Norma Legal Oficial del día 24 de octubre del año 2019 (24/10/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 22

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NORMAS LEGALES

Jueves 24 de octubre de 2019 /

El Peruano

SIAF 0000000404 por el monto de S/ 4 250 000,00 (Cuatro millones doscientos cincuenta mil con 00/100 Soles), en la fuente de financiamiento recursos directamente recaudados; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019; en el Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional del Presupuesto Público; en el Decreto Legislativo Nº 1436, Decreto Legislativo Marco de la Administración Financiera del Sector Público; en el Decreto Legislativo Nº 1441, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Tesorería; y el Decreto Supremo Nº 031-2007-EM, Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas y sus modificatorias; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorización de la segunda transferencia financiera de Recursos Directamente Recaudados de la Unidad Ejecutora Nº 001 Ministerio de Energía y Minas ­ Central del Pliego 016 Ministerio de Energía y Minas, a favor de los Gobiernos Regionales de Huánuco e Ica Autorizar la segunda transferencia financiera de recursos provenientes de la fuente de financiamiento de Recursos Directamente Recaudados a favor del: (i) Gobierno Regional de Huánuco por el monto de S/ 11 745,00 (Once mil setecientos cuarenta y cinco con 00/100 Soles); y (ii) Gobierno Regional de Ica por el monto de S/ 31 850,00 (Treinta y un mil ochocientos cincuenta con 00/100 Soles); para ser destinados exclusivamente a las Direcciones o Gerencias Regionales de Energía y Minas, para el fortalecimiento de la capacidad de gestión regional en el ejercicio de las funciones en materia minero energética, en el marco del proceso de descentralización, de acuerdo al siguiente detalle:
Fuente de Financiamiento: Recursos Directamente Recaudados Gastos Corrientes: 2.4 : Donaciones y Transferencias 2.4.1 3.1 2 : A Otras Unidades del Gobierno Regional

Autorizan transferencia financiera del Ministerio a favor del Ministerio de Defensa, por acciones de apoyo brindado por las Fuerzas Armadas
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 321-2019-MINEM/DM Lima, 21 de octubre de 2019 VISTOS: El Informe N° 069-2019-MEM-OGPP-OPRE, y el Memorando Nº 1012-2019/MINEM-OGPP, ambos de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; los Informes N° 242 y 258-2019-MINEM-OGA/OFIN de la Oficina Financiera de la Oficina General de Administración; y, el Informe Nº 978-2019-MINEM/OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de Energía y Minas; CONSIDERANDO: Que, el primer párrafo de la Cuadragésima Primera Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019, dispone que cuando los pliegos presupuestarios del Gobierno Nacional, los gobiernos regionales y los gobiernos locales reciban el apoyo de las Fuerzas Armadas y/o de la Policía Nacional del Perú para un mejor cumplimiento de sus funciones, quedan autorizados, a realizar transferencias financieras a favor del pliego Ministerio de Defensa y/o Ministerio del Interior, según corresponda, sólo si el gasto efectuado por el apoyo que brinden las FFAA o la PNP supera el monto máximo que debe ser financiado con cargo al presupuesto institucional aprobado de los pliegos Ministerio de Defensa o Ministerio del Interior, respectivamente. Dicho monto máximo anual se establece mediante decreto supremo; Que, el segundo párrafo de la Cuadragésima Primera Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30879 señala que las transferencias financieras a las que se refiere el considerando precedente, se financian con cargo al presupuesto institucional del pliego que reciba el apoyo de las Fuerzas Armadas o Policía Nacional del Perú, por la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios para el caso de las entidades del Gobierno Nacional, sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público; Que, según el tercer párrafo de la misma norma, dichas transferencias financieras se aprueban mediante resolución del titular del pliego, previo informe de la Presidencia del Consejo de Ministros en el que se debe indicar si el pliego Ministerio de Defensa o Ministerio del Interior, según corresponda, ha excedido el monto máximo destinado a las acciones de apoyo fijado por la PCM, y de la oficina de presupuesto o la que haga sus veces en el pliego que reciba el apoyo de las Fuerzas Armadas o Policía Nacional del Perú, bajo responsabilidad de su titular, publicándose la mencionada resolución en el diario oficial El Peruano; Que, mediante Decreto Supremo N° 047-2019PCM, se estableció el monto máximo de S/ 54,438.00 (Cincuenta y Cuatro Mil Cuatrocientos Treinta y Ocho con 00/100 Soles) con cargo al presupuesto del Ministerio de Defensa, para atender las operaciones de apoyo a los Pliegos presupuestarios del Gobierno Nacional, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales en el año fiscal 2019; Que, mediante el Oficio Nº D001522-2019-PCM-SG, la Secretaría General de la Presidencia del Consejo de Ministros remite el Informe Nº D000080-2019-PCMOGPP, en el cual se señala que el Ministerio de Defensa ha excedido el monto máximo establecido en el Decreto Supremo Nº 047-2019-PCM, con cargo a su presupuesto, para atender las operaciones de apoyo a los Pliegos Presupuestarios del Gobierno Nacional; Que, mediante Oficio N°07346-2019-MINDEF/SG de la Secretaría General del Ministerio de Defensa, se solicita la transferencia financiera por las acciones de apoyo brindado por las Fuerzas Armadas a favor del

S/ 4 250 000,00

Artículo 2.- Detalle de la transferencia La transferencia señalada en el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial se efectuará según el siguiente detalle:
A LA Sección segunda Pliego 448 Unidad Ejecutora Unidad Ejecutora SIAF Cuenta RUC Pliego 449 Unidad Ejecutora Unidad Ejecutora SIAF Cuenta RUC : : Instancias descentralizadas : : : : : : : : : : Gobierno Regional de Huánuco Nº 001 Región Huánuco - Sede Central Nº 0804 Cuenta Única del Tesoro Público - CUT Nº 20489250731 Gobierno Regional de Ica Nº 001 Región Ica Nº 0813 Cuenta Única del Tesoro Público - CUT Nº 20452393817 (En Soles) 11 745,00

31 850,00

Artículo 3.- Términos y obligaciones de la transferencia Los términos y obligaciones de la transferencia financiera se encuentran previstos en los Convenios de Cooperación y Gestión celebrados, entre el Ministerio de Energía y Minas y los Gobiernos Regionales de Huánuco e Ica, correspondiente al año 2019. Regístrese, comuníquese y publíquese. JUAN CARLOS LIU YONSEN Ministro de Energía y Minas 1819324-1