Norma Legal Oficial del día 18 de octubre del año 2019 (18/10/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 14

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CONSIDERANDO:

NORMAS LEGALES

Viernes 18 de octubre de 2019 /

El Peruano

Apoyo Directo a los Más Pobres "JUNTOS" aprobado por Resolución Ministerial N° 278-2017-MIDIS. SE RESUELVE: Artículo 1.- APROBAR, el aplicativo informático denominado "MI JUNTOS". Artículo 2.- DISPONER que la administración del aplicativo aprobado en el artículo 1 se encuentre a cargo de la Unidad de Operaciones del Programa Nacional de Apoyo Directo a los Más Pobres "JUNTOS". Artículo 3.- DISPONER que el mantenimiento informático del aplicativo aprobado en el artículo 1 de la presente resolución se encuentre a cargo de la Unidad de Tecnologías de la Información del Programa Nacional de Apoyo Directo a los Más Pobres "JUNTOS". Artículo 4.- DISPONER la publicación de la presente en el Diario Oficial "El Peruano", así como en el Portal de Transparencia Estándar y en el Portal Institucional del Programa Nacional de Apoyo Directo a los Más Pobres "JUNTOS" (www.juntos.gob.pe), en el plazo máximo de dos (02) días hábiles contados desde su publicación en el Diario Oficial "El Peruano". Regístrese, comuníquese y publíquese. NATALYE ZÚÑIGA CAPARÓ Directora Ejecutiva Programa Nacional de Apoyo Directo a los Más Pobres "JUNTOS" 1817851-1

Que, mediante Decreto Supremo N° 032-2005PCM, modificado por el Decreto Supremo N° 062-2005PCM y el Decreto Supremo N° 012-2012-MIDIS, se crea el Programa Nacional de Apoyo Directo a los Más Pobres "JUNTOS", adscrito al Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social-MIDIS, el cual tiene por finalidad ejecutar transferencias directas en beneficio de los hogares en condición de pobreza, priorizando progresivamente su intervención en los hogares rurales a nivel nacional; el Programa facilita a los hogares, con su participación y compromiso voluntario, el acceso a los servicios de salud - nutrición y educación, orientados a mejorar la salud y nutrición preventiva materno-infantil y la escolaridad sin deserción; Que, mediante Resolución Ministerial N° 2782017-MIDIS, se aprueba el Manual de Operaciones del Programa Nacional de Apoyo Directo a los Más Pobres "JUNTOS" el cual constituye el documento técnico normativo de gestión institucional, que determina la estructura orgánica, describe sus funciones generales, las funciones específicas de las unidades que lo integran, así como, la descripción de los procesos estratégicos, misionales y de apoyo del Programa; Que, en virtud de las normas antes señaladas, la Dirección Ejecutiva es la máxima autoridad ejecutiva y administrativa del Programa Nacional de Apoyo Directo a los Más Pobres "JUNTOS", y dentro de sus funciones se encuentra la de emitir Resoluciones de Dirección Ejecutiva en asuntos de su competencia; Que, de acuerdo al artículo 24 del Manual de Operaciones del Programa Nacional de Apoyo Directo a los Más Pobres "JUNTOS", aprobado con Resolución Ministerial N° 278-2017-MIDIS, la Unidad de Operaciones es responsable de planificar, conducir, organizar, ejecutar, supervisar y controlar los procesos de Afiliación, Mantenimiento de Padrón de Hogares, Liquidación y Transferencia y la Entrega del Incentivo Monetario Condicionado, en el marco de los lineamientos aprobados por la Dirección Ejecutiva y por el MIDIS; Que, asimismo el artículo 20 del Manual de Operaciones establece que la Unidad de Tecnologías de la Información es responsable de planificar, ejecutar, monitorear y evaluar el desarrollo, implementación y mantenimiento de soluciones Tecnológicas de la Información (TI) en apoyo a las Unidades del Programa (...); Que, mediante Informe N° 000099-2019-MIDIS/ PNADP-UTI de fecha 23 de agosto de 2019, el Jefe de la Unidad de Tecnologías de la Información sustenta que la aplicación MI JUNTOS, permitirá a las familias usuarias del Programa realizar consultas en línea relacionada a sus abonos, fecha de abono, lugar de abono, monto o los motivos por el que no recibe la transferencia monetaria; Que, con Informe N° 000212-2019-MIDIS/PNADPUOP de fecha 03 de octubre de 2019, la Jefa de la Unidad de Operaciones solicita que se institucionalice el aplicativo MI JUNTOS, puesto que es un herramienta que permite a los usuarios del Programa el acceso a información de forma oportuna, transparente, amigable y al alcance de los usuarios con acceso a celular o que se encuentren cerca de un TAMBO, PIAS o Municipalidad; Que, con Informe N° 00390-2019-MIDIS/PNADP-UAJ de fecha 04 de octubre de 2019, la Unidad de Asesoría Jurídica emite opinión favorable para la aprobación del aplicativo "MI JUNTOS"; Con el visado de la Unidad de Operaciones, de la Unidad de Cumplimiento de Corresponsabilidades, de la Unidad de Comunicación e Imagen, de la Unidad de Tecnologías de la Información, de la Unidad de Planeamiento, Presupuesto y Modernización y de la Unidad de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Supremo N° 032-2005-PCM, modificado por el Decreto Supremo N° 062-2005-PCM y por el Decreto Supremo N° 012-2012-MIDIS, la Resolución Ministerial N° 092-2019-MIDIS, y estando a lo establecido por el Manual de Operaciones del Programa Nacional de

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RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 029-2019-EF/50.01 Lima, 16 de octubre del 2019 CONSIDERANDO: Que, el artículo 5 del Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, dispone que la Dirección General de Presupuesto Público es el ente rector y ejerce la máxima autoridad técnico-normativa del Sistema Nacional de Presupuesto Público, y tiene las funciones de programar, dirigir, coordinar y evaluar la gestión del proceso presupuestario, así como emitir las directivas y normas complementarias pertinentes; Que, el párrafo 56.1 del artículo 56 del Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, determina al seguimiento como el ejercicio priorizado de análisis de las relaciones entre recursos-insumo-productoresultado, a través del uso de indicadores de desempeño y otros instrumentos que se consideren pertinentes, con el propósito de identificar avances y resultados obtenidos con respecto a los esperados en las líneas de producción de productos, que permitan la toma de decisiones precisa y oportuna para la provisión de los servicios públicos; Que, el párrafo 56.2 del artículo 56 del Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, dispone que la Dirección General de Presupuesto Público, establece los mecanismos para realizar el seguimiento;