Norma Legal Oficial del día 08 de agosto del año 2019 (08/08/2019)
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TEXTO DE LA PÁGINA 46
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NORMAS LEGALES
Jueves 8 de agosto de 2019 /
El Peruano
Nos. 1525-2006, 1895-2006 y 1503-2011-ANR y la Ley Nº 28626; En mérito a la opinión de la Oficina Central de Asesoría Jurídica, contenida en Informe Legal Nº 195-2019-OCAJ-UNFV, de fecha 22.04.2019, a lo señalado por el Vicerrectorado Académico en Informe Nº 0377-2019-VRAC-UNFV, de fecha 09.05.2019 y estando a lo dispuesto por el Rectorado según Proveído Nº 2546-2019-R-UNFV, de fecha 13.05.2019; el Consejo Universitario en Sesión Extraordinaria Nº 93, de fecha 23.05.2019, acordó autorizar a la Oficina de Grados y Títulos de la Secretaría General, la expedición del duplicado de diploma de Bachiller en Administración, otorgado por la Facultad de Administración de esta Casa de Estudios Superiores, a favor de don LUIS VICENTE RAMIREZ; De conformidad con la Ley Nº 30220 Ley Universitaria, el Estatuto y el Reglamento General de la Universidad Nacional Federico Villarreal, la Resolución R. Nº 536-2016-UNFV, de fecha 27.12.2016 y la Resolución R. Nº 1075-2018-UNFV, de fecha 12.06.2017; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar a la Oficina de Grados y Títulos de la Secretaría General, la expedición del duplicado de diploma de Grado de Bachiller en Administración, otorgado por la Facultad de Administración de esta Casa de Estudios Superiores, a favor de don LUIS VICENTE RAMIREZ (por pérdida). El mismo que se encuentra asentado en el Libro Nº 156, Folio Nº 88, Registro Nº 117962 y fecha de expedición 06.07.2018, el cual obra en la referida Oficina. Artículo Segundo.- La Oficina de Trámite Documentario de la Secretaría General, notificará bajo cargo la presente resolución al interesado. Artículo Tercero.- Encargar a la Oficina Central de Comunicaciones e Imagen Institucional, la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano, de conformidad con el Texto Único Ordenado del Reglamento de la Ley Nº 28626, aprobado con Resolución Nº 15032011-ANR. Artículo Cuarto.- Los Vicerrectorados Académico y de Investigación, la Facultad de Administración, así como la Oficina de Grados y Títulos de la Secretaría General, dictarán las medidas necesarias para el cumplimiento de la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y archívese. JUAN OSWALDO ALFARO BERNEDO Rector ENRIQUE IVAN VEGA MUCHA Secretario General (e) 1794843-2 UNIVERSIDAD NACIONAL FEDERICO VILLARREAL RESOLUCIÓN R. Nº 5830-2019-CU-UNFV San Miguel, 17 de julio de 2019 Visto, el expediente con NT. 28388, de fecha de recepción 22.03.2019, seguido por doña URSULA SOPHÍA FUENTES GARCÉS, egresada de la Facultad de Psicología, mediante el cual solicita el duplicado de diploma de Grado de Bachiller en Psicología, expedido por esta Casa de Estudios Superiores; y, CONSIDERANDO: Que, el Congreso de la República dio la Ley Nº 28626, de fecha 28.10.2005, publicada en el diario oficial El Peruano con fecha 18.11.2005, se autoriza a las Universidades Públicas y Privadas a expedir duplicados de diplomas de Grados y Títulos Profesionales a solicitud del interesado, por motivos de pérdida, deterioro o mutilación del título original, siempre que cumpla con las
