Norma Legal Oficial del día 06 de agosto del año 2019 (06/08/2019)
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TEXTO DE LA PÁGINA 45
El Peruano / Martes 6 de agosto de 2019
NORMAS LEGALES
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Oficial El Peruano y deróguese todo dispositivo legal que se oponga a la presente norma. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. J. JORGE MARTICORENA CUBA Alcalde 1794465-1
Estando a los considerandos antes mencionados, y lo establecido en el artículo 42º de la Ley Nº 29792 - Ley Orgánica de Municipalidades, y en uso de las atribuciones conferidas en el numeral 6) del artículo 20º de la norma citada; SE DECRETA: Artículo Primero.- PRORROGAR hasta el 31 de Agosto de 2019 la vigencia de la Ordenanza Nº 000264/MDSA, que aprueba el Beneficio Temporal de Regularización Tributaria y No Tributaria denominado "PAGA FÁCIL" en el distrito de Santa Anita. Artículo Segundo.- ENCARGAR a Secretaría General la publicación del presente decreto de alcaldía, en el Diario Oficial El Peruano y a la Subgerencia de Tecnologías de la Información y Comunicación la publicación en el portal institucional de la Municipalidad Distrital de Santa Anita: www.munisantanita.gob.pe. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. JOSÉ LUIS NOLE PALOMINO Alcalde 1794227-1
MUNICIPALIDAD DE SANTA ANITA
Prorrogan vigencia de la Ordenanza Nº 000264/MDSA que aprueba el Beneficio Temporal de Regularización Tributaria y No Tributaria denominado "Paga Fácil" en el distrito
DECRETO DE ALCALDÍA Nº 000014-2019/MDSA Santa Anita, 31 de julio de 2019 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SANTA ANITA VISTO: El Informe Nº 57-2019-SGRCRT/GSAT/MDSA de la Subgerencia de Registro, Control y Recaudación Tributaria, el Informe Nº 050-2019-GSAT/MDSA de la Gerencia de Servicios de Administración Tributaria, el Informe Nº 660-2019 GAJ/MDSA de la Gerencia de Asesoría Jurídica, Memorándum Nº 451-2019-MDSA/GM de la Gerencia Municipal; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 42º de la Ley Orgánica de Municipalidades Ley Nº 27972, señala que los Decretos de Alcaldía establecen normas reglamentarias y de aplicación de las Ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y eficiente administración municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario, que no sean de competencia del concejo municipal; Que, mediante Ordenanza Nº 000264/MDSA, publicada en el diario oficial "El Peruano" con fecha 14 de Mayo de 2019, se aprueba el Beneficio Temporal de Regularización Tributaria y No Tributaria en el distrito de Santa Anita con vigencia hasta el 31 de Mayo de 2019; Que, con Decreto de Alcaldía Nº 000009-2019/ MDSA del 31 de Mayo de 2019, se prorroga hasta el 30 de Junio del presente año la vigencia de la Ordenanza Nº 000264/MDSA que aprueba el Beneficio Temporal de Regularización Tributaria y No Tributaria en el distrito de Santa Anita denominada "Paga Fácil"; Que, con el Informe Nº 57-2019-SGRCRT/GSAT/ MDSA la Subgerencia de Registro, Control y Recaudación Tributaria, el Informe Nº 050-2019-GSAT/MDSA de la Gerencia de Servicios de Administración Tributaria señalan la necesidad de prorrogar la vigencia de los beneficios aprobados con la Ordenanza Nº 000264/MDSA prorrogada con Decreto de Alcaldía Nº 000009-2019/ MDSA y con Decreto de Alcaldía Nº 000011-2019/MDSA denominada "PAGA FÁCIL", con la finalidad de brindar a los vecinos la oportunidad de regularizar sus obligaciones tributarias y permitir a los contribuyentes regularizar su situación de morosidad respecto a obligaciones tributarias vencidas, fomentando la cultura de pago oportuno; Que, mediante Informe Nº 660-2019 GAJ/MDSA la Gerencia de Asesoría Jurídica opina por la procedencia del decreto de alcaldía que prorrogue la Ordenanza Nº 000264/MDSA por cuanto en su Primera Disposición Final, faculta al Alcalde para que mediante decreto de alcaldía pueda prorrogar la vigencia de la mencionada norma; Que, mediante Memorándum Nº 451-2019-MDSA/GM la Gerencia Municipal remite los documentos para emitir el Proyecto de Decreto de Alcaldía para prorrogar los alcances de la Ordenanza Nº 000264/MDSA;
MUNICIPALIDAD DE SURQUILLO
Ordenanza que regula el procedimiento de canje de deudas tributarias y no tributarias por bienes y/o servicios
ORDENANZA Nº 433-MDS Surquillo, 5 de julio de 2019 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SURQUILLO POR CUANTO: VISTO; en Sesión Ordinaria de la fecha y estando conforme con el Dictamen Nº006-2019-CAPPR-CM-MDS de fecha 26 de junio de 2019 emitido por la Comisión de Administración, Planeamiento, Presupuesto y Rentas; y, CONSIDERANDO: Que, el gobierno local goza de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia de conformidad con el artículo 194º de la Constitución Política del Perú y el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; Que, el artículo 74º de la Constitución Política otorga potestad tributaria a los Gobiernos Locales, potestad que es reconocida en el artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades, para crear, modificar, suprimir o exonerar arbitrios, tasas de licencias y derechos dentro de los límites establecidos por la Ley; Que, el artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades, señala que las Ordenanzas son las normas de carácter general de mayor jerarquía en la estructura normativa municipal por medio de las cuales se regula las materias en la que la Municipalidad tiene competencia normativa; Que, conforme a la Norma IV del Título Preliminar del Texto Único Ordenado del Código Tributario, aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 133-2013EF, la Administración Tributaria cuando esté facultada para actuar discrecionalmente, optará por la decisión administrativa que considere más conveniente para el interés público, dentro del marco que establece la Ley; Estando a los fundamentos expuestos y en uso de las facultades conferidas por la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, el Concejo Municipal aprobó por UNANIMIDAD y con dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta, lo siguiente: