Norma Legal Oficial del día 24 de octubre del año 2019 (24/10/2019)
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TEXTO DE LA PÁGINA 23
El Peruano / Jueves 24 de octubre de 2019
NORMAS LEGALES
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Ministerio de Energía y Minas, determinando el monto a transferir en el importe de S/ 99,808.65 (Noventa y Nueve Mil Ochocientos Ocho con 65/100 Soles); Que, mediante el Informe N° 069-2019-MEM-OGPPOPRE la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de Energía y Minas, señala que se ha previsto recursos presupuestales hasta la suma de S/ 100 000,00 (Cien Mil con 00/100 Soles) en el Presupuesto Institucional de la Unidad Ejecutora 001: Ministerio de Energía y Minas Central del Pliego 016, Ministerio de Energía y Minas, por la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, Genérica de Gasto 2.4, Donaciones y Transferencias, para atender futuros pagos que debe realizar la entidad en el marco de la Cuadragésima Primera Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019. Que, asimismo mediante Memorando Nº 1012-2019/ MINEM-OGPP, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de Energía y Minas refiere que se cuenta con recursos suficientes para atender el pedido solicitado por el Ministerio de Defensa, conforme a la Certificación de Crédito Presupuestario Nº SIAF 0000002685 de fecha 27 de setiembre de 2019; Que, en virtud de lo expuesto, y en el marco de las normas descritas, resulta pertinente aprobar la transferencia financiera, por la suma de S/ 99,808.65 (Noventa y Nueve Mil Ochocientos Ocho con 65/100 Soles), con cargo a la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, a favor del Pliego 026: Ministerio de Defensa, para el pago de los gastos efectuados por las acciones de apoyo brindado por las Fuerzas Armadas al Ministerio de Energía y Minas; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019; el Decreto Legislativo N° 1441, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Tesorería; la Ley N° 30705, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas; y, el Decreto Supremo N° 031-2017, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas, y sus modificatorias; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar la transferencia financiera del Pliego 016: Ministerio de Energía y Minas Unidad Ejecutora N° 001 - Ministerio de Energía y Minas Central, por la suma de S/ 99,808.65 (Noventa y Nueve Mil Ochocientos Ocho con 65/100 Soles), a favor del Pliego 026: Ministerio de Defensa, por las acciones de apoyo brindado por las Fuerzas Armadas al Ministerio de Energía y Minas, distribuido de la siguiente manera: Unidad Ejecutora 003: Unidad Ejecutora 005: Ejército Peruano Fuerza Aérea del Perú S/ 51,685.61 S/ 48,123.04
responsable de dicha acción el Director de la Oficina de Tecnologías de la Información. Regístrese, comuníquese y publíquese. JUAN CARLOS LIU YONSEN Ministro de Energía y Minas 1819327-1
JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
Crean Comisión Multisectorial de naturaleza temporal para implementar el Subsistema de Extinción de Dominio en el marco del Decreto Legislativo N° 1373
DECRETO SUPREMO Nº 016-2019-JUS EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, el artículo 70 de la Constitución Política establece que el derecho de propiedad se ejerce en armonía con el bien común y dentro de los límites de la ley, habiéndose emitido, bajo dicho marco, el Decreto Legislativo N° 1373, Decreto Legislativo sobre Extinción de Dominio, el cual instituye el Subsistema de Extinción de Dominio como una herramienta de política criminal independiente y autónoma del proceso penal, dirigida específicamente contra bienes y fortunas adquiridas como producto de actividades ilícitas reprochables por el ordenamiento jurídico peruano; Que, la Tercera Disposición Complementaria Final del Decreto Legislativo N° 1373 estipula que el Poder Judicial, el Ministerio Público, la Policía Nacional del Perú y el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, elaboran articuladamente protocolos de actuación interinstitucional para la adecuada implementación y aplicación de este Subsistema; Que, de acuerdo al numeral 23.2 del artículo 23 de los Lineamientos de Organización del Estado, aprobado por Decreto Supremo N° 054-2018-PCM, el Presidente del Poder Judicial y la Fiscal de la Nación han dado conformidad previa para la participación del Poder Judicial y Ministerio Público en la Comisión Multisectorial de naturaleza temporal para implementar el Subsistema de Extinción de Dominio en el marco del Decreto Legislativo N° 1373, como se advierte del Oficio N° 7901-2019-P-PJ y Oficio N° 004330-2019-MP-FN-SEGFIN; Que, el artículo 35 de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, establece, entre otros, que las comisiones son órganos encargados de cumplir con las funciones de seguimiento, fiscalización, propuesta o emisión de informes, que deben servir de base para las decisiones de otras entidades; estableciendo además que no tienen personería jurídica ni administración propia; Que, el artículo 21 del Decreto Supremo N° 054-2018PCM, Decreto Supremo que aprueba los Lineamientos de Organización del Estado, precisa que las comisiones son un tipo de órgano colegiado que pueden ser temporales o permanentes; señalando su artículo 23 que, si fueran sectoriales o multisectoriales, pueden también participar representantes de otros niveles de gobierno, otros Poderes del Estado, así como Organismos Constitucionalmente Autónomos, en cuyo caso su creación se aprueba mediante decreto supremo, refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros y los ministros de los sectores involucrados, previa opinión favorable de la Secretaría de Gestión Pública; Que, en este contexto, resulta necesario conformar una Comisión Multisectorial de naturaleza temporal, con el objeto de coordinar, articular e implementar el Subsistema de Extinción de Dominio, en cumplimiento de lo estipulado por la Tercera Disposición Complementaria Final del Decreto Legislativo N° 1373;
Artículo 2.- La transferencia financiera señalada en el artículo precedente se atenderá con cargo al presupuesto aprobado en el presente año fiscal del Pliego 016: Ministerio de Energía y Minas Unidad Ejecutora 001: Ministerio de Energía y Minas - Central, de la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios, según el siguiente detalle:
Fuente de Financiamiento Unidad Ejecutora : : 1. Recursos Ordinarios 001 Ministerio de Energía y Minas Central
Gastos Corrientes 2.4 Donaciones y Transferencias : Total S/ 99,808.65 ---------------------S/ 99,808.65
Artículo 3.- Disponer que la presente Resolución Ministerial se publique en el Portal Institucional del Ministerio de Energía y Minas, en la misma fecha de su publicación en el diario oficial El Peruano, siendo