Norma Legal Oficial del día 23 de mayo del año 2012 (23/05/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 9

El Peruano MORDAZA, miercoles 23 de MORDAZA de 2012

NORMAS LEGALES
SE RESUELVE:

466711

estacion hidrometrica para validar y medir los volumenes de agua referidos en la presente reserva. Registrese, comuniquese y publiquese, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Jefe Autoridad Nacional del Agua
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Aprueban el "Procedimiento para la Aplicacion del Regimen de Incentivos en el Pago de la Retribucion Economica por el Uso del Agua a las Entidades Encargadas del Suministro de Agua Poblacional"
RESOLUCION JEFATURAL Nº 209-2012-ANA

Articulo Unico.APROBACION DE PROCEDIMIENTO Apruebese el "Procedimiento para la Aplicacion del Regimen de Incentivos en el Pago de la Retribucion Economica por el Uso del Agua a las Entidades Encargadas del Suministro de Agua Poblacional" que consta de un (01) Titulo, tres (03) Capitulos, once (11) Articulos, una (01) Disposicion Complementaria Final y una (01) Disposicion Complementaria Transitoria y un Anexo, el que forma parte integrante de la presente Resolucion. Articulo 2º.- PUBLICACION Publiquese en la pagina web de la Autoridad Nacional del Agua, www.ana.gob.pe el procedimiento aprobado en la presente Resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Jefe Autoridad Nacional del Agua
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MORDAZA, 22 de MORDAZA de 2012 CONSIDERANDO: Que, el articulo 84º de la Ley Nº 29338, Ley de Recursos Hidricos, en concordancia con el articulo 179º de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-2010-AG, senala que la Autoridad Nacional del Agua otorga reconocimientos e incentivos a los titulares de derecho de uso de agua por el uso eficiente del recurso, debiendo para ello acreditar haber efectuado inversiones en trabajos destinados a la proteccion y conservacion del agua y sus bienes asociados y al mantenimiento y desarrollo de la MORDAZA hidrografica; Que, conforme al tercer parrafo del articulo 84º de la Ley de Recursos Hidricos, los titulares de derechos de uso de agua que inviertan en trabajos destinados al mantenimiento y desarrollo de la MORDAZA hidrografica pueden deducir las inversiones que efectuen para tales fines de los pagos por concepto de retribucion economica o tarifas de agua, de acuerdo con los criterios y porcentaje que son fijados en el Reglamento; Que, segun el numeral 179.2 del articulo 179º del precitado Reglamento, la Autoridad Nacional del Agua regulara la forma que los titulares de derecho de uso de agua individuales o en bloque acreditaran los trabajos e inversiones efectuadas para el uso eficiente del agua asi como los criterios para el otorgamiento de los incentivos; Que, en tal sentido, mediante Memorandum Nº 9782012-ANA-DARH, la Direccion de Administracion de Recursos Hidricos remite el proyecto de MORDAZA que regula el procedimiento para la aplicacion del regimen de incentivos en el pago de la retribucion economica por el uso del agua a las entidades encargadas del suministro de agua poblacional y establece un procedimiento transitorio de regularizacion para el pago de deudas generadas por el uso del recurso hidrico; Que, atendiendo al MORDAZA de Prioridad en el acceso al agua para uso primario y poblacional, previsto en el numeral 2) del articulo III del Titulo Preliminar de la Ley de Recursos Hidricos, que reconoce la prioridad en el acceso al agua para la satisfaccion de las necesidades primarias de la persona humana por ser un derecho fundamental, resulta necesario aprobar el citado procedimiento; Que, de conformidad con la Primera Disposicion Complementaria Final del Reglamento de la Ley de Recursos Hidricos, la Autoridad Nacional del Agua esta facultada para dictar mediante Resolucion Jefatural las disposiciones que MORDAZA necesarias en el MORDAZA del Reglamento; y Con los vistos de la Oficina de Asesoria Juridica, de la Direccion de Administracion de Recursos Hidricos, la Oficina de Planeamiento y Presupuesto y de la Secretaria General, en uso de las facultades conferidas en el Reglamento de Organizacion y Funciones de la Autoridad Nacional del Agua, aprobado por Decreto Supremo Nº 006-2010-AG;

AMBIENTE
Autorizan viaje de representante del Ministerio a EE.UU., en comision de servicios
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 127-2012-MINAM

MORDAZA, 18 de MORDAZA de 2012 Visto, el Memorando Nº 131-2012-OCNI-SG/MINAM y la Ficha de Autorizacion de Viaje de 7 y 8 de MORDAZA de 2012, respectivamente, de la Oficina de Cooperacion y Negociaciones Internacionales, asi como el Memorando Nº 291-2012-OPP-SG/MINAM de 11 de MORDAZA de 2012, de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio del Ambiente; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Facsimil Circular Nº 032-2012MINCETUR/VMCE de 4 de MORDAZA de 2012, el Viceministro de Comercio Exterior del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo ­ MINCETUR, comunica al Ministerio del Ambiente que del 29 al 31 de MORDAZA de 2012, se reunira el Sub Comite de Manejo del Sector Forestal y el Consejo de Asuntos Ambientales establecidos en el Acuerdo de Promocion Comercial Peru ­ EE.UU; asi como la Comision de Cooperacion Ambiental establecida en el Acuerdo de Cooperacion Ambiental Peru ­ EEUU; en la MORDAZA de MORDAZA D.C. - Estados Unidos de America; Que, con Memorando Nº 131-2012-OCNI-SG/MINAM de 7 de MORDAZA de 2012, el Director de la Oficina de Cooperacion y Negociaciones Internacionales propone la participacion de la senorita MORDAZA Del MORDAZA ChavezHerrera, Especialista en Negociaciones Ambientales, para asistir a las citadas reuniones, en calidad de representante del Ministerio del Ambiente; Que, el articulo 10º, numeral 10.1, inciso a), de la Ley Nº 29812 ­ Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2012, prohibe los viajes al exterior de servidores o funcionarios publicos y representantes del Estado con cargo a recursos publicos, exceptuandose los viajes que se efectuen en el MORDAZA de la negociacion de acuerdos comerciales o tratados comerciales y ambientales, negociaciones economicas y financieras y las acciones de promocion de importancia para el Peru; los mismos que deberan autorizarse mediante resolucion del titular de la entidad;