Norma Legal Oficial del día 23 de mayo del año 2012 (23/05/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 74

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, miercoles 23 de MORDAZA de 2012

- Urb. Huaquillay" contrato de ejecucion de obra suscrito entre la Municipalidad de Comas y la Empresa Macron Contratista Generales SAC el 19 de noviembre del 2008 por el importe de S/. 204,603.79 nuevos soles, siendo el plazo MORDAZA para la suscripcion el dia 10 de noviembre del 2008. Se han observado, asimismo, una serie de irregularidades asi como deficiencias tecnicas en la ejecucion de la obra, "Mejoramiento de las Vias Av. Mexico Tramo Av. MORDAZA MORDAZA ­ Av. Carabayllo ­ Urb. Huaquillay" y que se detallan a continuacion:1.Se ha determinado que la carpeta asfaltica, no cumple con el espesor del pavimento asfaltico de dos (02) pulgadas (5.08 cm), siendo el promedio de la obra de 3.98 cm existiendo una diferencia de 1.1 cm respecto del espesor que establecia la partida 07.01.04 "Carpeta Asfaltica en Caliente 2"de las especificaciones tecnicas del Expediente Tecnico de la obra. 2.- Los acabados de las veredas de la obra tambien han evidenciado deficiencias tecnicas, sobre el acabado de la tapas de las MORDAZA de registro (desague) no presentan un acabado uniforme o estandarizado, ademas de la dificultad que presentan para abrirlas, el acabado de la vereda no es uniforme, presenta desniveles, la junta de dilatacion no tienen el mismo espesor en toda la altura de la vereda, ademas que las rampas de concreto no presentan el acabado brunado. C) Asimismo, se ha determinado que durante el MORDAZA de seleccion de la adjudicacion directa Selectiva Nº 015-2008-CEPO/MC el unico postor calificado MACRON CONTRATISTAS GENERALES falto a la verdad, incumpliendo el MORDAZA de veracidad, al presentar documentos sobre el ingeniero residente propuesto, Ing. Civil MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, sin embargo se ha acreditado que los documentos no son veraces. De igual manera, para la suscripcion del contrato presento a la Municipalidad de Comas una carta de compromiso del ingeniero residente propuesto del 14 de noviembre del 2008 dirigida al Comite Especial Permanente de Obras de Adjudicacion Directa Selectiva Nº 015-2008-CEPO/MC suscrito supuestamente por la Ing. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, pero segun dictamen Pericial de Grafotecnia, las firmas no corresponden al grafismo de la Ing., MORDAZA MORDAZA siendo estas firmas falsificadas; Que, se ha determinado que durante la ejecucion de la mencionada obra, la Ing., MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA no participo como ingeniero residente tal como lo senala en su carta de fecha 5 de MORDAZA del 2010 lo que supone la no participacion en la suscripcion del acta de entrega de terreno del 04 de diciembre del 2008, cuaderno de obra aperturado el 04 de diciembre del 2008, acta de recepcion de obra del 16 de enero del 2009, carta de Nº 08-2009-GC-MACRON CONTRATISTA SAC relacionado a la Valorizacion de Obra, situacion que ha sida ratificada por dictamen pericial de Grafotecnia; Que, se concluye por lo anteriormente expuesto que la Ing. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA no participo en la ejecucion de la obra y falsificaron su firma en los documentos senalados pagandose indebidamente al contratista el importe de S/. 3,000.00 nuevos soles por su presunta participacion, configurandose de esta manera los ilicitos de delito de estafa, falsificacion de documentos, en la modalidad de uso y falsedad ideologica, ilicitos penales establecidos en los articulos 196º, 427º y 428 del Codigo Penal Peruano; Que, se ha acreditado, que en la conformacion del Comite Especial de Adjudicacion de obras no se considero al representante de la dependencia encargada de las contrataciones de la municipalidad, quien se encarga por velar el cumplimiento de los requerimientos tecnicos minimos favoreciendo indebidamente a la empresa MACRON CONTRATISTAS GENERALES SAC; DE LA OBRA "MEJORAMIENTO DE LA INFRAESTRUCTURA DEPORTIVA EN EL MORDAZA SENOR DE LOS MORDAZA ­ PUEBLO JOVEN SENOR DE LOS MORDAZA ­ COMAS" Que, el objetivo de la obra era la rehabilitacion de la losa deportiva de concreto, la construccion de un tramo de enmallado metalico como proteccion que estaria situado detras de uno de los MORDAZA, la rehabilitacion y acabado de las graderias existentes, la instalacion de dos MORDAZA de

