Norma Legal Oficial del día 18 de octubre del año 2019 (18/10/2019)
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TEXTO DE LA PÁGINA 28
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NORMAS LEGALES
Viernes 18 de octubre de 2019 /
El Peruano
Estadística e Informática del Hospital María Auxiliadora del Ministerio de Salud. Regístrese, comuníquese y publíquese. ELIZABETH ZULEMA TOMÁS GONZÁLES Ministra de Salud 1817998-2
ESSALUD-2019 de la Gerencia Central de la Persona Adulta Mayor y Persona con Discapacidad; la Carta N° 7135-GCPP-ESSALUD-2019 e Informe Técnico N° 274-GOP-GCPP-ESSALUD-2019 de la Gerencia Central de Planeamiento y Presupuesto; la Carta N° 6439-GCGP-ESSALUD-2019 de la Gerencia Central de Gestión de las Personas; y las Cartas Nros. 3918, 3940 y 3964-GCAJ-ESSALUD-2019 de la Gerencia Central de Asesoría Jurídica, y; CONSIDERANDO:
TRABAJO Y PROMOCION DEL EMPLEO
Modifican el numeral 2 de la Res. N° 655-PEESSALUD-2019
RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA EJECUTIVA Nº 693-PE-ESSALUD-2019 Lima, 16 de octubre de 2019 VISTOS: La Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 655-PEESSALUD-2019; la Carta N° 936-GCPAMyPCD-
Que, de conformidad con lo establecido en el artículo 1° de la Ley N° 27056, Ley de Creación del Seguro Social de Salud (ESSALUD), y el artículo 39° de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, ESSALUD es una entidad administradora de fondos intangibles de la seguridad social adscrita al Sector Trabajo y Promoción del Empleo, cuya finalidad principal es dar cobertura a los asegurados y sus derechohabientes, a través del otorgamiento de prestaciones de prevención, promoción, recuperación, rehabilitación, prestaciones económicas, y prestaciones sociales que corresponden al Régimen Contributivo de la Seguridad Social en Salud, así como otros seguros de riesgos humanos; Que, en el punto ii) del numeral 3 de la Política Nacional de Modernización de la Gestión Pública aprobada por Decreto Supremo N° 004-2013-
COMUNICADO A NUESTROS USUARIOS
REQUISITOS PARA PUBLICAR EN LA SEPARATA DE NORMAS LEGALES
Se comunica a las diversas entidades públicas que a partir del 1 de octubre del año 2018, para efecto de la publicación de sus dispositivos en la separata de normas legales, que contengan o no anexos, se está tomando en cuenta lo siguiente: 1. La documentación a publicar se recibirá de lunes a viernes, en el horario de 9.00 am a 5.30 pm. La solicitud de publicación deberá adjuntar los dispositivos legales refrendados por el funcionario acreditado con registro de firma ante la Gerencia de Publicaciones Oficiales. 2. Para todo dispositivo legal, tenga o no anexos, el contenido del archivo o correo electrónico será considerado COPIA FIEL DEL DOCUMENTO ORIGINAL IMPRESO que nos entregan para su publicación. Cada entidad pública se hará responsable del contenido de los archivos electrónicos que entrega para su publicación. 3. Toda solicitud de publicación deberá adjuntar obligatoriamente la respectiva "unidad de almacenamiento" o enviar el archivo correspondiente al correo electrónico normaslegales@ editoraperu.com.pe 4. Todo documento que contenga tablas deberá ser trabajado como hoja de cálculo de Excel, de acuerdo al formato original y sin justificar. El texto en formato Word y si incluye gráficos, deberán ser trabajados en formato PDF o EPS a 300 DPI y en escala de grises, cuando corresponda. 5. Las publicaciones de normas legales, cotizadas y pagadas al contado, se efectuarán conforme a las medidas facturadas al cliente, pudiendo existir una variación de +/- 5% como resultado de la diagramación final. 6. Este comunicado rige para las entidades públicas que actualmente no hacen uso del Portal de Gestión de Atención al Cliente PGA, el cual consiste en un sistema de solicitud de publicación de normas legales online (www.elperuano.com.pe/pga).
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