Norma Legal Oficial del día 06 de agosto del año 2019 (06/08/2019)
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TEXTO DE LA PÁGINA 12
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NORMAS LEGALES
Martes 6 de agosto de 2019 /
El Peruano
Con los vistos de la Unidad Gerencial de Reconstrucción frente a Desastres, de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, de la Oficina de Asesoría Jurídica, de la Oficina General de Administración, de la Unidad de Recursos Humanos, y de conformidad con lo dispuesto en el Decreto Supremo N° 004-2014-MINEDU y el Manual de Operaciones del Programa Nacional de Infraestructura Educativa PRONIED, aprobado con Resolución Ministerial N° 034-2016-MINEDU y modificado con Resolución Ministerial N° 341-2017-MINEDU; De conformidad con lo previsto en la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos, la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, la Ley N° 30556, Ley que aprueba disposiciones de carácter extraordinario para las intervenciones del Gobierno Nacional frente a desastres y que dispone la creación de la Autoridad para la Reconstrucción con Cambios; SE RESUELVE: Artículo 1.- Designar a partir del 06 de agosto de 2019, al señor ingeniero Marco Aurelio Zegarra García, en el cargo de Coordinador de Infraestructura de la Unidad Gerencial de Reconstrucción frente a Desastres del Programa Nacional de Infraestructura Educativa PRONIED, en el marco del numeral 8-A.12 del artículo 8-A. de la Ley N° 30556, Ley que aprueba disposiciones de carácter extraordinario para las intervenciones del Gobierno Nacional frente a desastres y que dispone la creación de la Autoridad para la Reconstrucción con Cambios. Artículo.2.-.Encargar a la Unidad de Recursos Humanos, adoptar las acciones conducentes para el cumplimiento del párrafo 8-A. 10 del artículo 8-A de la Ley N° 30556, así como, las acciones de personal correspondiente. Artículo 3.- Encargar a la Oficina de Comunicaciones la publicación de la presente resolución en el portal institucional del Programa Nacional de Infraestructura Educativa PRONIED (www.pronied.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese. ELIZABETH MILAGROS AÑAÑOS VEGA Directora Ejecutiva Programa Nacional de Infraestructura Educativa PRONIED 1794479-1
ENERGIA Y MINAS
Aprueban el Código de Ética y Conducta del Personal del Ministerio de Energía y Minas
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 226-2019-MINEM/DM Lima, 2 de agosto de 2019 VISTOS: el Informe N° 040-2019-MINEM/SG-OII, emitido por la Oficina de Integridad Institucional y el Informe N° 725-2019-MINEM/OGAJ, de la Oficina General de Asesoría Jurídica, y; CONSIDERANDO: Que, a través del Decreto Supremo Nº 092-2017-PCM, se aprueba la Política Nacional de Integridad y Lucha contra la Corrupción, la cual tiene como objetivo general contar con instituciones transparentes e íntegras que practican y promueven la probidad en el ámbito público, sector empresarial y la sociedad civil; y garantizar la prevención y sanción efectiva de la corrupción a nivel nacional, regional y local, con la participación activa de la ciudadanía; Que, conforme al artículo 4 del Decreto Supremo N° 042-2018-PCM, dispositivo legal que establece medidas para fortalecer la integridad pública y lucha contra la corrupción, los códigos y cartas de buena conducta
administrativa son instrumentos mediante los cuales se establecen los lineamientos para la correcta, transparente y eficiente actuación de los servidores civiles con el fin de promover una cultura de integridad y servicio a la ciudadanía al interior de cada entidad; Que, mediante el artículo 2 del Decreto Supremo Nº 044-2018-PCM, que aprueba el Plan Nacional de Integridad y Lucha contra la Corrupción 2018-2021, se prevé que, las máximas autoridades de las entidades públicas responsables en el Plan Nacional de Integridad y Lucha contra la Corrupción 2018-2021 adoptarán, en el ámbito de sus competencias, las medidas necesarias para su ejecución y velarán por su cumplimiento; Que, asimismo, en la norma citada en el numeral precedente se considera el Objetivo Específico 1.4 "Promover e instalar una cultura de integridad y de ética pública en los servidores civiles y en la ciudadanía"; asimismo, en el Componente N° 3 de la Tabla 11 "Modelo de Integridad para las entidades del sector público", se prevé el Sub Componente 3.1 "Código de Ética"; Que, mediante Resolución Ministerial N° 032-20192019-MEM/DM, se creó la Comisión de Integridad y Lucha contra la Corrupción del Sector Energía y Minas, para el periodo 2019-2021, que tiene por objeto coadyuvar al fortalecimiento de una cultura de integridad, principios éticos, transparencia y neutralidad política entre sus funcionarios y servidores, así como efectuar el seguimiento a la implementación de acciones orientadas a la prevención y lucha contra la corrupción en el Sector Energía y Minas; Que, asimismo se dispone que la Secretaría Técnica de la referida Comisión es ejercida por la Oficina de Integridad Institucional, la cual se encarga de disponer las acciones necesarias para la elaboración del Código de Ética y Conducta; Que, mediante Resolución Ministerial N° 099-2019MEM/DM, se aprobó el Plan de Integridad y Lucha contra la Corrupción del Sector Energía y Minas 2019 - 2021, estableciendo como Acción 3.1 la elaboración del Código de Ética del Servidor; Que, a través del Informe N° 040-2019-MINEM/SG-Oll, la Oficina de Integridad Institucional sustenta la necesidad de contar con un Código de Ética y Conducta del Personal del Ministerio de Energía y Minas. Para dicho efecto señala que, se pretende contar con un modelo de Código de Ética Híbrido, con el fin de brindar una guía completa y coherente de actuación para los servidores del Ministerio; así el Código de Conducta representará el valor o valores de la entidad y en ese marco, las conductas inadecuadas e incompatibles con ellos, con el propósito de incidir en el comportamiento de los mismos, para alcanzar los fines colectivos e institucionales; Que, por Informe N° 725-2019-MINEM/OGAJ, la Oficina General de Asesoría Jurídica concluye que resulta legalmente viable la aprobación del documento denominado Código de Ética y Conducta del Personal del Ministerio de Energía y Minas; De conformidad con lo dispuesto en Ley N° 27815, Ley del Código de Ética de la Función Pública; la Ley N° 30705, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas; el Decreto Supremo N° 031-2007-EM, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del MINEM y sus modificatorias; el Decreto Supremo Nº 092-2017-PCM, que aprueba la Política Nacional de Integridad y Lucha contra la Corrupción; el Decreto Supremo Nº 042-2018-PCM, que establece medidas para fortalecer la integridad pública y lucha contra la corrupción; el Decreto Supremo Nº 044-2018-PCM, que aprueba el Plan Nacional de Integridad y Lucha contra la Corrupción 2018-2021; la Resolución Ministerial N° 032-2019-MEM/ DM, que crea la Comisión de Integridad y Lucha contra la Corrupción del Sector Energía y Minas para el periodo 2019-2021 y la Resolución Ministerial N° 099-2019-MEM/ DM, que aprueba el Plan de Integridad y Lucha contra la Corrupción del Sector Energía y Minas 2019-2021; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar el Código de Ética y Conducta del Personal del Ministerio de Energía y Minas, el cual como Anexo, forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial.