Norma Legal Oficial del día 27 de septiembre del año 2019 (27/09/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 24

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NORMAS LEGALES

Viernes 27 de setiembre de 2019 /

El Peruano

Facilita la Adquisición, Expropiación y Posesión de Bienes Inmuebles para Obras de Infraestructura y Declara de Necesidad Pública la Adquisición o Expropiación de Bienes Inmuebles afectados para la Ejecución de diversas Obras de Infraestructura, Ley N° 29370, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, su Reglamento de Organización y Funciones aprobado por el Decreto Supremo Nº 021-2018-MTC y la Resolución Ministerial Nº 015-2019 MTC/01, y el Decreto Supremo N° 011-2019-VIVIENDA, que aprueba el Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo N° 1192, Ley Marco de Adquisición y Expropiación de Inmuebles, Transferencia de Inmuebles de Propiedad del Estado, Liberación de Interferencias y dicta otras medidas para la Ejecución de Obras de Infraestructura; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobación de la Ejecución de la Expropiación del área del Bien Inmueble y del Valor de la Tasación Aprobar la ejecución de la expropiación del área del inmueble afectado por la ejecución de la Obra: "Rehabilitación y Mejoramiento de la Carretera Trujillo ­ Shirán ­ Huamachuco, Tramo: Dv. Otuzco ­ Dv. Callacuyan" y el valor de la Tasación del mismo ascendente a S/ 1,227.43, conforme se detalla en el Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2.- Consignación del Valor de la Tasación Disponer que el Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional ­ PROVIAS NACIONAL, consigne en el Banco de la Nación, el monto del valor de la Tasación a favor del Sujeto Pasivo de la expropiación, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes de emitida la presente Resolución. Artículo 3.- Información Necesaria para Inscribir el área del Bien Inmueble a Favor del Beneficiario y Orden de Levantar toda Carga o Gravamen que contenga la Partida Registral 3.1 Disponer que el Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional ­ PROVIAS NACIONAL, remita al Registro de Predios de la Oficina Registral correspondiente de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos (SUNARP), la información señalada en el artículo 30 del Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo Nº 1192, Decreto Legislativo que

aprueba la Ley Marco de Adquisición y Expropiación de Inmuebles, Transferencia de Inmuebles de Propiedad del Estado, Liberación de Interferencias y dicta otras medidas para la Ejecución de Obras de Infraestructura, aprobado por Decreto Supremo N° 011-2019-VIVIENDA, a efectos de inscribir el área del bien inmueble expropiado a favor del beneficiario, en atención a lo establecido en el último párrafo del numeral 6.1 del artículo 6 de la referida norma. 3.2 Disponer que el Registrador, bajo responsabilidad, proceda al levantamiento de toda carga o gravamen que contenga la Partida Registral respecto del área del inmueble afectado. Los acreedores pueden cobrar sus acreencias con el valor de la Tasación pagado directamente o vía consignación al Sujeto Pasivo. Artículo 4.- Inscripción Registral del área del Bien Inmueble a Favor del Beneficiario Disponer que la Oficina Registral correspondiente de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos (SUNARP) inscriba a favor del beneficiario el área expropiada del inmueble afectado, bajo responsabilidad y sanción de destitución. Artículo 5.- Notificación al Sujeto Pasivo Disponer que el Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional ­ PROVIAS NACIONAL, notifique la presente Resolución al Sujeto Pasivo de la expropiación, conforme a lo dispuesto en el Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo Nº 1192, Decreto Legislativo que aprueba la Ley Marco de Adquisición y Expropiación de Inmuebles, Transferencia de Inmuebles de Propiedad del Estado, Liberación de Interferencias y dicta otras medidas para la Ejecución de Obras de Infraestructura, aprobado por Decreto Supremo N° 011-2019-VIVIENDA, requiriéndole la desocupación y entrega del área expropiada del bien inmueble afectado dentro de un plazo máximo de diez (10) días hábiles siguientes de notificada la presente Resolución, de encontrarse el área del inmueble desocupada, o treinta (30) días hábiles de estar ocupada o en uso, bajo apercibimiento de iniciar el procedimiento de ejecución coactiva para el lanzamiento o toma de posesión del área del bien inmueble materia de expropiación. Regístrese, comuníquese y publíquese. MARIA ESPERANZA JARA RISCO Ministra de Transportes y Comunicaciones

