Norma Legal Oficial del día 23 de mayo del año 2012 (23/05/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 19

El Peruano MORDAZA, miercoles 23 de MORDAZA de 2012

NORMAS LEGALES

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Que, en ese sentido, el Directorio de PERUPETRO S.A., mediante Acuerdo de Directorio Nº 069-2011, de fecha 25 de MORDAZA de 2011, aprobo el Proyecto de Modificacion del Contrato de Licencia para la Exploracion y Explotacion de Hidrocarburos en el Lote XXV, aprobado por Decreto Supremo Nº 060-2007-EM, a fin de reflejar la sustitucion del garante corporativo en el mencionado Contrato de Licencia, condicion que sera asumida por VETRA ENERGIA S.L. en reemplazo de VETRA ENERGY GROUP, LLC; elevandolo al Poder Ejecutivo para su consideracion y respectiva aprobacion; Que, en consecuencia, resulta necesario aprobar la modificacion de contrato solicitada autorizando a PERUPETRO S.A. a suscribir el documento modificatorio que se origine; En uso de las atribuciones conferidas por los incisos 8) y 24) del articulo 118 de la Constitucion Politica del Peru y de conformidad con lo dispuesto por el Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 26221, Ley Organica de Hidrocarburos, aprobado por Decreto Supremo Nº 042-2005-EM. DECRETA: Articulo 1.- De la aprobacion de la modificacion de contrato Aprobar la Modificacion del Contrato de Licencia para la Exploracion y Explotacion de Hidrocarburos en el Lote XXV, aprobado por Decreto Supremo Nº 060-2007EM, para los fines referidos en la parte considerativa del presente Decreto Supremo, a celebrarse entre PERUPETRO S.A. y VETRA PERU S.A.C. Articulo 2.- De la Autorizacion para suscribir la modificacion de contrato Autorizar a PERUPETRO S.A. a suscribir con la empresa VETRA PERU S.A.C., con la intervencion del Banco Central de Reserva del Peru, la Modificacion del Contrato de Licencia para la Exploracion y Explotacion de Hidrocarburos en el Lote XXV, que se aprueba en el articulo 1 del presente Decreto Supremo. Articulo 3.- Del refrendo El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Ministro de Economia y Finanzas y por el Ministro de Energia y Minas. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los veintidos dias del mes de MORDAZA del ano dos mil doce. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA RUBIO Ministro de Economia y Finanzas MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Energia y Minas
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Propiedad Inmueble de la Oficina Registral de Ica, ubicado en el distrito de Paracas, provincia de MORDAZA, departamento de Ica; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Suprema Nº 046-2008-EM, se otorgo a la Sociedad Concesionaria Transportadora de Gas Internacional del Peru S.A.C., actualmente denominada Contugas S.A.C., la Concesion del Sistema de Distribucion de Gas Natural por Red de Ductos en el departamento de Ica, en los terminos y condiciones que se detallan en el Contrato de Concesion correspondiente; Que, por Resolucion Suprema Nº 015-2009-EM, se aprobo la Primera Clausula Adicional del Contrato BOOT de Concesion del Sistema de Distribucion de Gas Natural por Red de Ductos en el departamento de Ica. Asimismo, por medio de las Resoluciones Supremas Nº 028-2010EM y Nº 016-2011-EM, se aprobaron, respectivamente, la Primera y MORDAZA Adenda a la Primera Clausula Adicional de dicho Contrato; Que, de conformidad con el Anexo 5 del referido Contrato de Concesion, la Sociedad Concesionaria desarrollara las Redes de Distribucion de Gas Natural en el departamento de Ica que incluye la construccion de una Red Troncal y los Ramales requeridos para prestar el Servicio en el area de concesion; Que, conforme a lo dispuesto por los articulos 82 y 83 del Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 26221, Ley Organica de Hidrocarburos, aprobado por Decreto Supremo Nº 0422005-EM, las personas naturales o juridicas, nacionales o extranjeras, que desarrollen actividades de exploracion y explotacion de hidrocarburos, construccion, operacion y mantenimiento de ductos para el transporte de hidrocarburos, asi como la distribucion de gas natural, podran gestionar permisos, derechos de servidumbre, uso de agua, derechos de superficie y otro MORDAZA de derechos y autorizaciones sobre terrenos publicos o privados, que resulten necesarios para que lleven a cabo sus actividades; Que, las mencionadas disposiciones establecen que los perjuicios economicos que genere el ejercicio del derecho de servidumbre deberan ser indemnizados por las personas que los ocasionen; asimismo, contemplan que el Reglamento de la referida Ley establecera los requisitos y procedimientos que permitiran el ejercicio de tales derechos; Que, al MORDAZA de la normativa vigente, mediante el Expediente Nº 1972810, Contugas S.A.C. solicito la constitucion de derecho de servidumbre de ocupacion, paso y MORDAZA sobre un predio de propiedad del Ministerio de Agricultura, inscrito en la Partida Registral Nº 40003097 del Registro de Propiedad Inmueble de la Oficina Registral de Ica, ubicado en el distrito de Paracas, provincia de MORDAZA, departamento de Ica, correspondiendole las coordenadas geograficas UTM senaladas en el Anexo I y el plano de servidumbre del Anexo II, que forman parte integrante de la presente Resolucion Suprema; Que, Contugas S.A.C. MORDAZA su solicitud en la necesidad de contar con la infraestructura suficiente para atender el servicio publico de distribucion de gas natural por red de ductos a los diversos usuarios del departamento de Ica, de acuerdo a lo establecido en el Contrato BOOT de Concesion del Sistema de Distribucion de Gas Natural por Red de Ductos en el Departamento de Ica, suscrito con el Estado Peruano; Que, de la revision de los documentos presentados por Contugas S.A.C. se verifico que los mismos cumplen con los requisitos de admisibilidad establecidos en el Texto Unico Ordenado del Reglamento de Distribucion de Gas Natural por Red de Ductos, aprobado por el Decreto Supremo Nº 040-2008-EM, en adelante el Reglamento de Distribucion de Gas Natural por Red de Ductos, asi como con los establecidos en el item SH01 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Energia y Minas, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 061-2006-EM, referido al tramite de solicitud de establecimiento de servidumbres para Distribucion de Gas Natural por Red de Ductos, por lo que resulta admisible la solicitud de imposicion de servidumbre;

Constituyen derecho de servidumbre de ocupacion, paso y MORDAZA a favor de Contugas S.A., sobre predio ubicado en el departamento de Ica
RESOLUCION SUPREMA Nº 048-2012-EM

MORDAZA, 22 de MORDAZA de 2012 VISTO el Expediente Nº 1972810 de fecha 11 de marzo de 2010 y sus Anexos Nºs. 2010818, 2002144, 2024541, 2045652, 2050871, 2071018, 2085965, 2100346, 2112773, 2141884, 2146887, 2167909 y 2172646 presentado por Contugas S.A.C. sobre la solicitud de constitucion de derecho de servidumbre legal de ocupacion, paso y MORDAZA sobre un predio de propiedad del Ministerio de Agricultura, inscrito en la Partida Registral Nº 40003097 del Registro de