Norma Legal Oficial del día 08 de agosto del año 2019 (08/08/2019)
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TEXTO DE LA PÁGINA 62
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NORMAS LEGALES
N° 9 10 11 12 13 14 15 16 17 18 19 20 21 22 23 24 25 26 27 28 29 30 31 32 33 34 35 36 37 38 39 40
Jueves 8 de agosto de 2019 /
El Peruano
Que, el Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado por Decreto Supremo N° 002-2004-DE/SG, en su artículo 3 establece que "Los viajes al exterior con carácter oficial comprenden las modalidades siguientes: Comisión de servicio (...)"; Que, el Decreto Supremo N° 001-2009-IN en su artículo 1 señala "Hacer extensivo al personal policial y civil de la Policía Nacional del Perú los alcances del Decreto Supremo N° 002-2004-DE/SG (...)"; Que, la Ley N° 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019, en su artículo 10 establece que "10.1. Durante el Año Fiscal 2019, los viajes al exterior de los servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos deben realizarse en categoría económica (...) La autorización para viajes al exterior de las personas señaladas en el párrafo precedente se aprueba conforme a lo establecido en la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y sus normas reglamentarias. (...)"; Que, mediante Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, se aprueban normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, el cual en su artículo 2, referido al contenido del acto de autorización, establece que "La Resolución de autorización de viajes al exterior de la República estrictamente necesarios, será debidamente sustentada en el interés nacional o en el interés específico de la Institución, y deberá indicar expresamente el motivo del viaje, el número de días de duración del viaje, el monto de los gastos de desplazamiento, viáticos y tarifa Corpac. (...)"; Que, el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM en su artículo 1 establece que "(...) La autorización de viajes al exterior de personas, que viajen en representación del Poder Ejecutivo irrogando gasto al Tesoro Público, se otorgará mediante Resolución Ministerial del Sector correspondiente, siempre que se sustenten en el interés nacional o en el interés específico de la institución, conforme a la Ley N° 27619 y el presente Reglamento"; Que, asimismo, el artículo 4 del Decreto Supremo N° 047-2002-PCM señala que "Las Resoluciones de autorización de viaje deberán publicarse en el Diario Oficial El Peruano (...)"; Con la visación de la Comandancia General de la Policía Nacional del Perú y de la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio del Interior; De conformidad con la Ley Nº 27619, Ley que Regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos; el Decreto Supremo N° 0472002-PCM, mediante el cual se aprobaron las normas reglamentarias sobre la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019; el Decreto Legislativo Nº 1266, Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior y modificatorias; el Decreto Legislativo Nº 1267, Ley de la Policía Nacional del Perú y modificatorias, el Decreto Supremo N° 014-2019IN, que aprueba la Sección Primera del Reglamento de Organización y Funciones del MININTER; y, la Resolución Ministerial N° 1050-2019-IN, que aprueba la Sección Segunda del Reglamento de Organización y Funciones del MININTER; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Autorizar el viaje al exterior, en comisión de servicios, del 08 al 09 de agosto de 2019, a la ciudad de Santiago de León de Caracas, capital de la República Bolivariana de Venezuela, al personal policial que a continuación se detalla, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. N° 1 2 3 4 5 6 7 8 GRADO NOMBRES Y APELLIDOS CMDTE Orlando Rosas Huayanay MY Ricardo Max Castro Gastañaga CAP S. Jorge Antonio Arnao Degollar TNTE Edgar Fernando Rivera Flores SS Efraín Modesto Romero Almanza SS Víctor Fermín Alache Gonzáles SS Félix Juan Flores Pacheco SS Edgardo Dionicio Machuca Bonilla
GRADO NOMBRES Y APELLIDOS SS Héctor Edwin Muñoz Rubio SS Jorge Luis Olivari Chumpitaz SS Wilfredo Paz Llanos SS Elvis Víctor Rivas Sulca SS Gabriel Alberto Romero Brun SS Porfirio Víctor Torrejón Pinedo SS Ernesto Edi Vega Alama SS Guido Tomás Velásquez Pérez SB Yovani Arturo Andrade Figueroa SB Víctor Avendaño Ccansce SB Jorge Miguel Carpio Márquez SB Walter Máximo Félix Mayta SB Rafael Jaime Huamán Alanya SB Jesús Santos Huamán Villacrises SB Carlos Andrés Navarro Díaz SB Wildernes Paima Pezo SB Henry Juvencio Roncal Abanto ST1 Amador Mendoza Monje ST1 Julio César Montalvo Villaca ST1 Víctor Raúl Rodríguez Challco ST1 Vicente Villanueva Fernández ST2 Clide Felipe Lalupu Cobeñas ST2 Luis Alberto Bendezú Izarra ST2 Yuri Stanley Fernández Guevara ST2 Edgar Julián Fernández Marcelo ST2 Ernestina Pérez Díaz S1 Judith Nelly Chávez Vilcapoma S1 Azael Esteban Manuel Portugal Céspedes S2 Artemisa Bardales Tafur S2 Janet Johana Flores Portilla S3F Rosa Echevarría García S3F Milagros Ormeño Garamendi
Artículo 2°.- Los gastos por concepto de viáticos que ocasione el viaje a que se hace referencia en el artículo 1° de la presente Resolución, se efectúan con cargo a la Unidad Ejecutora 002: Dirección de Economía y Finanzas de la Policía Nacional del Perú, del Pliego 007, Ministerio del Interior, de acuerdo al siguiente detalle: Importe US$ Días Personas 370,00 X 2 X 40 = Total US$ 29 600,00
Viáticos
Artículo 3°.- Dentro de los quince (15) días calendario de efectuado el viaje, el personal policial a que se refiere el artículo 1° de la presente Resolución, debe presentar ante el Titular del Sector un informe detallado, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, así como la rendición de cuentas debidamente documentada por los viáticos asignados. Artículo 4°.- La presente Resolución Ministerial no da derecho a exoneración o liberación del pago de impuestos o derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS MORÁN SOTO Ministro del Interior 1795611-1
Establecen disposiciones para la prestación de servicios policiales extraordinarios por parte de la Policía Nacional del Perú
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 1191-2019-IN Lima, 8 de agosto de 2019 VISTOS; el Informe N° 163-2019-CG-SECEJE PNP/ DIRPLAINS-DIVPLA, de la División de Planeamiento Institucional de la Dirección de Planeamiento Institucional de la Policía Nacional del Perú; el Informe N° 195-2019SCG PNP-DIVSEEPI-DEPMSE/CON, del Departamento de Seguimiento, Monitoreo y Evaluación de la División de Supervisión, Evaluación de Estrategias y Planes Institucionales de la Sub Comandancia General de la Policía Nacional del Perú; el Informe N°000134-2019/IN/ OGPP/OMD, de la Oficina de Modernización y Desarrollo