Norma Legal Oficial del día 18 de octubre del año 2019 (18/10/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 61

El Peruano / Viernes 18 de octubre de 2019

NORMAS LEGALES

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Nº 011-2014-IN establece en su artículo 26º que los Comités Distritales de Seguridad Ciudadana son una instancia de diálogo, coordinación y elaboración de políticas, planes, programas, directivas y actividades vinculadas a la seguridad ciudadana en el ámbito distrital. Articula las relaciones entre las diversas entidades del sector público y el sector privado que forman parte del CODISEC a nivel distrital. Cuenta con un Secretario Técnico; asimismo el artículo 28º del mismo cuerpo legal establece que son funciones del Comité Distrital de Seguridad Ciudadana CODISEC además de las establecidas en Nº 27933 y sus modificatorias las siguientes: a) Aprobar el Plan Local de Seguridad Ciudadana ­ Año 2019 (PLSC); Que, en Sesión Ordinaria del Comité Distrital de Seguridad Ciudadana (CODISEC) del Chaclacayo de fecha 06 de mayo del 2019 se aprobó el Plan Local de Seguridad Ciudadana para el año 2019 cuyo objetivo general es fortalecer el trabajo multisectorial en Chaclacayo, mediante la interrelación, capacitación, asistencia técnica, y administrativa de los sectores e instituciones comprometidos con la participación de la comunidad organizada, a fin de mejorar los niveles de percepción de seguridad ciudadana; Que, el artículo 30º del Reglamento de la Ley del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana señala que como Secretaría Técnica del CODISEC, la Unidad Orgánica de Seguridad Ciudadana de la Municipalidad Distrital, o el órgano que haga sus veces, tiene las siguientes funciones: a) Presentar al Concejo Municipal Distrital el Plan Local de Seguridad Ciudadana aprobado por el CODISEC para su ratificación mediante Ordenanza Municipal; Que, estando al Informe Nº 176-2019-GAJ/MDCH de fecha 28 de agosto del 2019, emitido por la Gerencia de Asesoría Jurídica que expresan su conformidad con el presente proyecto de Ordenanza; y en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 9º y 40º de la Ley Nº 27972 ­ Ley Orgánica de Municipalidades, con dispensa del trámite de lectura, el Concejo Municipal aprobó por MAYORÍA la siguiente: ORDENANZA QUE RATIFICA EL PLAN LOCAL DE SEGURIDAD CIUDADANA 2019 DE CHACLACAYO Artículo Primero.- RATIFICAR, el Plan Local de Seguridad Ciudadana para el año 2019 del Distrito de Chaclacayo, aprobado por el Comité Distrital de Seguridad Ciudadana de Chaclacayo; el mismo que como Anexo forma parte integrante de la presente Ordenanza en merito a los considerandos antes expuestos. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, a la Gerencia de Servicio a la Ciudad, a través de la Subgerencia de Seguridad Ciudadana y demás unidades orgánicas de la municipalidad, el estricto cumplimiento de la presente Ordenanza. Artículo Tercero.- ENCÁRGAR; a la Secretaría General la publicación de la presente Ordenanza en el Diario Oficial El Peruano, a la Subgerencia de Tecnologías de la Información la publicación del íntegro del Anexo mencionado en el Portal Web Institucional de la Municipalidad Distrital de Chaclacayo y a la Subgerencia de Comunicaciones e Imagen Institucional la difusión correspondiente. Artículo Cuarto.- La presente Ordenanza entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. MANUEL JAVIER CAMPOS SOLOGUREN Alcalde 1817512-1

EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CHACLACAYO CONSIDERANDO: Que, de acuerdo a lo dispuesto por el artículo 194º de la Constitución Política del Estado, en concordancia con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades ­ Ley Nº 27972, las municipalidades provinciales y distritales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, a través del TUO de la Ley Nº 27806 ­ Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, aprobado por Decreto Supremo Nº 043-2003-PCM, se promueve la transparencia de los actos del Estado y se regula el derecho fundamental del acceso a la información consagrada en el numeral 5 del artículo 2º de la Constitución Política del Perú, disponiéndose además que toda persona tiene derecho a solicitar y obtener información de cualquier entidad de la administración pública; Que, para este efecto, el artículo 7º de la acotada disposición, concordado con el literal b del artículo 3º de su reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 072-2003-PCM, establece que las entidades públicas identificarán, bajo responsabilidad de su máximo representante, al funcionario responsable de brindar la información de acceso público solicitada al amparo de dicha norma; Que, con Resolución de Alcaldía Nº 163-2019-A/ MDCH de fecha 13 de mayo del 2019, se designó a la Sra. Regina Lizeth Uwarai Solar, como responsable de brindar la información de acceso público solicitada bajo los alcances de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública ­ Ley Nº 27806; Que, con Resolución de Alcaldía Nº 232-2019-A/ MDCH de fecha 30 de setiembre del 2019, se aceptó la renuncia a la Sra. Regina Lizeth Uwarai Solar en el cargo de Subgerente de Gestión Documentaria y Archivo Central de la Municipalidad Distrital de Chaclacayo, por lo que en este sentido es necesario realizar las acciones administrativas a fin de dar cumplimiento a la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Publica; Que, con Resolución de Alcaldía Nº 233-2019-A/ MDCH de fecha 30 de setiembre del 2019, se designó al Sr. Nilson Yomar Hoyos Díaz, como Subgerente de Gestión Documentaria y Archivo Central; Que, estando a lo expuesto resulta pertinente adoptar las acciones administrativas correspondientes a fin de brindar la atención de información al administrado en acatamiento a la norma antes señalada, y conforme a lo señalado en los considerandos precedentes y en uso de las atribuciones conferidas en el numeral 6º del artículo 20º de la Ley Nº 27972 ­ Ley Orgánica de Municipalidades; RESUELVE: Artículo Primero.- DESIGNAR, a partir de la fecha, al Sr. Nilson Yomar Hoyos Díaz, Subgerente de Gestión Documentaria y Archivo Central, como Responsable de brindar la Información de Acceso Público solicitada bajo los alcances de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública ­ Ley Nº 27806, la misma que se hará efectiva a partir de la fecha, conforme a lo expuesto en la parte considerativa. Artículo Segundo.- DEJAR SIN EFECTO, la Resolución de Alcaldía Nº 163-2019-A/MDCH de fecha 13 de mayo del 2019. Artículo Tercero.- ENCARGAR el cumplimiento de la presente Resolución a la Secretaria General, al Subgerente de Gestión Documentaria y Archivo Central y a la Subgerencia de Tecnología de la Información, su publicación en el Portal Institucional. Regístrese, comuníquese y cúmplase. MANUEL JAVIER CAMPOS SOLOGUREN Alcalde 1817512-2

Designan responsable de brindar información de acceso público a que se refiere la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública
RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 236-2019-A/MDCH Chaclacayo, 01 de octubre de 2019