Norma Legal Oficial del día 03 de septiembre del año 2016 (03/09/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 25

El Peruano / Sábado 3 de setiembre de 2016

NORMAS LEGALES

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VISTO: El requerimiento efectuado por ENERGÍA & NEGOCIOS PERÚ S.A.C., persona jurídica inscrita en la Partida N° 12428928 del Registro de Personas Jurídicas de la Zona Registral N° IX - Sede Lima, Oficina Registral de Lima; a través del cual solicita la oficialización del evento denominado "III Congreso Internacional y Expoferia de Mantenimiento Eléctrico 2016 ­ Retos que enfrentará el Mantenimiento con TCT en el sector eléctrico". CONSIDERANDO: Que, mediante documento ingresado con Registro N° 2631753 de fecha 12 de agosto de 2016, ENERGÍA & NEGOCIOS PERÚ S.A.C. solicita la oficialización del evento denominado "III Congreso Internacional y Expoferia de Mantenimiento Eléctrico 2016 ­ Retos que enfrentará el Mantenimiento con TCT en el sector eléctrico", a desarrollarse los días 24 y 25 de noviembre de 2016, en la ciudad de Lima, República del Perú; Que, a través del Informe N° 025-2016/MEM-DGEDNE, la Dirección Normativa de Electricidad de la Dirección General de Electricidad emite opinión favorable a la oficialización del citado evento, señalando que éste favorecerá la difusión de los avances referidos al mantenimiento de instalaciones e infraestructuras del sub sector electricidad; Que, la empresa solicitante ha cumplido con los requisitos establecidos en la Resolución Ministerial N° 050-2001-EM/SG, que regula el procedimiento para oficializar eventos nacionales por parte del Ministerio de Energía y Minas, a pedido de entidades públicas o privadas; De conformidad con la Resolución Ministerial N° 050-2001-EM/SG y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas, aprobado por Decreto Supremo N° 031-2007-EM, y sus modificatorias; SE RESUELVE: Artículo Único.- Oficializar el evento denominado "III Congreso Internacional y Expoferia de Mantenimiento Eléctrico 2016 ­ Retos que enfrentará el Mantenimiento con TCT en el sector eléctrico", a desarrollarse los días 24 y 25 de noviembre de 2016, en la ciudad de Lima, República del Perú. Regístrese, comuníquese y publíquese. GONZALO TAMAYO FLORES Ministro de Energía y Minas 1423725-1

de Tráfico Ilícito de Drogas, Terrorismo, Protección de Instalaciones estratégicas para el funcionamiento del país y servicios públicos esenciales, así como en otros casos constitucionalmente justificados, en que la capacidad de la Policía sea sobrepasada en el control del orden interno, sea previsible o existiera el peligro de que esto ocurriera; Que, mediante Resolución Suprema N° 152-2015-IN, de fecha 11 de agosto de 2015, se autorizó la intervención de las Fuerzas Armadas en apoyo a la Policía Nacional del Perú en la provincia de Yauli del departamento de Junín, del 12 de agosto al 10 de setiembre de 2015, con el fin de asegurar el control y mantenimiento del orden interno y evitar actos de violencia o cualquier ilícito que se pudiera cometer con ocasión de las movilizaciones y cualquier otro tipo de acto vandálico; Que, el plazo mencionado precedentemente fue prorrogado por Resoluciones Supremas N°s. 190-2015IN, 209-2015-IN, 223-2015-IN, 244-2015-IN, 001-2016IN, 104-2016-IN, 121-2016-IN, 141-2016-IN, 151-2016IN, 175-2016-IN, 188-2016-IN y finalmente mediante Resolución Suprema N° 212-2016-IN fue prorrogado hasta el 5 de setiembre de 2016; Que, en atención al requerimiento efectuado por la Policía Nacional del Perú mediante Oficio N° 591-2016-DGPNP/SA, el señor Ministro del Interior ha solicitado al señor Presidente de la República, por motivos de seguridad interna, la prórroga de la intervención de las Fuerzas Armadas en la provincia de Yauli del departamento de Junín por treinta (30) días adicionales, con el objeto de asegurar el control y mantenimiento del orden público y evitar que se produzcan actos de violencia o cualquier ilícito que se pudiera cometer en dicha zona; Que, en consecuencia, resulta conveniente disponer la prórroga de la intervención de las Fuerzas Armadas en apoyo a la Policía Nacional del Perú en la provincia de Yauli del departamento de Junín; De conformidad con lo dispuesto en el numeral 8 del artículo 118 de la Constitución Política del Perú; la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; el Decreto Legislativo N° 1095, Decreto Legislativo que establece Reglas de Empleo y Uso de la Fuerza por parte de las Fuerzas Armadas en el Territorio Nacional; y, el Decreto Legislativo N° 738, que establece normas a las que deben sujetarse las Fuerzas Armadas al intervenir en las zonas no declaradas en Estado de Emergencia; SE RESUELVE: Artículo 1.- Prórroga de la intervención de las Fuerzas Armadas Prorrogar la intervención de las Fuerzas Armadas en apoyo a la Policía Nacional del Perú en la provincia de Yauli del departamento de Junín, del 6 de setiembre al 5 de octubre de 2016, con el fin de asegurar el control y mantenimiento del orden público y evitar actos de violencia o cualquier ilícito que se pudiera cometer con ocasión de las movilizaciones y cualquier otro tipo de acto vandálico. Artículo 2.- De la actuación de las Fuerzas Armadas 2.1. La actuación de las Fuerzas Armadas constituirá una tarea de apoyo a la misión de la Policía Nacional del Perú y no releva la activa participación de esta. El control del orden interno permanece en todo momento a cargo de la Policía Nacional del Perú. 2.2. La actuación de las Fuerzas Armadas estará dirigida a contribuir y garantizar la plena vigencia del derecho a la libertad y seguridad personales, a la libertad de tránsito por las vías y carreteras, el derecho a la paz, a la tranquilidad, el adecuado funcionamiento de los servicios públicos esenciales y resguardar puntos críticos vitales para el normal desarrollo de las actividades de la población afectada, facilitando de este modo que los efectivos de la Policía Nacional del Perú concentren su accionar en el control del orden público y la interacción con la población de la provincia de Yauli del departamento a que se refiere el artículo 1 de la presente Resolución Suprema.

INTERIOR
Prorrogan intervención de las Fuerzas Armadas en apoyo a la Policía Nacional del Perú en la provincia de Yauli, del departamento de Junín
RESOLUCIÓN SUPREMA N° 266-2016-IN Lima, 2 de setiembre de 2016 VISTA, la solicitud del Ministro del Interior; CONSIDERANDO: Que, conforme al artículo 44 de la Constitución Política del Perú, es deber primordial del Estado proteger a la población de las amenazas contra su seguridad; Que, el numeral 4.3 del artículo 4, concordante con los artículos 21, 22, 23, 24 y 25 del Decreto Legislativo N° 1095, que establece Reglas de Empleo y Uso de la Fuerza por parte de las Fuerzas Armadas en el Territorio Nacional, dispone que las Fuerzas Armadas pueden actuar en apoyo a la Policía Nacional del Perú en caso