgó la licencia institucional a la Universidad para ofrecer el servicio educativo superior universitario en sus ocho (8) locales ubicados en la provincia y departamento de Lima, con una vigencia de seis (6) años. Asimismo, considerando la Resolución del Consejo Directivo que ha modificado la licencia institucional1, actualmente se reconocen ciento trece (113) programas de estudio, de los cuales setenta y siete (77) conducen a grado académico de bachiller, treinta (30) de maestro, y seis (6) programas de segunda especialidad profesional. El Capítulo IV del "Reglamento del procedimiento de licenciamiento institucional", aprobado mediante Resolución del Consejo Directivo N° 008-2017-SUNEDU/ CD (en adelante, el Reglamento de Licenciamiento), establece el procedimiento de modificación de la licencia institucional que permite a la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria (en adelante, la Sunedu) verificar el cumplimiento de las Condiciones Básicas de Calidad (en adelante, CBC) para (i) la creación o modificación de programas de estudios y (ii) la creación o modificación de la mención de los grados y títulos. Asimismo, el numeral 26.2 del artículo 26 del Reglamento de Licenciamiento establece que para los supuestos de modificación de la licencia institucional se evaluarán aquellos indicadores que resulten aplicables al supuesto planteado por las universidades solicitantes. El 3 de mayo de 2019, mediante Carta SG-39-19, la Universidad presentó su SMLI2 referida al cambio de locación para la ampliación de quince (15) programas de estudio licenciados, de los cuales diez (10) programas de estudios son conducentes a grado académico de bachiller y cinco (5) de maestro, a impartirse en sus locales SL013, SL074 y SL105. Mediante Resolución del Consejo Directivo N° 096-2019-SUNEDU/CD del 22 de julio de 2019, publicada en el Diario Oficial "El Peruano" el 23 de julio de 2019, se modificaron los artículos 15, 26, 27 y 28 del Reglamento de licenciamiento, se establecieron los supuestos para la modificación de licencia institucional6 y se consignaron además los requisitos aplicables para cada uno de ellos, según los principios de razonabilidad, sostenibilidad y mejora, y riesgo de incumplimiento. Revisada la documentación remitida por la Universidad, mediante Oficio N° 312-2019-SUNEDU-02-12 del 15 de agosto de 2019, se efectuaron observaciones a la SMLI y se otorgó el plazo de diez (10) días hábiles para que presente la documentación requerida. En mérito a ello, el 3 de septiembre de 2019, mediante Carta SG-92-19, la Universidad remitió información y documentación con la finalidad de subsanar las observaciones. Adicionalmente, la Universidad ha remitido información complementaria el 12 de septiembre de 2019, mediante la Carta SG-102-19. En tal sentido, el 16 de septiembre de 2019, la Dilic emitió el Informe técnico de modificación de licencia N° 021-2019-SUNEDU-DILIC-EV, el cual concluyó con un resultado favorable y dispuso la remisión del expediente al Consejo Directivo para la emisión de resolución que corresponda. Según el análisis contenido en el informe técnico antes referido, la Universidad justificó el cambio de locación, basándose en la demanda laboral y, con ello, en la necesidad de contar con especialistas en dichas áreas. Asimismo, la Universidad presentó el análisis cuantitativo para estimar con datos provenientes de fuentes primarias y secundarias la demanda laboral insatisfecha, y la demanda educativa insatisfecha, identificándose los actores estratégicos más relevantes de cada programa de estudios.

