Norma Legal Oficial del día 08 de abril del año 2017 (08/04/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 38

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NORMAS LEGALES

Sábado 8 de abril de 2017 /

El Peruano

coordinaciones necesarias con la Dirección de Protección de Carreteras de la Policía Nacional del Perú. Artículo 3.- Difusión El Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional ­ PROVIAS NACIONAL, la Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías ­ SUTRAN, la Policía Nacional del Perú y el Consejo Nacional de Seguridad Vial, en el marco de sus competencias, realizarán las acciones de difusión para el cumplimiento de la presente Resolución. Artículo 4.- Publicación Dispóngase la publicación de la presente Resolución Directoral en el diario oficial "El Peruano", y en los portales web del Ministerio de Transportes y Comunicaciones (www.mtc.gob.pe), de PROVIAS NACIONAL (www. proviasnac.gob.pe) y de la Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías ­ SUTRAN (www.sutran.gob.pe), ésta última también procederá a la publicación de las vías alternas a la Carretera Central en su portal institucional. Artículo 5.- Vigencia La presente Resolución Directoral entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial "El Peruano". Regístrese, comuníquese y publíquese. PAÚL CONCHA REVILLA Director General Dirección General de Transporte Terrestre 1507349-1

ORGANISMOS EJECUTORES

DESPACHO PRESIDENCIAL
Aprueban reordenamiento de cargos contenido en el Cuadro para Asignación de Personal Provisional del Despacho Presidencial - CAP Provisional del DP
RESOLUCIÓN DE SECRETARÍA GENERAL Nº 038-2017-DP/SG Lima, 7 de abril de 2017 VISTO: el Informe N° 083-2017-DP-OGA/ORH, de la Oficina de Recursos Humanos, mediante el cual propone y sustenta el reordenamiento de cargos contenidos en el Cuadro para Asignación de Personal Provisional del Despacho Presidencial - CAP Provisional del DP, con la conformidad de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, y la Oficina General de Asesoría Jurídica; CONSIDERANDO: Que, mediante la Décima Disposición Transitoria de la Ley N° 27573, Ley del Presupuesto del Sector Público para el año fiscal 2002, se creó el Pliego Presupuestal denominado Despacho Presidencial con el objeto de atender los gastos e inversiones correspondientes a la Presidencia de la República; Que, el artículo 9 de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, establece que el Despacho Presidencial es responsable de la asistencia técnica y administrativa a la Presidencia de la República para el cumplimiento de sus competencias y funciones. El Reglamento de Organización y Funciones del Despacho Presidencial determina las funciones generales, estructura orgánica, así como las relaciones entre los órganos que lo integran y su vinculación con las entidades públicas y privadas; Que, mediante Decreto Supremo N° 077-2016-PCM

se aprueba el Reglamento de Organización y Funciones ­ ROF del Despacho Presidencial, así como el organigrama del mismo; Que, la Primera Disposición Complementaria Final del citado dispositivo legal faculta al Despacho Presidencial a dictar, mediante Resolución de Secretaría General, las disposiciones complementarias para la adecuada implementación del citado Reglamento de Organización y Funciones; Que, mediante Resolución Ministerial N° 143-2016PCM se aprueba el Cuadro para Asignación de Personal Provisional del Despacho Presidencial - CAP Provisional del DP, reordenado por Resolución de la Secretaría General de la Presidencia de la República N° 047-2016DP/SGPR y por Resolución de Secretaría General N° 087-2016-DP/SG, de fecha 14 de diciembre de 2016; Que, el numeral 5 del Anexo N° 4 de la Directiva N° 002-2015-SERVIR/GDSRH "Normas para la gestión del proceso de administración de puestos, y elaboración y aprobación del Cuadro de Puestos de la Entidad ­ CPE", aprobada por la Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 304-2015-SERVIR/PE, señala que las Entidades del Sector Público pueden realizar un reordenamiento de cargos contenidos en el CAP, el mismo que se puede generar por el cambio en los campos "N° de orden", "cargo estructural", "código", "clasificación", "situación del cargo" y "cargo de confianza", que no incidan en un incremento del Presupuesto Analítico de Personal (PAP) de la Entidad; Que, mediante Decreto Supremo N° 084-2016-PCM se precisa la designación y los límites de empleados de confianza en las entidades públicas, en cuyo artículo 2 se establece que para el cálculo del cinco por ciento (5%) de empleados de confianza en las entidades públicas, establecido en el numeral 2) del artículo 4 de la Ley N° 28175, se entenderá como "servidores públicos existentes en cada entidad" a la sumatoria de los cargos ocupados y previstos en su Cuadro para Asignación de Personal o en el Cuadro para Asignación de Personal Provisional, más el número de servidores contratados bajo el régimen de Contratación Administrativa de Servicios de la misma entidad, a la fecha de publicación del citado dispositivo legal; Que, con fecha 2 de abril de 2017 se publica en el Diario Oficial "El Peruano", el Decreto Supremo N° 0372017-PCM que modifica el Reglamento de Organización y Funciones del Despacho Presidencial, así como el organigrama del mismo; Que, al amparo de lo señalado en el considerando precedente, mediante Informe N° 083-2017-DP-OGA/ ORH, la Oficina de Recursos Humanos, propone y sustenta el reordenamiento de los cargos contenido en el Cuadro para Asignación de Personal Provisional del Despacho Presidencial, en virtud de la aprobación de la modificación del Reglamento de Organización y Funciones del Despacho Presidencial, así como de una nueva estructura orgánica del mismo, que incorpora nuevos órganos y unidades orgánicas en el Despacho Presidencial; precisando que la acción administrativa solicitada no demanda gastos adicionales en el Presupuesto Analítico de Personal (PAP) del Despacho Presidencial; Que, por las consideraciones antes expuestas y atendiendo que la propuesta formulada por la Oficina de Recursos Humanos cuenta con las conformidades de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, y la Oficina General de Asesoría Jurídica del Despacho Presidencial, conforme al ámbito de sus competencias; se estima procedente aprobar la propuesta en mención para el cumplimiento de las funciones del Despacho Presidencial, teniendo en cuenta su naturaleza jurídica y finalidad; De conformidad con lo establecido en la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil y su Reglamento General, aprobado por Decreto Supremo N° 040-2014-PCM; el Reglamento de Organización y Funciones del Despacho Presidencial, aprobado por Decreto Supremo Nº 0772016-PCM, modificado por Decreto Supremo N° 0372017-PCM; y, la Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 304-2015-SERVIR/PE, que aprueba la Directiva N° 002-2015-SERVIR/GDSRH, "Normas para la gestión del proceso de administración de puestos, y la elaboración y aprobación del Cuadro de Puestos de la Entidad ­CPE",