Norma Legal Oficial del día 23 de mayo del año 2012 (23/05/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 32

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, miercoles 23 de MORDAZA de 2012

certificados de estudios y/o trabajo respectivos y conforme a los requisitos establecidos en el articulo 26º del Reglamento Interno de la Comision de MORDAZA Presidenciales, aprobado por Resolucion Ministerial Nº 0162-2010-JUS, resulta pertinente otorgar la MORDAZA de conmutacion de la pena; Que, asimismo, las solicitantes extranjeras han sido condenadas a pena privativa de MORDAZA por las instancias judiciales, siendo su situacion migratoria actual irregular, por lo que corresponde su expulsion del territorio nacional, de conformidad con lo dispuesto por los articulos 60º y 64º numeral 2) y el articulo 66º del Decreto Legislativo Nº 703, Ley de Extranjeria; Que, mediante documento oficial enviado por las embajadas correspondientes, se garantiza la salida del Peru de las solicitantes a sus paises de origen; De conformidad con los incisos 8) y 21) del articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru, el Decreto Supremo Nº 008-2010-JUS, MORDAZA de creacion de la Comision de MORDAZA Presidenciales y la Resolucion Ministerial Nº 0162-2010-JUS, que aprueba el Reglamento Interno de la Comision de MORDAZA Presidenciales; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Conceder la MORDAZA de conmutacion de la pena a las internas extranjeras sentenciadas quienes se encuentran recluidas en los diferentes Establecimientos Penitenciarios de la Republica: ESTABLECIMIENTO CHORRILLOS I PENITENCIARIO DE

pena privativa de libertad; la que vencera el 06 de junio de 2012. 11. MORDAZA MORDAZA DA MORDAZA MARQUES o DA MORDAZA MARQUES MORDAZA MORDAZA, de nacionalidad portuguesa, conmutarle de 06 anos 08 meses a 04 anos 01 mes de pena privativa de libertad; la que vencera el 24 de MORDAZA de 2012. 12. KOSTADINOVA POPOVA, KALINA, de nacionalidad bulgara, conmutarle de 08 anos a 05 anos de pena privativa de libertad; la que vencera el 09 de noviembre de 2012. Articulo 2º.- Expulsar del territorio nacional a las internas extranjeras comprendidas en la presente Resolucion, quedando impedidas de ingresar nuevamente al pais. Articulo 3º.- Poner en conocimiento de la Direccion General de Migraciones y Naturalizacion del Ministerio del Interior la presente Resolucion para que se realicen todas las gestiones necesarias para la inmediata expulsion de las personas referidas en la presente Resolucion Suprema. Articulo 4º.- Otorgar el plazo improrrogable de treinta (30) dias contados a partir del momento en que las solicitantes recuperen su MORDAZA, para que cumplan con abandonar el territorio nacional, en cumplimiento de la normativa de la materia. Articulo 5º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Ministro de Justicia y Derechos Humanos. Registrese, comuniquese y publiquese.

1. MORDAZA MORDAZA MORDAZA o MORDAZA MORDAZA MORDAZA, de nacionalidad MORDAZA, conmutarle de 06 anos 08 meses a 02 anos 06 meses de pena privativa de libertad; la que vencera el 10 de febrero de 2013. 2. JASOTHA THURAISINGAM o THURAISINGAM JASOTHA, de nacionalidad malasia, conmutarle de 06 anos 08 meses a 02 anos 06 meses de pena privativa de libertad; la que vencera el 4 de septiembre de 2012. 3. MORDAZA MORDAZA, MORDAZA o MORDAZA MORDAZA, de nacionalidad holandesa, conmutarle de 06 anos 08 meses a 02 anos 06 meses de pena privativa de libertad; la que vencera el 15 de noviembre de 2012. 4. IMEDIO CRESPO, MORDAZA MORDAZA, de nacionalidad espanola, conmutarle de 06 anos 08 meses a 02 anos 06 meses de pena privativa de libertad; la que vencera el 31 de diciembre de 2012. 5. FREEMAN MORDAZA AVIS o MORDAZA AVIS FREEMAN, de nacionalidad estadounidense, conmutarle de 06 anos 08 meses a 02 anos 06 meses de pena privativa de libertad; la que vencera el 20 de marzo de 2013. 6. MORDAZA TRIGUEROS, DANIKA MORDAZA, de nacionalidad espanola, conmutarle de 06 anos a 03 anos de pena privativa de libertad; la que vencera el 04 de agosto de 2013. 7. BONNIN MORDAZA, MORDAZA o MORDAZA BONNIN MORDAZA, de nacionalidad espanola, conmutarle de 06 anos 08 meses a 02 anos 06 meses de pena privativa de libertad; la que vencera el 6 de octubre de 2012. ESTABLECIMIENTO PENITENCIARIO VIRGEN DE MORDAZA 8. BARTSCHER MORDAZA, de nacionalidad alemana, conmutarle de 06 anos 08 meses a 02 anos 06 meses de pena privativa de libertad; la que vencera el 20 de marzo de 2013. 9. LIZAAN MORDAZA MIENIE o MIENIE LIZAAN MORDAZA, de nacionalidad sudafricana, conmutarle de 06 anos 08 meses a 02 anos 08 meses de pena privativa de libertad; la que vencera el 20 de junio de 2012. ESTABLECIMIENTO PENITENCIARIO DE PENAS LIMITATIVAS DE DERECHOS Y ASISTENCIA POST PENITENCIARIA DE SURQUILLO 10. GALCA IULIA o IULIA GALCA, de nacionalidad rumana, conmutarle de 08 anos a 04 anos 08 meses de

OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA F. MORDAZA MAYOR Ministro de Justicia y Derechos Humanos
791831-5

Disponen Programa Carceles

la de

implementacion del Defensa Publica en

RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0143-2012-JUS

MORDAZA, 21 de MORDAZA de 2012 CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 29809, Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, preve dentro de su ambito de competencia a la Politica Penitenciaria y senala entre sus funciones especificas la de promover una recta, pronta y eficaz administracion de justicia; Que, conforme a lo dispuesto por la Resolucion Ministerial Nº 0141-2012-JUS que aprueba las "10 Medidas de Reforma del Sistema Penitenciario" el objetivo que se busca es resolver los dos problemas mas algidos del Sistema Penitenciario cuales son el hacinamiento y la corrupcion; Que, la Medida 5 de la MORDAZA citada en el considerando precedente, senala que existe una escasez de abogados a nivel de los penales, siendo que en la actualidad solo existe un abogado para cada 885 internos, lo que resulta insuficiente y casi de nula efectividad para una adecuada atencion legal de los internos, como corresponde dentro del MORDAZA de un Estado que preconiza la reeducacion, rehabilitacion y reinsercion del penado a la sociedad y eventualmente del interno con detencion preventiva; Que, segun reciente Informe Estadistico del Instituto Nacional Penitenciario - INPE, existe una poblacion penitenciaria a nivel nacional que supera los 57 mil internos, siendo que la mayor parte de este total de internos se encuentra en calidad de procesados sin sentencia;