Respecto a los quince (15) programas de estudio declarados para el cambio de locación (ampliación de oferta académica), es preciso señalar que, estos mantienen la modalidad de estudio presencial, los objetivos, el perfil del egresado y la malla curricular con relación a lo autorizado en la licencia institucional, de conformidad a lo establecido en los artículos 39, 40, 41, 42, 43, 44 y 45 de la Ley Universitaria. Asimismo, la Universidad presentó el sustento sobre la disponibilidad horaria en laboratorios, talleres, aulas de enseñanza y ambientes para docentes en los locales SL01, SL07 y SL10, para los programas que forman parte de la SMLI, los cuales se encuentran equipados para la prestación del servicio educativo. Cabe resaltar que, la Universidad desde el periodo académico 2017-I al 2019-I ha incrementado a nivel institucional veintiún (21) laboratorios, catorce (14) talleres, cuarenta y siete (47) aulas, y cincuenta y cinco (55) ambientes para docentes, favoreciendo el aforo institucional. La Universidad cuenta con trecientos cuarenta y dos (342) docentes designados para los programas que forman parte del cambio de locación, asimismo, tiene proyectado contratar treinta y tres (33) docentes al año 2020. Finalmente, cabe señalar que la presente SMLI cumple el requisito mínimo del 25 % de docentes a tiempo completo (28,1 %). Respecto a los docentes que realizan actividades de investigación, se evidenció a veintitrés (23) docentes en el Registro Nacional Científico, Tecnológico y de Innovación Tecnológica- Renacyt. Además, la Universidad cuenta con producción científica en Web of Science y Scopus, en las áreas temáticas que se relacionan a los programas de estudio declarados para el cambio de locación. En relación al Presupuesto Institucional de Investigación se evidenció un aumento progresivo desde el 2016 al 2019, en S/ 4 000 000 (cuatro millones y 00/100 soles). Además, la Universidad organiza el Concurso Anual de Incentivo a la Investigación por el cual se ha incrementado el número de proyectos de investigación participantes en este concurso, al igual que el monto asignado al financiamiento de dichos proyectos. Cabe señalar que, la Universidad presenta en los programas de estudio una proporción baja de producción científica y un menor número de docentes investigadores Renacyt. Por ello, con la finalidad de garantizar incrementar docentes investigadores registrados y calificados en el Renacyt, así como en la producción académica y científica, se requiere a la Universidad presentar las evidencias de las acciones realizadas al respecto. La Universidad cuenta con acervo bibliográfico físico y digital para toda su oferta académica, así como servicios e instalaciones para los estudiantes y docentes. Cabe precisar que, la Universidad mantiene suscripciones y contratos con las empresas Elsevier, Springer Nature, E-Technologies Solutions Corp, Business Information,

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Resolución del Consejo Directivo N° 104-2019- SUNEDU/CD del 5 de agosto de 2019. Asimismo, solicitó la creación de un (1) programa de posgrado denominado "Maestría en Transformación Digital de Negocios", en la modalidad presencial. Dicho programa de estudios fue reconocido en la Resolución de Consejo Directivo N° 104-2019-SUNEDU/CD del 5 de agosto de 2019, en virtud a lo solicitado por la Universidad, mediante Carta R-13-19 del 25 de junio de 2019. (SL01), ubicado en Av. Alonso de Molina N° 1611 Urb. Lima Polo And Hunt Club / Av. Prolongación Primavera N° 2390 / Jr. José Nicolás Rodrigo N° 440-490 / Av. Primavera N° 2482 / Calle Los Ficus N° 136-191 / Jr. Alonso de Molina N° 1721-1727. Urb. El Sausalito, todos en el distrito Santiago de Surco, provincia y departamento de Lima. (SL07), ubicado en Terreno rústico con frente a la Av. La Marina - Av. de la Marina N° 2810, distrito de San Miguel, provincia y departamento de Lima. (SL10), ubicado en Sub lote B con frente al Parque Público, Urb. Parte del Fundo Villa denominado lotización San Juan Bautista de Villa, distrito de Chorrillos, provincia y departamento de Lima. Supuestos: (a) creación de filial, (b) creación de local, (c) creación de programa conducente a grados y títulos, (d) cambio de denominación y/o creación de mención, (e) cambio de modalidad, y (f) cambio de locación.