metal, un tramo de vereda interna y pintura lineal de la losa deportiva; Que, respecto de la presente obra, se ha determinado una dilacion de veintidos (22) dias habiles en la suscripcion del contrato de la obra "Mejoramiento de la Infraestructura Deportiva del MORDAZA Senor de Los MORDAZA - P. J. Senor de Los MORDAZA - Comas" contrato de Ejecucion suscrito entre la Municipalidad de Comas y la Empresa Quality Export SAC el 14 de enero del 2009 por el importe de S/. 40, 967.45 (CUARENTA MIL NOVECIENTOS SESENTISIETE Y 45/100 NUEVOS SOLES) siendo el plazo MORDAZA para la suscripcion el 9 de diciembre del 2009, considerando los diez (10) dias habiles MORDAZA para la firma del contrato; Que, se ha observado serias deficiencias tecnicas en la ejecucion de la Obra "Mejoramiento de la Infraestructura Deportiva del MORDAZA Senor de Los MORDAZA - P. J. Senor de Los MORDAZA - Comas" al evidenciarse que el concreto de la losa deportiva incumple con el espesor de 10 cm presentando uno que oscila entre 7.40 a 9.00 cm, lo cual no esta de acuerdo a las especificaciones tecnicas que forman parte de las especificaciones tecnicas que forman parte de las bases de la Adjudicacion de Menor Cuantia que integra el Contrato de Ejecucion de Obra del 14 de enero del 2009, suscrito entre la Municipalidad de Comas representada por el Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y la Empresa Quality Export SAC MORDAZA MORDAZA Chu; Que, asimismo se ha constatado que los bordes externos de los panos de las losas de concreto se encuentran levantadas, MORDAZA que es causada por la falta de compactacion del terreno y/o sub rasante donde se apoya la losa, la losa presenta un acabado MORDAZA, que dificulta su uso no habiendose respetado el acabado semifrotachado que se indica en las especificaciones tecnicas del Expediente Tecnico ademas de presentar fisuras; no se ha realizado el pintado reglamentario de la losa. Es necesario senalar que todas estas deficiencias no fueron observadas por el Comite de Recepcion de Obras, tal como consta en el Acta de Recepcion de Obra del 09 de marzo del 2009; Que, el procesado Don MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Ex Gerente Municipal de la Municipalidad Distrital de Comas, no ha cumplido con presentar su descargo sobre el presente MORDAZA disciplinario, al no presentar descargo alguno no ha desvirtuado los cargos imputados en su contra, por lo siguiente: En primer lugar cabe senalar que conforme se desprende de la Resolucion Nº 1294-2011-MDC, de fecha 11 de MORDAZA 2011, se ha determinado que el procesado en su calidad de Gerente Municipal suscribio el contrato para la ejecucion de la obra de mejoramiento de la infraestructura deportiva en el MORDAZA Senor de Los MORDAZA, veintidos (22) dias habiles despues de vencido el plazo de Ley; contrato de ejecucion de Obra suscrito entre la Municipalidad de Comas en la Empresa QUALITY EXPORT SAC el 14 enero 2009, siendo el plazo MORDAZA de suscripcion de dicho contrato el 09 diciembre del 2009. El procesado en su calidad de Gerente Municipal, suscribio el contrato de Ejecucion de Obras de "Mejoramiento de Vias Av. Mexico tramo Av. MORDAZA MORDAZA ­ Av. Carabayllo - Urb. Huaquillay", suscrito entre la Municipalidad Distrital de Comas y la Empresa MACRON CONTRATISTAS GENERALES SAC el 19 de noviembre del 2008 siendo el plazo MORDAZA para la suscripcion el 10 de noviembre del 2008, la dilacion en la suscripcion del contrato denota la perdida de la Buen Pro de la Empresa mencionada lo que genera la nulidad del Contrato suscrito; Que, se ha determinado que el Ex Funcionario MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, habria suscrito con dilacion los Contratos de la Obra "MEJORAMIENTO DE LAS VIAS AV MEXICO TRAMO AV. MORDAZA MORDAZA - AV. CARABAYLLO - URB HUAQUILLAY", y en la suscripcion del contrato de la obra " MEJORAMIENTO DE LA INFRAESTRUCTURA DEPORTIVA EN EL MORDAZA SR. DE LOS MORDAZA ­ P.J. SENOR DE LOS MORDAZA ­ COMAS", los mismos que estaria contraviniendo el Numeral 1) del Articulo 203º de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por D.S. Nº 0842004-PCM y su modificatoria aprobado mediante Decreto Supremo Nº 107º-2007-EF que senala "Una vez que quede consentido o administrativamente firme el otorgamiento de la buena pro, los plazos y el procedimiento para