formalidades y requisitos de seguridad previstos por cada Universidad; Que, mediante Resolución Nº 1525-06-ANR, modificada con Resolución Nº 1895-2006-ANR, publicadas en el diario oficial El Peruano, con fechas 21.01.2006 y 14.06.2006 respectivamente, la Asamblea Nacional de Rectores, aprobó el Reglamento de Duplicados de Diplomas de Grados y Títulos Profesionales expedidos por las universidades del país; Que, mediante Resolución Nº 1503-2011-ANR, de fecha 15.12.2011, modificada con Resoluciones Nros. 1256 y 1634-2013-ANR, de fechas 26.08.2013 y 22.10.2013 respectivamente, emitidas por la Comisión de Coordinación Interuniversitaria de la Asamblea Nacional de Rectores, se aprobó el Texto Único Ordenado del Reglamento de la Ley Nº 28626, Reglamento de Duplicados de Diplomas de Grados Académicos y Títulos Profesionales expedidos por las universidades del país; Que, mediante Resolución R. Nº 4224-2013-CUUNFV, de fecha 25.09.2013, rectificada con Resolución R. Nº 6309-2014-CU-UNFV, de fecha 05.09.2014, se aprobó el "Registro de Tarifas de los Servicios no Exclusivos de la Universidad Nacional Federico Villarreal en el que se estableció la tarifa que abonarán los interesados, entre otros, por concepto de duplicado de diploma de Grado de Bachiller y de Título Profesional en las Facultades de la Universidad; Que, mediante documento recepcionado en fecha 22.03.2019, doña URSULA SOPHÍA FUENTES GARCÉS solicita duplicado de diploma de Grado de Bachiller en Psicología, el cual fue expedido por esta Universidad el 13.02.1991, señala que sufrió la pérdida de dicho diploma; para acreditar lo señalado y a fin de cumplir con los requisitos para la expedición del duplicado de diploma, adjunta dos fotografías tamaño pasaporte, la Declaración Jurada Simple, la publicación en un diario de circulación nacional de la pérdida del referido diploma, Constancia de haber obtenido el Grado de Bachiller en Psicología, así como el recibo de pago del derecho correspondiente; Que, el Jefe de la Oficina de Grados y Títulos de la Secretaría General mediante Oficio Nº 0385-2019-OGTSG-UNFV de fecha 17.04.2019, señala que se expidió con fecha 13.02.1991 el Diploma de Grado de Bachiller en Psicología a favor de la recurrente, el cual se encuentra asentado en el Libro Nº 44, Folio Nº 58 y Registro Nº 30989, el mismo que obra en la Oficina de Grados y Títulos de la Secretaria General de esta Universidad; asimismo, señala que lo solicitado por doña URSULA SOPHÍA FUENTES GARCÉS cumple con los requisitos para el otorgamiento del duplicado del diploma de Grado de Bachiller en Psicología, en concordancia con las Resoluciones Nos. 1525-2006, 1895-2006 y 1503-2011ANR y la Ley Nº 28626; En mérito a la opinión de la Oficina Central de Asesoría Jurídica, contenida en Informe Legal Nº 204-2019-OCAJ-UNFV, de fecha 26.04.2019, a lo señalado por el Vicerrectorado Académico en Informe Nº 0378-2019-VRAC-UNFV, de fecha 09.05.2019 y estando a lo dispuesto por el Rectorado según Proveído Nº 2545-2019-R-UNFV, de fecha 13.05.2019; el Consejo Universitario en Sesión Extraordinaria Nº 93, de fecha 23.05.2019, acordó autorizar a la Oficina de Grados y Títulos de la Secretaría General, la expedición del duplicado de diploma de Bachiller en Psicología, otorgado por la Facultad de Psicología de esta Casa de Estudios Superiores, a favor de doña URSULA SOPHÍA FUENTES GARCÉS; De conformidad con la Ley Nº 30220 Ley Universitaria, el Estatuto y el Reglamento General de la Universidad Nacional Federico Villarreal, la Resolución R. Nº 536-2016-UNFV, de fecha 27.12.2016 y la Resolución R. Nº 1075-2018-UNFV, de fecha 12.06.2017; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar a la Oficina de Grados y Títulos de la Secretaría General, la expedición del duplicado de diploma de Grado de Bachiller en Psicología, otorgado por la Facultad de Psicología de esta Casa de Estudios Superiores, a favor de doña URSULA SOPHÍA FUENTES GARCÉS (por pérdida). El mismo que se