Norma Legal Oficial del día 24 de septiembre del año 2019 (24/09/2019)
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TEXTO DE LA PÁGINA 8
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NORMAS LEGALES
Martes 24 de setiembre de 2019 /
El Peruano
Designan Asesor de la Gerencia General del Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre - SERFOR
RESOLUCIÓN DE DIRECCIÓN EJECUTIVA N° 189-2019-MINAGRI-SERFOR-DE Lima, 23 de setiembre de 2019 CONSIDERANDO: Que, mediante Ley N° 29763, Ley Forestal y de Fauna Silvestre, se creó el Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre - SERFOR como organismo público técnico especializado, con personería jurídica de derecho público interno y como pliego presupuestal adscrito al Ministerio de Agricultura y Riego; Que, el Reglamento de Organización y Funciones del SERFOR, aprobado por el Decreto Supremo N° 007-2013-MINAGRI y modificado por el Decreto Supremo N° 016-2014-MINAGRI, establece que dicha entidad cuenta con una estructura orgánica compuesta, entre otros, por órganos de administración interna y órganos de línea; Que, encontrándose vacante el cargo de Asesor de la Gerencia General del SERFOR, resulta necesario designar a la persona que se desempeñará en dicho cargo; Con el visado de la Directora General (e) de la Oficina General de Asesoría Jurídica, y; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; la Ley N° 29763, Ley Forestal y de Fauna Silvestre; y el Reglamento de Organización y Funciones del SERFOR, aprobado mediante el Decreto Supremo 007-2013-MINAGRI, y modificado por el Decreto Supremo N° 016-2014-MINAGRI. SE RESUELVE: Artículo 1.- Designar, a partir del 24 de setiembre de 2019, al señor Jorge Saúl Bendezú García en el cargo de Asesor de la Gerencia General del Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre - SERFOR, cargo considerado de confianza. Artículo 2.- Notificar la presente Resolución al señor Jorge Saúl Bendezú García, así como a la Oficina de Recursos Humanos para los fines pertinentes. Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano y en el Portal Institucional del Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre: www.serfor.gob.pe. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALBERTO GONZÁLES-ZÚÑIGA G. Director Ejecutivo Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre SERFOR 1809878-1
Manejo para la Gestión y Conservación del Tramo Cusco La Raya (Cusco Desaguadero); y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 21 de la Constitución Política del Perú, establece que los yacimientos y restos arqueológicos, construcciones, monumentos, lugares, documentos bibliográficos y de archivo, objetos arqueológicos y testimonios de valor histórico expresamente declarados bienes culturales, y provisionalmente los que se presumen como tales, son Patrimonio Cultural de la Nación, independientemente de su condición de propiedad privada o pública. Se encuentran protegidos por el Estado y la ley garantiza la propiedad de dicho patrimonio, fomentando la participación privada en la conservación, restauración, exhibición y difusión del mismo; Que, la Convención para la Protección del Patrimonio Mundial Cultural y Natural aprobada por la Octava Conferencia Mundial de la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura UNESCO del 16 de noviembre de 1972, ratificada por el Perú mediante Resolución Legislativa N° 23349 del 21 de diciembre de 1981, establece en su artículo 5, la obligación de cada Estado parte, entre otros, de proteger, conservar y trasmitir a las generaciones futuras el Patrimonio Cultural y Natural situado en su territorio, adoptando las medidas jurídicas, técnicas y administrativas adecuadas, para proteger ese patrimonio; Que, los artículos IV y VII del Título Preliminar de la Ley N° 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación, señalan que es de interés social y de necesidad pública la identificación, generación de catastro, delimitación, actualización catastral, registro, inventario, declaración, protección, restauración, investigación, conservación puesta en valor y difusión del Patrimonio Cultural de la Nación y su restitución en los casos pertinentes, siendo el Ministerio de Cultura la autoridad encargada de registrar, declarar y proteger el Patrimonio Cultural de la Nación; Que, el Qhapaq Ñan o Sistema Vial Andino se inscribió en la Lista de Patrimonio Mundial de la UNESCO en la categoría de Itinerario Cultural, el 21 de junio de 2014, durante la 38° Reunión del Comité de Patrimonio Mundial de la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura; Que, mediante Resolución Directoral Nacional N° 443/INC del 04 de abril de 2007, se aprobó el "Esquema Referencial de presentación de Plan de Manejo del Patrimonio Arqueológico e Histórico Inmueble integrante del Patrimonio Cultural de la Nación"; Que, el numeral 97.1 del artículo 97 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura, aprobado mediante Decreto Supremo N° 005-2013MC, establece que las Direcciones Desconcentradas de Cultura tienen entre sus funciones, implementar las políticas relacionadas al registro, inventario, investigación, conservación, puesta en valor, puesta en uso social, gestión y administración del patrimonio arqueológico; Que, de acuerdo al marco normativo citado, la Dirección Desconcentrada de Cultura de Cusco elevó la propuesta final del Plan de Manejo para la Gestión y Conservación del Tramo Cusco La Raya (Cusco Desaguadero), cuyo objetivo general es la gestión del patrimonio cultural del Sistema Vial Andino Qhapaq Ñan del tramo Cusco La Raya, para el uso social de la población; Que, con Informe N° 000591-2017/DGPA/VMPCIC/ MC, la Dirección General de Patrimonio Arqueológico Inmueble, acompañó el Informe N° 000631-2017/ DMODGPA/VMPCIC/MC de la Dirección de Gestión de Monumentos emitiendo opinión favorable respecto de la propuesta de Plan de Manejo; Que, la Secretaría Técnica Qhapaq Ñan Sede Nacional a través del Informe N° 900036-2018/ QHAPAQNAN/VMPCIC/MC, acompañó el Informe N° 900380-2018-ORG/QHAPAQÑAN/VMPCIC/MC, emitiendo opinión favorable para la prosecución del trámite de aprobación del Plan de Manejo para la Gestión y Conservación del Tramo Cusco La Raya (Cusco Desaguadero) y con Memorando N° D000327-2019QHAPAQÑAN/MC, ratificó su opinión;
CULTURA
Aprueban el Plan de Manejo para la Gestión y Conservación del Tramo Cusco - La Raya (Cusco - Desaguadero)
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 391-2019-MC Lima, 23 de setiembre de 2019 VISTO, el Memorando N° D000229-2019-DDC-CUS/ MC, mediante el cual la Dirección Desconcentrada de Cultura de Cusco elevó la propuesta final del Plan de