Norma Legal Oficial del día 03 de septiembre del año 2016 (03/09/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 68

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NORMAS LEGALES

Sábado 3 de setiembre de 2016 /

El Peruano

Oliva Black, a la ciudad de Tokio, Estado de Japón; para que en representación de PROMPERÚ, desarrollen actividades vinculadas a la promoción turística del Perú en las actividades antes mencionadas; Que, la Ley N° 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016, prohíbe los viajes al exterior con cargo a recursos públicos, salvo los casos excepcionales que la misma Ley señala, entre ellos, los viajes que se efectúen el marco de las acciones de promoción de importancia para el Perú, los que deben realizarse en categoría económica y ser autorizados por Resolución del Titular de la Entidad; De conformidad con la Ley N° 27619, que regula la autorización de viajes al exterior de los servidores y funcionarios públicos, sus modificatorias, el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y la Ley Nº 30075, Ley de Fortalecimiento de la Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo ­ PROMPERÚ; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Autorizar el viaje de la señora Sandra Patricia Gerardina Doig Alberdi, a las ciudades de Seúl, República de Corea y Tokio, Estado de Japón, del 04 al 13 de setiembre de 2016; de la señora Rocio Isabel Florian Ventura, a las ciudades de Seúl, República de Corea y Hong Kong, República Popular de China, del 03 al 16 de setiembre de 2016; y de la señora Karina Giovanna Oliva Black, a la ciudad de Tokio, Estado de Japón, del 05 al 10 de setiembre de 2016; para que en representación de PROMPERÚ lleven a cabo diversas acciones de promoción del turismo, durante los eventos mencionados en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2°.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución se efectuarán con cargo al Pliego Presupuestal 008 Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo ­ PROMPERÚ, de acuerdo al siguiente detalle:
Pasajes aéreos Clase Económica US$ Sandra Patricia Gerardina Doig Alberdi 2 919,00 Rocio Isabel Florian Ventura 2 772,00 Karina Giovanna Oliva Black 1 709,00 Nombres y apellidos Viáticos N° Total día US$ días Viáticos US$ 500,00 8 4 000,00 500,00 9 4 500,00 500,00 4 2 000,00

VISTO: El Informe Técnico N° 22-2016-SUCAMECOGRH de fecha de 26 de agosto de 2016, de la Oficina General de Recursos Humanos y; CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Legislativo Nº 1127, se creó la Superintendencia Nacional de Control de Servicios de Seguridad, Armas, Municiones y Explosivos de Uso Civil ­ SUCAMEC, como Organismo Técnico Especializado adscrito al Ministerio del Interior, con personería jurídica de derecho público interno, con autonomía administrativa, funcional y económica en el ejercicio de sus funciones; Que, la Ley Nº 27736, Ley para la Transmisión Radial y Televisiva de Ofertas Laborales, dispuso que el Instituto de Radio y Televisión del Perú, mediante Radio Nacional del Perú y Canal 7, programará en el horario que considere conveniente su Directorio, avisos de servicio público en los que se ofrezcan puestos de trabajo públicos y privados; Que, mediante Decreto Supremo Nº 012-2004-TR se dictaron disposiciones reglamentarias de la Ley Nº 27736, disponiendo en el tercer párrafo de su artículo 2º que la designación del funcionario responsable de remitir las ofertas de empleo al Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, debe realizarse mediante resolución del titular de la entidad y publicarse en el diario oficial El Peruano; Que, mediante el artículo 2º de la Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 107-2011-SERVIR/PE, se aprobó el modelo de Convocatoria para la Contratación Administrativa de Servicios (CAS), el cual incluye la obligación de las entidades públicas de difundir las convocatorias para la contratación del personal bajo el régimen CAS en el Servicio Nacional de Empleo del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, precisando que la referida norma entró en vigencia el 28 de febrero del 2012, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 1º de la Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 170-2011-SERVIR/PE; Que, mediante Resolución de Superintendencia Nº 072-2013-SUCAMEC/SN de fecha 06 de diciembre de 2013, se designó al Jefe de la Oficina General de Recursos Humanos o quien haga sus veces, como funcionario responsable de remitir las ofertas de empleo de la entidad al Servicio Nacional del Empleo del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; Que, mediante Resolución de Superintendencia Nº 611-2016-SUCAMEC de fecha 18 de agosto de 2016, se designó a la señora Julia Silvana Velásquez Pérez en el cargo de Jefa de la Oficina General de Recursos Humanos de la SUCAMEC; Que, mediante documento de visto, la referida dependencia solicita designar a la señora Julia Silvana Velásquez Pérez, Jefa de la Oficina General de Recursos Humanos, como funcionaria responsable de remitir las ofertas de empleo de la entidad de la SUCAMEC al Servicio Nacional del Empleo del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; y por lo tanto, dejar sin efecto la Resolución de Superintendencia Nº 072-2013-SUCAMEC/ SN, por lo que resulta necesario realizar las acciones correspondientes; Con el visado de la Jefa de la Oficina General de Recursos Humanos, el Jefe de la Oficina General de Asesoría Jurídica y la Gerente General; De conformidad con las facultades conferidas en el Decreto Legislativo Nº 1127, Decreto Legislativo que crea la Superintendencia Nacional de Control de Servicios de Seguridad, Armas, Municiones y Explosivos de Uso Civil, y el Decreto Supremo N° 004-2013-IN, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia Nacional de Control de Servicios de Seguridad, Armas, Municiones y Explosivos de Uso Civil, modificado por Decreto Supremo N° 017-2013-IN; SE RESUELVE: Artículo 1.- Designar a la señora Julia Silvana Velásquez Pérez, Jefa de la Oficina General de Recursos Humanos de la Superintendencia Nacional de Control de Servicios de Seguridad, Armas, Municiones y Explosivos de Uso Civil ­ SUCAMEC, como funcionaria responsable

Artículo 3°.- Dentro de los quince días calendario siguientes a su retorno al país, el personal cuyo viaje se autoriza, presentará a la Titular del Pliego Presupuestal de PROMPERÚ, un informe detallado sobre las acciones realizadas y los logros obtenidos durante el desarrollo de las mismas; asimismo, deberá presentar la rendición de cuentas respectiva, de acuerdo a Ley. Artículo 4°.- La presente Resolución no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. ARACELLY LACA RAMOS Secretaria General 1423196-1

SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE CONTROL DE SERVICIOS DE SEGURIDAD, ARMAS, MUNICIONES Y EXPLOSIVOS DE USO CIVIL
Designan funcionaria responsable de remitir ofertas de empleo de la SUCAMEC al Servicio Nacional del Empleo del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo
RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA Nº 628-2016-SUCAMEC Lima, 29 de agosto de 2016