Norma Legal Oficial del día 03 de septiembre del año 2016 (03/09/2016)


Si desea descargar el documento entero como pdf click aquí.

TEXTO DE LA PÁGINA 6

598148

NORMAS LEGALES

Sábado 3 de setiembre de 2016 /

El Peruano

Artículo 3º.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, el funcionario a que se refiere el artículo 2º deberá presentar ante su institución un informe detallado describiendo las acciones realizadas, los resultados obtenidos y la rendición de cuentas debidamente documentada. Artículo 4º.- El cumplimiento de la presente resolución no dará derecho a exoneración de impuestos o de derechos aduaneros, de ninguna clase o denominación. Artículo 5º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros. Regístrese, comuníquese y publíquese. PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARD Presidente de la República FERNANDO ZAVALA LOMBARDI Presidente del Consejo de Ministros 1424157-1

Aprueban Cuadro de Asignación Personal Provisional de OSINERGMIN
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 183-2016-PCM Lima, 2 de setiembre de 2016

de

VISTO: El Oficio Nº 288-2016-OS-PRES del 13 de junio de 2016, del Organismo Supervisor de la Inversión en Energía y Minería - OSINERGMIN, y el Oficio Nº 838-2016-SERVIR/PE e Informe Nº 058-2016-SERVIR/ GDSRH, ambos del 30 de mayo de 2016, de la Presidencia Ejecutiva y de la Gerencia de Desarrollo del Sistema de Recursos Humanos, respectivamente, de la Autoridad Nacional del Servicio Civil - SERVIR; y, CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, establece en su artículo 32º que los organismos reguladores se encuentran adscritos a la Presidencia del Consejo de Ministros; Que, mediante Decreto Supremo Nº 010-2016-PCM, se aprobó el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) del Organismo Supervisor de la Inversión en Energía y Minería - OSINERGMIN; Que, en el marco de la rectoría del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos y de la implementación de la Ley Nº 30057, mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 304-2015-SERVIR/PE, modificada mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 057-2016-SERVIR/PE se ha emitido la Directiva Nº 002-2015-SERVIR/GDSRH "Normas para la gestión del proceso de administración de puestos, elaboración y aprobación del Cuadro de Puestos de la Entidad ­ CPE", que incluyen los lineamientos para la aprobación de un Cuadro para Asignación de Personal Provisional; Que, de acuerdo con el numeral 7.5 de la Directiva Nº 002-2015-SERVIR-GDSRH, el CAP Provisional es el documento de gestión institucional de carácter temporal que contiene cargos definidos y aprobados por la Entidad,
FORMATO Nº 01

sobre la base de su estructura orgánica vigente prevista en su Reglamento de Organización y Funciones, o Manual de Operaciones, según corresponda, cuya finalidad es viabilizar la operación de las entidades públicas durante el período de transición del Sector Público al Régimen del Servicio Civil, previsto en la Ley Nº 30057; Que, el numeral 4 del Anexo Nº 4 de la Directiva establece que la aprobación del CAP Provisional por las entidades de los tres niveles de gobierno está condicionada a la opinión favorable de la Autoridad Nacional del Servicio Civil, disponiendo que en el caso de organismos públicos el CAP Provisional se aprueba por Resolución Ministerial; Que, mediante Oficio Nº 838-2016-SERVIR/PE de la Presidencia Ejecutiva de la Autoridad Nacional del Servicio Civil - SERVIR, se remite a OSINERGMIN, el Informe Nº 058-2016-SERVIR/GDSRH de la Gerencia de Desarrollo del Sistema de Recursos Humanos, en el cual concluye que considera pertinente la propuesta de CAP Provisional planteada, recomendando continuar con las acciones administrativas necesarias para su aprobación; Que, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto de la Presidencia del Consejo de Ministros, a través del Memorando Nº 1468-2016-PCM/OGPP e Informe Nº 011-2016-PCM/OGPP/JMB, se ha pronunciado favorablemente sobre la propuesta del Cuadro para Asignación de Personal Provisional de OSINERGMIN; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado por Decreto Supremo Nº 063-2007-PCM; Reglamento de Organización y Funciones de OSINERGMIN, aprobado por Decreto Supremo Nº 010-2016-PCM; Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil y su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo Nº 040-2014-PCM; y la Directiva Nº 002-2015-SERVIR-GDSRH, "Normas para la gestión del proceso de administración de puestos, elaboración y aprobación del Cuadro de Puestos de la Entidad - CPE", aprobada mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 304-2015-SERVIR-PE, modificada con Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 057-2016-SERVIR-PE; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar el Cuadro de Asignación de Personal Provisional del Organismo Supervisor de la Inversión en Energía y Minería ­ CAP Provisional de OSINERGMIN, que como Anexo forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2.- Disponer que el Presidente del Consejo Directivo de OSINERGMIN adopte las acciones de personal necesarias, a fin de implementar lo dispuesto en la presente Resolución. Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial y el Cuadro para Asignación de Personal Provisional aprobado por el artículo 1, en el diario oficial El Peruano; y en la misma fecha, en el Portal del Estado Peruano (www.peru.gob.pe) y en el Portal Institucional del Organismo Supervisor de la Inversión en Energía y Minería (www.osinergmin.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese. FERNANDO ZAVALA LOMBARDI Presidente del Consejo de Ministros

CUADRO PARA ASIGNACIÓN DE PERSONAL PROVISIONAL ENTIDAD: SECTOR: I I.I Nº DE ORDEN 001 Organismo Supervisor de la Inversión en Energía y Minería - Osinergmin Presidencia del Consejo de Ministros - PCM DENOMINACIÓN DEL ÓRGANO: Alta Dirección DENOMINACIÓN DE LA UNIDAD ORGÁNICA: Presidencia CARGO ESTRUCTURAL Presidente del Consejo Directivo CÓDIGO 20 1 110 01 CLASIFICACIÓN FP 1 SITUACIÓN DEL CARGO TOTAL OCUPADO 1 PREVISTO CARGO DE CONFIANZA