Norma Legal Oficial del día 08 de agosto del año 2019 (08/08/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 42

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NORMAS LEGALES

Jueves 8 de agosto de 2019 /

El Peruano

Que, mediante la Ley Nº 27619 se regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos que irroguen gasto al Tesoro Público; estableciéndose su reglamentación a través del Decreto Supremo Nº 0472002-PCM, modificado por el Decreto Supremo Nº 0562013.PCM, en el que se aprueba la escala de viáticos; Que, el Comité Organizador de la Conferencia Internacional Geotérmica ARMA-CUPB 2019 a realizarse en la ciudad de Beijing - China del 05 al 08 de agosto de 2019, ha formulado invitación al Ing. Wilfredo Salinas Ruiz Conejo y al Ing. Hugo Melgar Lazo, para que asistan a la citada conferencia que tiene como tema "Desde los sistemas hidrotermales convencionales hasta la energía geotérmica mejorada: compartición de tecnología con la industria del petróleo y el gas"; Que, el Director del Instituto de Petróleo y Gas - IPEGA mediante el documento del visto, solicita al despacho del Rectorado se autorice el viaje del Ing. Hugo Melgar Lazo y su persona, para que asistan a la Conferencia Internacional Geotérmica ARMA-CUPB 2019, del 02 al 10 de agosto de 2019; asimismo se le otorgue los pasajes, viáticos e inscripción, respectivamente, que serán cubiertos con recursos directamente recaudados del IPEGA; Estando al Proveído Nº 3381-2019/Rect. del Despacho del Rectorado, y de conformidad con el artículo 25º, inciso b) del Estatuto de la Universidad Nacional de Ingeniería; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje de los señores Ing. Wilfredo Salinas Ruiz Conejo e Ing. Hugo Melgar Lazo, funcionarios del Instituto de Petróleo y Gas - IPEGA, a la ciudad de Beijing - China del 02 al 10 de agosto de 2019, para que asistan a la Conferencia Internacional Geotérmica ARMA-CUPB 2019. Artículo 2º.- Otorgar a los señores Ing. Wilfredo Salinas Ruiz Conejo e Ing. Hugo Melgar Lazo, el equivalente en nuevos soles del total de los montos que se indican a continuación, para sufragar los gastos que irroguen la participación en el evento antes mencionado, que serán financiados con recursos directamente recaudados del Instituto de Petróleo y Gas - IPEGA.
Nombres y apellidos Pasajes Aéreos Viáticos Inscripción $ 700.00 $ 700.00

Visto el Expediente STDUNI: N° 2019-74953 presentado por el señor MARCO ANTONIO AVELLANEDA HUAMAN, quien solicita duplicado de sus diplomas de Grado Académico de Bachiller y del Título Profesional de Ingeniero de Minas, otorgado por la Universidad Nacional de Ingeniería; CONSIDERANDO: Que, el señor MARCO ANTONIO AVELLANEDA HUAMAN identificado con DNI Nº 08461718, egresado de esta Casa de Estudios, mediante el expediente del visto solicita la expedición del duplicado de sus diplomas de Grado Académico de Bachiller y del Título Profesional, por pérdida del diploma, adjuntando la documentación sustentatoria respectiva, según lo dispuesto en el Reglamento de Duplicado de Diplomas de Grados Académicos y Títulos Profesionales, aprobado por Resolución Rectoral Nº 0122, del 18 de enero del 2008, modificada por Resolución Rectoral N° 1685 de fecha 08 de noviembre del 2013; Que, la Unidad de Grados y Títulos de la Secretaría General, mediante Informe N° 258-2019-UNI/SG/GT de fecha 26.06.2019, precisa que los diplomas del señor MARCO ANTONIO AVELLANEDA HUAMAN se encuentran registrados: en el Libro de Registro de Bachilleres Nº 06 página 222, con el número de registro 19393; y en el Libro de Registro de Título Profesional Nº 15, página 329, con el número de registro 19128; Que, el Presidente de la Comisión Académica del Consejo Universitario, mediante el documento del visto informa que en Sesión Nº 12-2019, realizada el 08.07.2019, previa revisión y verificación de los expedientes, acordó proponer al Consejo Universitario la aprobación de los duplicados de diplomas del Grado Académico de Bachiller en Ciencias con mención en Ingeniería de Minas y del Título Profesional de Ingeniero de Minas, al señor MARCO ANTONIO AVELLANEDA HUAMAN; Que, estando a lo acordado por el Consejo Universitario en su Sesión Ordinaria Nº 10 de fecha 12 de julio del 2019, de conformidad con las atribuciones conferidas en el art. 25º del Estatuto de la Universidad Nacional de Ingeniería; SE RESUELVE: Artículo Único. - Aprobar, la expedición de duplicado de los diplomas: de Grado Académico de Bachiller en Ciencias con mención en Ingeniería de Minas (otorgado el 02 de julio de 1997); y del Título Profesional de Ingeniero de Minas (otorgado el 03 de abril 2003), ambos del señor MARCO ANTONIO AVELLANEDA HUAMAN, anulándose los diplomas otorgados anteriormente. Regístrese, comuníquese y archívese GILBERTO BECERRA AREVALO Rector (e) 1794817-1

Ing. Wilfredo Salinas Ruiz S/. 8,114.40 $ 4,500.00 Conejo Ing. Hugo Melgar Lazo S/. 8,114.40 $ 4,500.00

. Artículo 3º.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, presentarán el informe detallando las acciones realizadas y los logros obtenidos durante el evento; asimismo, presentarán la rendición de las cuentas respectivas, de acuerdo a Ley. Artículo 4.- Disponer que la Oficina Central de Logística publique la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano de conformidad a lo establecido por el artículo 3º de la Ley Nº 27619, con cargo a los recursos directamente recaudados del Instituto de Petróleo y Gas - IPEGA. Regístrese, comuníquese y archívese. JORGE ELIAS ALVA HURTADO Rector 1794945-1

Aprueban expedición de duplicado de diplomas de grado académico de bachiller y de título profesional de ingeniero de minas de la Universidad Nacional de Ingeniería
UNIVERSIDAD NACIONAL DE INGENIERÍA RESOLUCIÓN RECTORAL Nº 1045 Lima, 18 de julio de 2019

Otorgan monto adicional a representante de la Universidad Nacional de Ingeniería cuyo viaje se autorizó mediante Res. Nº 0802-2019, para cubrir costos de viáticos y asignaciones por comisión de servicios
UNIVERSIDAD NACIONAL DE INGENIERÍA RESOLUCIÓN RECTORAL Nº 1060 Lima, 18 de julio de 2019 Visto el Oficio Nº 213-2019-OCCIC-UNI de fecha 15 de julio de 2019, de la Oficina Central de Cooperación Internacional y Convenios de la Universidad Nacional de Ingeniería;