Norma Legal Oficial del día 06 de agosto del año 2019 (06/08/2019)


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NORMAS LEGALES

Martes 6 de agosto de 2019 /

El Peruano

Autorizan viaje de Coordinadora Ejecutiva y especialista legal del PRONABI a Colombia, en comisión de servicios
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0305-2019-JUS Lima, 5 de agosto de 2019 VISTOS, los Informes Nº 08-2019-JUS/PRONABI/ CE y Nº 14-2019-JUS/PRONABI/CE, de la Coordinadora Ejecutiva del Programa Nacional de Bienes Incautados PRONABI; el Informe Nº 268-2019-JUS/OGPM y el Oficio Nº 1803-2019-JUS/OGPM-OPRE de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; y, el Informe Nº 814-2019-JUS/OGAJ y el Oficio Nº 785-2019JUS/OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica; CONSIDERANDO: Que, el artículo 2 del Decreto Supremo Nº 0112017-JUS, modificado mediante la Segunda Disposición Complementaria Modificatoria del Decreto Legislativo Nº 1373, Decreto Legislativo sobre extinción de dominio, dispone que el Programa Nacional de Bienes Incautados - PRONABI tiene por objeto recibir, registrar, calificar, custodiar, asegurar, conservar, administrar, arrendar, asignar en uso temporal o definitiva, gestionar la disposición y venta en subasta pública, de los objetos, instrumentos, efectos y ganancias incautados como parte del proceso de extinción de dominio, así como aquellos cuya extinción de dominio haya sido declarada por la autoridad jurisdiccional a favor del Estado; Que, mediante Informe Nº 08-2019-JUS/PRONABI/CE, la Coordinadora Ejecutiva del PRONABI informa que existe un compromiso adquirido por el PRONABI de negociar, suscribir e implementar un Acuerdo de Cooperación Interinstitucional en materia de administración de bienes incautados, decomisados y declarados en extinción de dominio entre el PRONABI y la Sociedad de Activos Especiales de Colombia ­ SAE, así como una invitación por parte de la referida entidad a participar de un intercambio de conocimientos los días 13, 14 y 15 de agosto de 2019 en la ciudad de Bogotá, República de Colombia; Que, a través del citado documento, la Coordinadora Ejecutiva del PRONABI propone su participación, así como de las señoras Jenny Edelweiss Rocío Pérez León Ibáñez, especialista legal de la Coordinación Ejecutiva del PRONABI y Úrsula Martina Tejada Mera, Coordinadora de la Unidad de Custodia, Disposición y Supervisión de Activos; Que, asimismo, de los documentos que se acompañan, se verifica que existen compromisos asumidos en el marco de la VI Reunión del mecanismo de Alto Nivel de Seguridad y Cooperación Judicial ­ MAN y de la XI Reunión de la Comisión Mixta en Materia de Control de Drogas entre la República del Perú y la República de Colombia. Asimismo, mediante Informe Nº 268-2019-JUS/OGPM, la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización emite opinión favorable sobre el viaje propuesto, por cuanto la participación de los servidores del PRONABI se vincula con los objetivos del Plan Estratégico Sectorial Multianual PESEM (2019-2023) y del Plan Estratégico Institucional PEI (2019-2022) relacionados a garantizar el fortalecimiento de las capacidades de este Ministerio a través del PRONABI en cuanto al tratamiento de los bienes en el marco del proceso de extinción de dominio, motivo por el cual se hace necesario realizar el viaje antes mencionado; Que, teniendo en cuenta que la participación de los citados servidores en el referido evento ayudará a fortalecer las capacidades del PRONABI en la administración de bienes incautados, intervenidos, decomisados y/o declarados en extinción de dominio, en el marco de la implementación del Decreto Legislativo Nº 1373, Decreto Legislativo sobre extinción de dominio, por razones de itinerario resulta de interés institucional autorizar el viaje del 12 al 16 de agosto de 2019, de las señoras Mónica Patricia López Torres Páez, Coordinadora Ejecutiva del PRONABI, Jenny Edelweiss Rocío Pérez León Ibáñez, especialista legal de la Coordinación Ejecutiva del PRONABI y Úrsula Martina Tejada Mera, Coordinadora de la Unidad de Custodia, Disposición y Supervisión de Activos; Que, los gastos que genere dicho viaje serán asumidos con cargo al presupuesto institucional del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos;

De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 29809, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; el Decreto Supremo Nº 013-2017JUS, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; la Ley Nº 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019; la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y sus modificatorias; y, el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprueba normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y sus modificatorias; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje de las señoras Mónica Patricia López Torres Páez, Coordinadora Ejecutiva del Programa Nacional de Bienes Incautados - PRONABI, Jenny Edelweiss Rocío Pérez León Ibáñez, especialista legal de la Coordinación Ejecutiva del PRONABI y Úrsula Martina Tejada Mera, Coordinadora de la Unidad de Custodia, Disposición y Supervisión de Activos del 12 al 16 de agosto de 2019 a la ciudad de Bogotá, República de Colombia, por los motivos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución. Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolución, serán cubiertos con recursos del presupuesto del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, de acuerdo al siguiente detalle: Mónica Patricia López Torres Páez, Coordinadora Ejecutiva del Programa Nacional de Bienes Incautados ­ PRONABI Pasajes Viáticos x 04 días USD 914.76 USD 1,480.00

Jenny Edelweiss Rocío Pérez León Ibáñez, especialista legal de la Coordinación Ejecutiva del Programa Nacional de Bienes Incautados ­ PRONABI Pasajes Viáticos x 04 días USD 914.76 USD 1,480.00

Úrsula Martina Tejada Mera, Coordinadora de la Unidad de Custodia, Disposición y Supervisión de Activos Pasajes Viáticos x 04 días USD 914.76 USD 1,480.00

Artículo 3.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes a la culminación del viaje, los servidores citados en el artículo precedente de la presente Resolución deberán presentar ante el Titular de la Entidad un informe dando cuenta de las acciones realizadas, los resultados obtenidos y la rendición de cuentas por los viáticos entregados. Artículo 4.- La presente autorización no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos de aduana de cualquier clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. VICENTE ANTONIO ZEBALLOS SALINAS Ministro de Justicia y Derechos Humanos 1794655-2 FE DE ERRATAS RESOLUCIÓN SUPREMA N° 165-2019-JUS Mediante Oficio Nº 001234-2019-DP/SCM, la Secretaría del Consejo de Ministros solicita se publique Fe de Erratas de la Resolución Suprema Nº 165-2019JUS, publicada en la edición del día 23 de julio de 2019. DICE: CONSIDERANDO: (...) Que, el literal b) del artículo 25 del Decreto Legislativo N° 1068, estipulada que la designación de los