Norma Legal Oficial del día 27 de septiembre del año 2019 (27/09/2019)


Si desea descargar el documento entero como pdf click aquí.

TEXTO DE LA PÁGINA 29

El Peruano / Viernes 27 de setiembre de 2019

NORMAS LEGALES
ANEXO

29

VALOR DE LA TASACION DE LAS AREAS DEL INMUEBLE AFECTADO POR LA EJECUCION DE LA OBRA "IIRSA CENTRO TRAMO N° 2 (PUENTE RICARDO PALMA ­ LA OROYA ­ HUANCAYO Y LA OROYA ­ DESVÍO CERRO DE PASCO)" IDENTIFICACIÓN DEL BIEN INMUEBLE AREA AFECTADA TOTAL: 108.53 m2 N° SUJETO ACTIVO / BENEFICIARIO SUJETO PASIVO CÓDIGO: ICT2-PTEORO1-01 DISTANCIA (m) 3.92 4.70 0.63 9.98 1.03 4.80 4.24 4.80 0.48 9.98 0.51 4.70 AFECTACIÓN: Parcial VALOR DE LA TASACIÓN (S/)

COORDENADAS UTM AREA AFECTADA 1 (66.17 m2) VERTICES LADO WGS84 ESTE (X) NORTE (Y) 397393.0184 8723088.4156 397392.2136 8723092.2503 397396.8134 8723093.2156 397396.9418 8723092.6038 397406.7043 8723094.6526 397406.4938 8723095.6558 397411.1916 8723096.6417 397412.0630 8723092.4895 397407.3677 8723091.4915 397407.2691 8723091.9612 397397.5066 8723089.9125 397397.6121 8723089.4098

1

LINDEROS Y MEDIDAS PERIMÉTRICAS DEL ÁREA AFECTADA 01: · Por el Norte: Colinda con Parque Miguel Grau, en tramos: B-C (L=4.70 m), C-D (L=0.63 m), D-E (L=9.98 m), E-F (L=1.03 m), F-G (L=4.80 m). Longitud: 21.14 m. · Por el Sur: Colinda con la Carretera Central, en tramos: H-I (L=4.80 m), I-J (L=0.48 m), J-K (L=9.98 m), K-L (L=0.51 m), L-A (L=4.70 m). Longitud 20.47 m. · Por el Este: Colinda con la Carretera Central, en tramo: G-H (L=4.24 m). Longitud 4.24 m. · Por el Oeste: Colinda con la Carretera Central, en tramo: A-B (L=3.92 m). Longitud 3.92 m.

A B C D E F G H I J K L

A-B B-C C-D D-E E-F F-G G-H H-I I-J J-K K-L L-A

COORDENADAS UTM DE AREA AFECTADA 2 (42.36 m2) LINDEROS Y MEDIDAS PERIMÉTRICAS DEL ÁREA AFECTADA WGS84 DISTANCIA MINISTERIO DE COMUNIDAD 02: VERTICES LADO (m) ESTE (X) NORTE (Y) TRANSPORTES Y CAMPESINA · Por el Norte: COMUNICACIONES SANTA 1 1-2 2.18 397395.9720 8723074.3415 Colinda con la Carretera Central, en tramos: 2-3 (L=4.70 m), - PROVIAS ROSA DE 3-4 (L=0.43 m), 4-5 (L=9.98 m), 5-6 (L=0.49 m), 6-7 (L=4.80 m). 2 2-3 4.70 397395.5235 8723076.4787 NACIONAL SACCO Longitud: 20.40 m. 3 3-4 0.43 397400.1181 8723077.4685 · Por el Sur: 4 4-5 9.98 397400.2074 8723077.0430 Colinda con el colegio José Galvez Barrenechea, en tramos: 8-9 (L=1.08 m), 9-10 (L=1.87 m), 10-1 (L=18.39 m). Longitud 21.34 5 5-6 0.49 397409.9699 8723079.0917 · Por el Este: 6 6-7 4.80 397409.8697 8723079.5693 Colinda con la Carretera Central, en tramo: 7-8 (L=4.29 m). Longitud 4.29. 7 7-8 4.29 397414.5610 8723080.5860 · Por el Oeste: 8 8-9 1.08 397415.4431 8723076.3829 Colinda con la Carretera Central, en tramo: 1-2 (L=2.18 m). 9 9-10 1.87 397414.3856 8723076.1610 Longitud 2.18 10 PARTIDA REGISTRAL N° 02007171 perteneciente a la Oficina Registral de Tarma, de la Zona Registral N° VIII - Sede Huancayo. CERTIFICADO DE BÚSQUEDA CATASTRAL: Emitido con fecha 01/02/2019 (Informe Tecnico N° 1793-19-ZRVIII-SHYO/UREGCAT-ORT) por la Oficina Registral de Tarma, de la Zona Registral N° VIII - Sede Huancayo. CERTIFICADO REGISTRAL INMOBILIARIO: Emitido con fecha 14/11/2018, por la Oficina Registral de Tarma, de la Zona Registral N° VIII - Sede Huancayo. 10-1 18.39 397413.9977 8723077.9868

6,403.27

2

1811275-1

Aprueban ejecución de la expropiación de área del inmueble afectado por la ejecución de la Obra: "Rehabilitación y Mejoramiento de la Carretera Trujillo ­ Shiran - Huamachuco, Tramo: Dv. Otuzco ­ Dv. Callacuyan"
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 829-2019-MTC/01.02 Lima, 25 de setiembre de 2019 Vista: La Nota de Elevación Nº 106-2019-MTC/20 de la Dirección Ejecutiva del Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional - PROVIAS NACIONAL, y; CONSIDERANDO: Que, la Quinta Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30025, Ley que Facilita la Adquisición, Expropiación y Posesión de Bienes Inmuebles para Obras de Infraestructura y Declara de Necesidad Pública la Adquisición o Expropiación de Bienes Inmuebles afectados

para la Ejecución de diversas Obras de Infraestructura, entre otros, declara de necesidad pública la construcción de la Carretera longitudinal de la sierra: Chiple - Cutervo Cochabamba - Chota - Bambamarca - Hualgayoc - Desvío Yanacocha, Cajabamba - Sausacocha, Huamachuco Shorey - Santiago de Chuco - Pallasca - Cabana - Tauca, Huallanca - Caraz, Huallanca - La Unión - Huánuco, Izcuchaca - Mayocc - Huanta Ayacucho - Andahuaylas ­ Abancay, y autoriza la expropiación de los bienes inmuebles que resulten necesarios para tal fin; Que, el Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo Nº 1192, Decreto Legislativo que aprueba la Ley Marco de Adquisición y Expropiación de Inmuebles, Transferencia de Inmuebles de Propiedad del Estado, Liberación de Interferencias y dicta otras medidas para la Ejecución de Obras de Infraestructura, aprobado con Decreto Supremo Nº 011-2019-VIVIENDA (en adelante, el TUO de la Ley), establece el régimen jurídico aplicable a los procesos de Adquisición y Expropiación de inmuebles, transferencia de bienes inmuebles de propiedad del Estado y liberación de Interferencias para la ejecución de obras de infraestructura, de conformidad con lo dispuesto en la Constitución Política del Perú; Que, el numeral 4.2 del artículo 4 del TUO de la Ley, define al Beneficiario como el titular del derecho de propiedad del inmueble como resultado de la Adquisición,