Norma Legal Oficial del día 23 de mayo del año 2012 (23/05/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 18

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, miercoles 23 de MORDAZA de 2012

EDUCACION
Autorizan viaje de Director General de Tecnologias Educativas para participar en evento a realizarse en Panama
RESOLUCION SUPREMA N° 013-2012-ED

Articulo 4.- La presente Resolucion no MORDAZA derecho a exoneracion ni liberacion de impuestos de ninguna clase o denominacion. Articulo 5.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y la Ministra de Educacion. Registrese, comuniquese y publiquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA VALDES DANCUART Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA MORDAZA O'BRIEN Ministra de Educacion
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MORDAZA, 22 de MORDAZA de 2012 CONSIDERANDO: Que, mediante Carta DM/OCI/0044 el Ministerio de Educacion de la Republica de Panama ha invitado a participar en el XIII Encuentro Internacional Virtual Educa Panama 2012, el cual se desarrollara del 18 al 22 de junio de 2012 en la MORDAZA de Panama, Republica de Panama; Que, el Encuentro en mencion permitira tener un espacio para plantear propuestas, compartir proyectos, abordar aspectos conceptuales que permitan facilitar el intercambio de experiencias, el dialogo y la cooperacion, asi como la innovacion y los retos que se enfrentan en la transformacion educativa propia del presente siglo; Que, por lo MORDAZA senalado resulta necesaria la participacion del Director General de Tecnologias Educativas del Ministerio de Educacion en el evento en mencion; Que, el penultimo parrafo del numeral 10.1 del Articulo 10 de la Ley N° 29812, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2012, respecto a los viajes al exterior de servidores o funcionarios publicos y representantes del Estado con cargo a recursos publicos, establece que el requerimiento de excepciones adicionales a las senaladas en los literales del citado articulo, para el caso de las entidades del Poder Ejecutivo, debera canalizarse a traves de la Presidencia del Consejo de Ministros y se autoriza mediante Resolucion Suprema refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros, la misma que es publicada en el Diario Oficial El Peruano; Que, en tal sentido y siendo de interes para la Institucion, resulta necesario autorizar el viaje solicitado, cuyos gastos de pasajes y Tarifa Unificada por Uso de Aeropuerto ­ TUUA seran asumidos con cargo al Pliego Presupuestal Nº 010: Ministerio de Educacion. Los gastos asociados a la alimentacion, hospedaje y movilizacion interna seran cubiertos por el Ministerio de Educacion de la Republica de Panama; De conformidad con lo establecido en el Decreto Ley Nº 25762, Ley Organica del Ministerio de Educacion, modificado por la Ley Nº 26510, la Ley N° 29812, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2012; la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorizacion de viajes al exterior de servidores y funcionarios publicos; y en su Reglamento, aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM modificado por el Decreto Supremo N° 005-2006-PCM; SE RESUELVE: Articulo 1.- Autorizar, por excepcion, el viaje del senor MORDAZA MORDAZA Marcone MORDAZA, Director General de Tecnologias Educativas del Ministerio de Educacion, a la MORDAZA de Panama, Republica de Panama, del 17 al 23 de junio de 2012, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolucion Suprema seran con cargo al Pliego Presupuestal Nº 010: Ministerio de Educacion de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes aereos (incluye TUUA) : S/. 1 706,29 Articulo 3.- Dentro de los quince (15) dias calendario siguientes de efectuado el viaje, el citado funcionario debera presentar un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos.

ENERGIA Y MINAS
Aprueban Modificacion del Contrato de Licencia para la Exploracion y Explotacion de Hidrocarburos en el Lote XXV
DECRETO SUPREMO N° 017-2012-EM

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, es politica del Gobierno promover el desarrollo de las actividades de hidrocarburos sobre la base de la libre competencia y el libre acceso a la actividad economica con la finalidad de lograr, entre otros, el desarrollo nacional; Que, mediante el Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 26221, Ley Organica de Hidrocarburos, aprobado por Decreto Supremo Nº 042-2005-EM, se regulan las actividades de hidrocarburos en el territorio nacional; Que, el articulo 12 del acotado Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 26221, Ley Organica de Hidrocarburos, establece que los contratos, una vez aprobados y suscritos, solo pueden ser modificados por acuerdo escrito entre las partes, debiendo dichas modificaciones ser aprobadas por Decreto Supremo refrendado por los Ministros de Economia y Finanzas y de Energia y Minas, dentro del plazo establecido en el articulo 11 de la mencionada Ley; Que, por Decreto Supremo Nº 060-2007-EM, de fecha 20 de noviembre de 2007, se aprobo el Contrato de Licencia para la Exploracion y Explotacion de Hidrocarburos en el Lote XXV, ubicado entre las provincias de Talara y Sullana del departamento de MORDAZA, y Contralmirante MORDAZA de departamento de Tumbes, el mismo que fuera suscrito entre PERUPETRO S.A. y VETRA PERU S.A.C. con fecha 21 de noviembre de 2007, con la intervencion de VETRA ENERGY GROUP, LLC como garante corporativo; Que, mediante carta VETRA PERU 070-2011, de fecha 5 de MORDAZA de 2011, VETRA PERU S.A.C. solicito a PERUPETRO S.A. la sustitucion de su garante corporativo VETRA ENERGY GROUP, LLC por VETRA ENERGIA S.L., en virtud del MORDAZA de reorganizacion global de las actividades del Grupo Vetra y en tanto que las filiales han pasado a ser de propiedad de VETRA ENERGIA S.L.; Que, asimismo, mediante Declaracion Jurada de fecha 17 de MORDAZA de 2011, VETRA ENERGIA S.L. declara a PERUPETRO S.A. su decision de asumir la condicion de garante corporativo en el referido Contrato de Licencia para la Exploracion y Explotacion de Hidrocarburos en el Lote XXV;