ANEXO VALOR DE LA TASACIÓN DEL ÁREA DEL INMUEBLE AFECTADO POR LA EJECUCIÓN DE LA OBRA: "REHABILITACIÓN Y MEJORAMIENTO DE LA CARRETERA TRUJILLO ­ SHIRAN ­ HUAMACHUCO, TRAMO: DV. OTUZCO ­ DV. CALLACUYAN" No. SUJETO ACTIVO / BENEFICIARIO SUJETO PASIVO CODIGO: OTUZ-T-019 IDENTIFICACIÓN DEL BIEN INMUEBLE AREA AFECTADA: 415.52 m2 AFECTACIÓN: Parcial del Inmueble VALOR DE LA TASACIÓN (S/)

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MINISTERIO DE TRANSPORTES Y COMUNICACIONES - PROVIAS NACIONAL

COORDENADAS UTM DE VALIDEZ UNIVERSAL DEL LINDEROS Y MEDIDAS PERIMÉTRICAS DEL ÁREA AFECTADA: · Por el Norte: en linea quebrada de dos tramos 5-6 de 2.908 m; 4-5 INMUEBLE de 7.72 m, con la U.C. N° 036943. WGS84 · Por el Sur: en un tramo 11-12 de 10.292 m, con la U.C. N° VERTICES LADO DISTANCIA (m) ESTE (X) NORTE (Y) 036680. · Por el Este: en linea quebrada de 7 tramos 3-4 de 3.358 m; 2-3 1 1-2 3.895 768622.6300 9122415.0200 de 4.497 m; 1-2 de 3.895 m; 15-1 de 3.449 m; 14-15 de 3.51 m; 2 2-3 4.497 768620.53 9122418.3 13-14 de 6.56 m; 12-13 de 10.367 m, con la Carretera Dv. Otuzco 3 3-4 3.358 768617.77 9122421.85 - Dv. Callacuyán · Por el Oeste: en linea quebrada de cinco tramos 10-11 de 1.425 4 4-5 7.72 768615.67 9122424.47 m; 9-10 de 8.459 m; 8-9 de 8.42m; 7-8 de 8.111 m; 6-7 de 5.507 5 5-6 2.908 768608.57 9122421.44 m, con la U.C 036942 inscrita en la Partida Electronica 11016442. Mariñoz 6 6-7 5.507 768605.987 9122420.104 Haro Adela E. 7 7-8 8.111 768607.877 9122414.932 8 9 10 PARTIDA REGISTRAL N° 11016442 perteneciente a la Oficina Registral de Otuzco de la Zona Registral N° V - Sede Trujillo. CERTIFICADO DE BÚSQUEDA CATASTRAL: Emitido con fecha 31.07.2017 (Informe Técnico Nº 5300-2017-ZR-V-ST/OC) por la Oficina Registral de Trujillo de la Zona Registral N° V - Sede Trujillo. CERTIFICADO REGISTRAL INMOBILIARIO: Emitido con fecha 19.03.2019 , por la Oficina Registral de Otuzco de la Zona Registral N° V ­ Sede Trujillo. 11 12 13 14 15 8-9 9-10 10-11 11-12 12-13 13-14 14-15 15-1 8.42 8.459 1.425 10.292 10.367 6.56 3.51 3.449 768609.817 768611.663 768612.759 768612.806 768622.86 768623.61 768623.61 768623.15 9122407.057 9122398.842 9122390.454 9122389.03 9122391.23 9122401.57 9122408.13 9122411.61

1,227.43

1811127-1