Norma Legal Oficial del día 03 de septiembre del año 2016 (03/09/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 14

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NORMAS LEGALES

Sábado 3 de setiembre de 2016 /

El Peruano

Cabrera, en el cargo de Director General de la Dirección General de Infraestructura Agraria y Riego del Ministerio de Agricultura y Riego, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2.- Designar, a partir de la fecha, al señor Ingeniero Agrícola Carlos Augusto Vargas Rodríguez, en el cargo de Director General de la Dirección General de Infraestructura Agraria y Riego del Ministerio de Agricultura y Riego. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ MANUEL HERNÁNDEZ CALDERÓN Ministro de Agricultura y Riego 1423740-1

Disponen prepublicación de los "Lineamientos para el otorgamiento de la Licencia para conductores certificados de caza deportiva" en el portal institucional
RESOLUCIÓN DE DIRECCIÓN EJECUTIVA Nº 194-2016-SERFOR/DE Lima, 2 de setiembre de 2016 VISTO: El Informe Técnico N° 102-2016-SERFOR-DGPCFFSDPR de fecha 6 de julio de 2016 y el Informe Técnico N° 119-2016-SERFOR-DGPCFFS-DPR de fecha 9 de agosto de 2016, ambos emitidos por la Dirección de Política y Regulación de la Dirección General de Política y Competitividad Forestal y de Fauna Silvestre, y; CONSIDERANDO: Que, el artículo 13 de la Ley Nº 29763, Ley Forestal y de Fauna Silvestre, creó el Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre - SERFOR, como organismo público técnico especializado, con personería jurídica de derecho público interno, como pliego presupuestal adscrito al Ministerio de Agricultura y Riego; Que, el artículo 14 de la referida Ley Nº 29763, establece que una de las funciones del SERFOR, es la de emitir y proponer normas y lineamientos de aplicación nacional, relacionados con la gestión, administración y uso sostenible de los recursos forestales y de fauna silvestre; Que, asimismo el artículo 104 señala que la caza deportiva es la que el cazador practica únicamente con fines deportivos y sin fines de lucro, debiendo contar con la licencia y la autorización correspondiente otorgadas por la Autoridad Regional Forestal y de Fauna Silvestre - ARFFS; asimismo refiere que el reglamento regula la práctica de la caza deportiva y de las actividades económicas y servicios vinculados a esta actividad, a fin de optimizar sus beneficios ecológicos y socioeconómicos; Que, el artículo 92 del Reglamento para la Gestión de Fauna Silvestre, aprobado por Decreto Supremo N° 0192015 MINAGRI, prescribe que los conductores certificados de caza deportiva son aquellas personas naturales, conocedoras de la normatividad y práctica de la caza deportiva, que contando con una licencia otorgada por la ARFFS, conducen y apoyan a los cazadores deportivos que tomen sus servicios; Que, mediante los documentos del visto la Dirección General de Políticas y Competitividad Forestal, sustenta la propuesta normativa denominada "Lineamientos para el otorgamiento de la Licencia para conductores certificados de caza deportiva", recomendando para tal propósito se continué con el trámite para su aprobación; Que, la propuesta normativa presentada incorpora el desarrollo del procedimiento, las definiciones técnicas, el listado de acrónimos, la mecánica operativa y los respectivos formatos en anexo que los usuarios deberán tener en consideración al momento de plantear sus solicitudes;

Que, con el propósito de mejorar la precisión y claridad de las disposiciones contenidas en el proyecto normativo y que coadyuve a optimizar su aplicación y ampliar sus alcances, resulta conveniente disponer su prepublicación a fin de recabar la opinión y los aportes de las entidades públicas y privadas, organizaciones de la sociedad civil y de la ciudadanía en general y, particularmente, de los usuarios que podrían resultar siendo afectados positivamente con la entrada en vigencia de esta propuesta normativa; Que, conforme a lo previsto en el artículo 14, del Reglamento para la Gestión Forestal aprobado por Decreto Supremo N° 018-2015-MINAGRI, la Dirección Ejecutiva del SERFOR es la máxima autoridad ejecutiva institucional; asimismo, las normas expedidas por el SERFOR, son aprobadas por dicha instancia mediante Resolución de Dirección Ejecutiva; Con el visado de la Directora General de la Dirección General de Política y Competitividad Forestal y de Fauna Silvestre, y de la Directora General de la Oficina General de Asesoría Jurídica, y; De conformidad con la Ley Nº 29763, Ley Forestal y de Fauna Silvestre, y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 019-2015-MINAGRI, así como el Reglamento de Organización y Funciones del SERFOR, aprobado mediante Decreto Supremo N° 007-2013-MINAGRI, modificado por Decreto Supremo N° 016-2014-MINAGRI. SE RESUELVE: Artículo 1.- Publicación de proyecto normativo Disponer prepublicación de los "Lineamientos para el otorgamiento de la Licencia para conductores certificados de caza deportiva", que forma parte integrante de la presente Resolución. Dicha prepublicación se realiza en el Portal Institucional del Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre (www.serfor.gob.pe), a fin de recibir los comentarios y/o aportes de los interesados, por un plazo de quince (15) días hábiles, contados a partir del día siguiente de la publicación de la presente Resolución de Dirección Ejecutiva en el Diario Oficial El Peruano. Artículo 2.- Remisión de aportes Los comentarios y/o aportes a los "Lineamientos para el otorgamiento de la Licencia para conductores certificados de caza deportiva", deben remitirse de acuerdo al formato contenido en el Anexo que forma parte de la presente resolución a la Sede Central del SERFOR, ubicada en Avenida 7 N° 229, Rinconada Baja, La Molina, Lima, a sus Administraciones Técnicas Forestales y de Fauna Silvestre, y/o a la dirección electrónica serforpropone@ serfor.gob.pe. Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano, y conjuntamente con el documento mencionado en el artículo 1 y su anexo, en el Portal Institucional del SERFOR (www.serfor.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese. FABIOLA MUÑOZ DODERO Directora Ejecutiva (e) Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre 1423954-1

Disponen prepublicación de los "Lineamientos para el otorgamiento de la autorización del proyecto y autorización de funcionamiento del centro de cría en cautividad" en el portal institucional
RESOLUCIÓN DE DIRECCIÓN EJECUTIVA Nº 195-2016-SERFOR/DE Lima, 2 de setiembre de 2016