Norma Legal Oficial del día 24 de octubre del año 2019 (24/10/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 67

El Peruano / Jueves 24 de octubre de 2019

NORMAS LEGALES

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máxima autoridad; Asimismo, en su artículo 110º se establece las funciones de la Instancia Distrital de Concertación, siendo una de ellas "Proponer en los instrumentos de gestión y en particular en el Plan de Desarrollo Concertado (PDC), en el Plan Operativo Institucional (POI), y en el Presupuesto Participativo (PP); metas, indicadores, y acciones que respondan a la problemática de la violencia contra las mujeres e integrantes del grupo familiar."; Que la Ley Nº 28983, Ley de Igualdad de Oportunidades entre Mujeres y Hombres, establece en su artículo 6º inciso c) que los tres niveles de gobierno deben desarrollar políticas, planes y programas para la prevención, atención y eliminación de la violencia en todas sus formas y en todos los espacios, en especial el ejercido contra las mujeres; Que mediante Informe Nº 066-2019-SGBS-GDSMMDLV la Subgerencia de Bienestar Social propone el proyecto de Ordenanza que crea la Instancia distrital de Concertación para la prevención, sanción y erradicación de la violencia contra las mujeres e integrantes del grupo familiar del distrito de La Victoria, en base a los fundamentos de protección, respeto, igualdad de género y sensibilización como actores sociales buscando la mejora del desarrollo del distrito; Que mediante Informe Nº 089-2019-GDSM/MLV la Gerencia de Desarrollo Social y de la Mujer opina de manera favorable la ordenanza en mención ya que la Instancia Distrital de Concertación tiene como responsabilidad, elaborar, implementar, monitorear y evaluar las políticas públicas encargadas de combatir la violencia contra las mujeres y los integrantes del grupo familiar a nivel distrital y promover el cumplimiento de la normativa vigente sobre la materia; Que mediante Informe Nº 390-2019-GAJ-MLV la Gerencia de Asesoría Jurídica opina de manera favorable la aprobación de la Ordenanza que crea la Instancia Distrital de Concertación cuya misión se encontrará enmarcada en gestionar procesos de concertación, participación y coordinación intersectorial e intergubernamental para el desarrollo de procesos de formulación, implementación, monitoreo y evaluación de las políticas públicas encargadas para combatir la violencia contra las mujeres y los integrantes del grupo familiar a nivel distrital; Correspondiendo continuar con el trámite de aprobación por parte de los miembros del Concejo Municipal de acuerdo a sus atribuciones; Informe que es compartido por la Gerencia Municipal a través del proveído Nº 1668-2019-GM; Estando a los fundamentos expuestos, y en uso de las facultades conferidas por el numeral 8) del artículo 9º, y artículo 40º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, contando con el voto por unanimidad de los señores regidores asistentes a la sesión ordinaria de concejo de fecha 04 de octubre de 2019, y con la dispensa de la lectura y aprobación del Acta; se aprobó la siguiente: ORDENANZA QUE CREA LA INSTANCIA DISTRITAL DE CONCERTACIÓN PARA LA PREVENCIÓN, SANCIÓN Y ERRADICACIÓN DE LA VIOLENCIA CONTRA LAS MUJERES E INTEGRANTES DEL GRUPO FAMILIAR DEL DISTRITO DE LA VICTORIA Artículo 1º.- Créase la Instancia Distrital de Concertación para la Prevención, Sanción y Erradicación de la Violencia contra las Mujeres e Integrantes del Grupo Familiar del distrito de La Victoria, que estará presidida por el alcalde; y que tiene como responsabilidad elaborar, implementar, monitorear y evaluar las políticas públicas encargadas de combatir la violencia contra las mujeres y los integrantes del grupo familiar a nivel distrital. Artículo 2º.- La Secretaría Técnica de la Instancia Distrital en mención estará dirigida por la Gerencia de Desarrollo Social y de la Mujer de la Municipalidad Distrital de La Victoria, a fin de cumplir con los objetivos de la Instancia. Regístrese, comuníquese y cúmplase. GEORGE PATRICK FORSYTH SOMMER Alcalde 1819360-1

MUNICIPALIDAD DE MIRAFLORES
Designan funcionario responsable de brindar la información que se solicite en virtud de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública
RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 320-2019-A/MM Miraflores, 22 de octubre de 2019 EL ALCALDE DE MIRAFLORES CONSIDERANDO: Que, los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia y que dicha autonomía reconocida en la Constitución Política del Perú y en la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, que radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, conforme lo establece el numeral 5 del artículo 2º de la Constitución Política del Perú, es un derecho fundamental de toda persona solicitar sin expresión de causa la información que requiera y a recibirla de cualquier entidad pública, en el plazo legal, con el costo que suponga el pedido; Que, mediante Decreto Supremo Nº 043-2003-PCM se aprueba el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, y en cumplimiento de éste, mediante Decreto Supremo Nº 072-2003-PCM se aprueba su Reglamento, y su modificatoria el Decreto Supremo Nº 070-2013-PCM; Que, conforme lo establece el artículo 3º del Decreto Supremo Nº 043-2003-PCM, concordado con los incisos b) y c) del artículo 3º y el artículo 4º del Reglamento, el Estado debe adoptar medidas básicas que garanticen y promuevan la transparencia en la actualización de las entidades de la Administración Pública y tiene la obligación de entregar la información que demanden las personas en aplicación del principio de publicidad. Asimismo, existe la obligatoriedad de designar a los funcionarios responsables de entregar la información en virtud de la normativa reseñada; Que, de la misma forma el artículo 4º del Reglamento en mención, dispone que la designación del funcionario responsable de entregar información se efectuará mediante resolución de la máxima autoridad de la Entidad y será publicada en el Diario Oficial El Peruano; Que, mediante Resolución de Alcaldía Nº 218-2019A/MM de fecha 03 de junio de 2019, fue designada la señora Karina Natividad Vargas Terrones, Secretaria General de la Municipalidad Distrital de Miraflores, como la funcionaria responsable de brindar la información que se solicite en virtud de lo establecido en la Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, y sus normas complementarias; Que, mediante Resolución de Alcaldía Nº 016-2019ALC/MM de fecha 01 de enero de 2019, se designó al señor Andrés Augusto Palomino Márquez, Gerente de Asesoría Jurídica; Que, mediante Resolución de Alcaldía Nº 318-2019A/MM de fecha 21 de octubre de 2019, se encarga del 24 al 30 de octubre de 2019 al señor Andrés Augusto Palomino Márquez en el cargo de Secretario General de la Municipalidad de Miraflores, en adición a sus funciones como Gerente de Asesoría Jurídica de la Municipalidad de Miraflores, mientras dure el período vacacional de la titular; Estando a lo expuesto, y de conformidad a lo dispuesto por el numeral 6 del artículo 6º, de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; RESUELVE: Artículo Primero.- DESIGNAR al señor Andrés Augusto Palomino Márquez, Gerente de Asesoría