Norma Legal Oficial del día 24 de octubre del año 2019 (24/10/2019)
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NORMAS LEGALES
Jueves 24 de octubre de 2019 /
El Peruano
el Artículo Primero, no irroga gastos al Gobierno Regional de Ucayali. Artículo Tercero.- REMITASE el presente Acuerdo Regional a la Gobernación Regional, para los fines pertinentes y a su retorno el Gobernador Regional de Ucayali - señor Francisco Antonio Pezo Torres, cumpla con informar al Pleno del Consejo Regional, respecto a la mencionada reunión. Artículo Cuarto.- DISPENSAR el presente Acuerdo Regional del trámite a la lectura y aprobación del Acta, para proceder a su implementación correspondiente. Artículo Quinto.- ENCARGAR a la Oficina Regional de Administración del Gobierno Regional de Ucayali, la publicación del presente Acuerdo Regional en el Diario Oficial El Peruano, en un diario de mayor circulación local y a la Oficina de Tecnologías de la Información su difusión a través del portal web del Gobierno Regional de Ucayali (www.regionucayali.gob.pe). POR TANTO: Regístrese, publíquese y cúmplase. JESSICA LIZBETH NAVAS SÁNCHEZ Consejera Delegada Consejo Regional 1819528-1
Autorizan al Gobernador Regional la transferencia financiera a favor de la Contraloría General de la República por concepto de Auditoría Financiera correspondiente al Ejercicio Fiscal 2018
ACUERDO REGIONAL Nº 0211-2019-GRU-CR Pucallpa, dieciséis de octubre de dos mil diecinueve. POR CUANTO: Que, el Consejo Regional del Gobierno Regional de Ucayali, de conformidad con lo previsto en el artículo 191 de la Constitución Política del Perú, modificado por la Ley de Reforma Constitucional - Capítulo XIV del Título IV, sobre Descentralización Ley Nº 27680, Ley de Bases de la Descentralización - Ley Nº 27783, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales Ley Nº 27867, modificado por la Ley Nº 27902 y la Ley Nº 28013, Reglamento del Consejo Regional, y demás normas complementarias; CONSIDERANDO: Que, el artículo 191 de la Constitución Política del Perú, concordante en el artículo 2º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, señala que: "Los Gobiernos Regionales son personas jurídicas de derecho público con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia". Que, el artículo 13º de la Ley Nº 27867 Ley Orgánica de Gobiernos Regionales establece que: "El Consejo Regional, es el órgano normativo y fiscalizador del Gobierno Regional. Le corresponde las funciones y atribuciones que se establece en la presente ley y aquellas que le sean delegadas". Que, el artículo 4º del Reglamento Interno del Consejo Regional, señala: "El Consejo Regional es un órgano normativo y fiscalizador del Gobierno Regional, es autónomo en el ejercicio de sus funciones, de acuerdo a la Constitución Política del Estado y debidamente concordado con la Ley Nº 27867 Ley Orgánica de Gobiernos Regionales. Que, en Sesión Ordinaria de fecha 09 de abril de 2019, ingresa el Dictamen Nº 003-2019-GRU-CR-CPPyAT, de fecha 24 de setiembre de 2019, remitido por el señor Raúl Edgar Soto Rivera Presidente de la Comisión de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial de Consejo Regional, sobre Autorizar al Gobernador Regional de Ucayali - señor Francisco
Antonio Pezo Torres, realizar la Transferencia Financiera a favor de la Contraloría General de la República la suma de S/ 207,107.00 (Doscientos siete mil ciento siete mil y 00/100 soles), por el concepto de Auditoría Financiera correspondiente al Ejercicio Fiscal 2018; por lo que, se dispuso pasar a la estación Orden del Día. Que, el artículo 20º de la Ley Nº 27785 Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, dispone entre otros, que la designación de Sociedades de Auditoría es previo concurso público de méritos y son contratada por la Contraloría General de las República; motivo por el cual, las Entidades del Gobierno Nacional, Gobiernos Regionales y los Gobiernos Locales quedan autorizados para realizar transferencias financieras con cargo a sus presupuestos institucionales, a favor de la Contraloría General de la República para cubrir con los gastos que se deriven de la contratación de las Sociedades de Auditoría. Que, la Ley Nº 30879 Ley de Presupuesto del Sector Público para el año Fiscal 2019, en su Centésima Cuadragésima Segundo, señala: Autorícese a las Entidades del Gobierno Nacional, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, a realizar modificaciones presupuestarias en el nivel funcional programático, para financiar la transferencia de recursos que efectúen a favor de la Contraloría General de la República en el marco de la Tercera y Cuarta Disposición Complementaria Finales de la ley Nº 30742 Ley de Fortalecimiento de la Contraloría General de la República y el Sistema Nacional de Control. Que, mediante Informe Nº 2716-2019-GRU-GGRGRPP-SGP, de fecha 12 de agosto de 2019, elaborado por la CPCC Nelly Katty Arce Muñoz Sub Gerente de Presupuesto de la Gerencia Regional de Planeamiento y Presupuesto del Gobierno Regional de Ucayali, concluye: i) En atención a la Centésima Cuadragésima Segunda de la Ley Nº 30879 Ley de Presupuesto para el Sector Público para el año Fiscal 2019, se dispone del marco presupuestal en la especifica de gasto 24.13.11 Otras Unidades de Gobierno Nacional Donación y Transferencia corriente, Fuente de Financiamiento Recursos Directamente Recaudados por S/ 207,107.00; ii) El presente Informe debe pasar a la Oficina Regional de Administración para su Registro en el SIAF y proceder a los trámites que corresponda para la transferencia financiera a favor de la Contraloría General de la República por el importe de S/ 207,107.00 para la contratación de la Sociedad de Auditoría. Que, mediante Opinión Legal Nº 010-2019-GRUGGR-ORAJ, de fecha 20 de setiembre de 2019, elaborado por el Abogado Fernando Francisco De La Cruz Ramos Gerente de la Oficina Regional de Asesoría Jurídica del Gobierno Regional de Ucayali, Opina: i) Conforme al numeral 16.2 del artículo 16º de la Ley 30879 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019, el único requisito para autorizar la transferencia es contar con la opinión favorable de la Gerencia Regional de Planeamiento y Presupuesto; por lo que, el Titular del Pliego Gobernador Regional, ha solicitado la Autorización de la Transferencia Financiera al Consejo Regional mediante Acuerdo Regional; y ii) Que, la Opinión favorable, es equivalente a la procedencia, por lo que se dispone Autorizar la transferencia financiera. Que, mediante Opinión Legal Nº 0025-2019-GRU-CR/ AL-TVC, de fecha 23 de setiembre de 2019, elaborado por el Abogado Tony Cancino Vásquez - Asesor Legal del Consejo Regional, quien Opina: Declarar Procedente la Transferencia Financiera a favor de la Contraloría General de la República, la suma de S/ 207,107.00 (Doscientos siete mil ciento siete mil y 00/100 soles). Que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 39º de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales - Ley Nº 27867, los Acuerdos del Consejo Regional expresan la decisión de este órgano sobre asuntos internos del Consejo Regional, de interés público, ciudadano o institucional o declara su voluntad de practicar o determinar un acto o sujetarse a una conducta o norma institucional. Que, en Sesión Ordinaria de fecha 16 de octubre de 2019, celebrada en el Auditorio del Consejo Regional, sito en el Jr. Apurímac Nº 460 - Callería, el Consejo Regional del Gobierno Regional de Ucayali, en uso de sus atribuciones conferidas por la Ley Nº 27867 - Ley