Norma Legal Oficial del día 24 de septiembre del año 2019 (24/09/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 8

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NORMAS LEGALES

Martes 24 de setiembre de 2019 /

El Peruano

Designan Asesor de la Gerencia General del Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre - SERFOR
RESOLUCIÓN DE DIRECCIÓN EJECUTIVA N° 189-2019-MINAGRI-SERFOR-DE Lima, 23 de setiembre de 2019 CONSIDERANDO: Que, mediante Ley N° 29763, Ley Forestal y de Fauna Silvestre, se creó el Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre - SERFOR como organismo público técnico especializado, con personería jurídica de derecho público interno y como pliego presupuestal adscrito al Ministerio de Agricultura y Riego; Que, el Reglamento de Organización y Funciones del SERFOR, aprobado por el Decreto Supremo N° 007-2013-MINAGRI y modificado por el Decreto Supremo N° 016-2014-MINAGRI, establece que dicha entidad cuenta con una estructura orgánica compuesta, entre otros, por órganos de administración interna y órganos de línea; Que, encontrándose vacante el cargo de Asesor de la Gerencia General del SERFOR, resulta necesario designar a la persona que se desempeñará en dicho cargo; Con el visado de la Directora General (e) de la Oficina General de Asesoría Jurídica, y; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; la Ley N° 29763, Ley Forestal y de Fauna Silvestre; y el Reglamento de Organización y Funciones del SERFOR, aprobado mediante el Decreto Supremo 007-2013-MINAGRI, y modificado por el Decreto Supremo N° 016-2014-MINAGRI. SE RESUELVE: Artículo 1.- Designar, a partir del 24 de setiembre de 2019, al señor Jorge Saúl Bendezú García en el cargo de Asesor de la Gerencia General del Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre - SERFOR, cargo considerado de confianza. Artículo 2.- Notificar la presente Resolución al señor Jorge Saúl Bendezú García, así como a la Oficina de Recursos Humanos para los fines pertinentes. Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano y en el Portal Institucional del Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre: www.serfor.gob.pe. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALBERTO GONZÁLES-ZÚÑIGA G. Director Ejecutivo Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre SERFOR 1809878-1

Manejo para la Gestión y Conservación del Tramo Cusco ­ La Raya (Cusco ­ Desaguadero); y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 21 de la Constitución Política del Perú, establece que los yacimientos y restos arqueológicos, construcciones, monumentos, lugares, documentos bibliográficos y de archivo, objetos arqueológicos y testimonios de valor histórico expresamente declarados bienes culturales, y provisionalmente los que se presumen como tales, son Patrimonio Cultural de la Nación, independientemente de su condición de propiedad privada o pública. Se encuentran protegidos por el Estado y la ley garantiza la propiedad de dicho patrimonio, fomentando la participación privada en la conservación, restauración, exhibición y difusión del mismo; Que, la Convención para la Protección del Patrimonio Mundial Cultural y Natural aprobada por la Octava Conferencia Mundial de la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura ­ UNESCO del 16 de noviembre de 1972, ratificada por el Perú mediante Resolución Legislativa N° 23349 del 21 de diciembre de 1981, establece en su artículo 5, la obligación de cada Estado parte, entre otros, de proteger, conservar y trasmitir a las generaciones futuras el Patrimonio Cultural y Natural situado en su territorio, adoptando las medidas jurídicas, técnicas y administrativas adecuadas, para proteger ese patrimonio; Que, los artículos IV y VII del Título Preliminar de la Ley N° 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación, señalan que es de interés social y de necesidad pública la identificación, generación de catastro, delimitación, actualización catastral, registro, inventario, declaración, protección, restauración, investigación, conservación puesta en valor y difusión del Patrimonio Cultural de la Nación y su restitución en los casos pertinentes, siendo el Ministerio de Cultura la autoridad encargada de registrar, declarar y proteger el Patrimonio Cultural de la Nación; Que, el Qhapaq Ñan o Sistema Vial Andino se inscribió en la Lista de Patrimonio Mundial de la UNESCO en la categoría de Itinerario Cultural, el 21 de junio de 2014, durante la 38° Reunión del Comité de Patrimonio Mundial de la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura; Que, mediante Resolución Directoral Nacional N° 443/INC del 04 de abril de 2007, se aprobó el "Esquema Referencial de presentación de Plan de Manejo del Patrimonio Arqueológico e Histórico Inmueble integrante del Patrimonio Cultural de la Nación"; Que, el numeral 97.1 del artículo 97 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura, aprobado mediante Decreto Supremo N° 005-2013MC, establece que las Direcciones Desconcentradas de Cultura tienen entre sus funciones, implementar las políticas relacionadas al registro, inventario, investigación, conservación, puesta en valor, puesta en uso social, gestión y administración del patrimonio arqueológico; Que, de acuerdo al marco normativo citado, la Dirección Desconcentrada de Cultura de Cusco elevó la propuesta final del Plan de Manejo para la Gestión y Conservación del Tramo Cusco ­ La Raya (Cusco ­ Desaguadero), cuyo objetivo general es la gestión del patrimonio cultural del Sistema Vial Andino ­ Qhapaq Ñan del tramo Cusco ­ La Raya, para el uso social de la población; Que, con Informe N° 000591-2017/DGPA/VMPCIC/ MC, la Dirección General de Patrimonio Arqueológico Inmueble, acompañó el Informe N° 000631-2017/ DMODGPA/VMPCIC/MC de la Dirección de Gestión de Monumentos emitiendo opinión favorable respecto de la propuesta de Plan de Manejo; Que, la Secretaría Técnica Qhapaq Ñan ­ Sede Nacional a través del Informe N° 900036-2018/ QHAPAQNAN/VMPCIC/MC, acompañó el Informe N° 900380-2018-ORG/QHAPAQÑAN/VMPCIC/MC, emitiendo opinión favorable para la prosecución del trámite de aprobación del Plan de Manejo para la Gestión y Conservación del Tramo Cusco ­ La Raya (Cusco ­ Desaguadero) y con Memorando N° D000327-2019QHAPAQÑAN/MC, ratificó su opinión;

CULTURA
Aprueban el Plan de Manejo para la Gestión y Conservación del Tramo Cusco - La Raya (Cusco - Desaguadero)
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 391-2019-MC Lima, 23 de setiembre de 2019 VISTO, el Memorando N° D000229-2019-DDC-CUS/ MC, mediante el cual la Dirección Desconcentrada de Cultura de Cusco elevó la propuesta final del Plan de