Norma Legal Oficial del día 23 de mayo del año 2012 (23/05/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 15

El Peruano MORDAZA, miercoles 23 de MORDAZA de 2012 AERONAVE ALTERNA MORDAZA L-100-20 Nº 397 TRIPULACION PRINCIPAL MORDAZA NSA: O-9441381 Comandante NSA: O-9571089 Comandante NSA: O-9594391 Comandante NSA: O-9597991 Mayor NSA: O-9625593 Tecnico de 1ra.

NORMAS LEGALES
Registrese, comuniquese y publiquese.
Inspector

466717

FAP MORDAZA MORDAZA VIGNOLO LAMA DNI: 43569967 FAP MORDAZA MORDAZA MORDAZA DEL MORDAZA DNI: 43407013 FAP MORDAZA MORDAZA MORDAZA TIPIAN DNI: 43338482 FAP MANFRED MORDAZA MORDAZA LLAZA DNI: 09341097 FAP MORDAZA MORDAZA CASSO MORDAZA DNI: 43357029 FAP MORDAZA CARMELINO MORDAZA MORDAZA DNI: 43362409 FAP MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA DNI: 09893534 FAP MORDAZA ALVARITO MORDAZA MORDAZA DNI: 43360172 FAP MORDAZA MORDAZA MORDAZA SAYAJO DNI: 43597784

OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA VALDES DANCUART Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA MORDAZA MAGGIA Ministro de Defensa
791834-6

Piloto Piloto Piloto Piloto

Ing. de Vuelo Ing. de Vuelo Maestro de Carga Maestro de Carga

DESARROLLO E INCLUSION SOCIAL
Constituyen el Comite de Saneamiento Contable del Ministerio
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 074-2012-MIDIS

NSA: S-60349682 Tecnico de 1ra. NSA: S-60598889 Tecnico de 1ra. NSA: S-60400083 Tecnico de 1ra. NSA: S-12040783

MORDAZA, 17 de MORDAZA de 2012 VISTO:

TRIPULACION ALTERNA MORDAZA NSA: O-9516185 Comandante NSA: O-9581090 Mayor NSA: O-9591391 Tecnico de 1ra. NSA: S-11712085 Tecnico de 1ra. NSA: S-60523385 FAP DNI: FAP DNI: FAP DNI: FAP TONINO ANNICCHIARICO ONGARO 43336734 MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 06663550 MORDAZA SALES MORDAZA 43567055 MORDAZA SUPO TIPULA Piloto Piloto Piloto

El Memorando Nº 342-2012-MIDIS/SG/OGA, de la Oficina General de Administracion, y el Informe Nº 0762012-MIDIS/SG/OGAJ, de la Oficina General de Asesoria Juridica. CONSIDERANDO:

Ing. de Vuelo Maestro de Carga

DNI: 29569584 FAP MORDAZA MORDAZA YANQUI MORDAZA DNI: 09585506

Articulo 2º.- La participacion de la Aeronave Alterna queda supeditada solamente a la imposibilidad de participacion de la Aeronave Principal; asimismo, la participacion de las Tripulaciones Alternas quedan supeditadas solamente a la imposibilidad de participacion por parte de las Tripulaciones Principales. Articulo 3º.- El Ministerio de Defensa - Fuerza Aerea del Peru, efectuara los pagos que correspondan, con cargo al presupuesto institucional Ano Fiscal 2012, de acuerdo a los conceptos siguientes: US $ 240.00 x 02 dias x 22 personas TOTAL = US $ 10,560.00 ----------------------= US $ 10,560.00

Articulo 4º.- El Ministro de Defensa queda facultado para variar la fecha de inicio y termino de la autorizacion a que se refiere el Articulo 1º, sin exceder el total de dias autorizados; y sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre de los participantes. Articulo 5º.- El personal comisionado, debera cumplir con presentar un informe detallado ante el titular de la Entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los quince (15) dias calendario contados a partir de la fecha de retorno al pais. Asimismo, dentro del mismo plazo efectuaran la sustentacion de viaticos, conforme a lo indicado en el articulo 6º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM. Articulo 6º.- La presente autorizacion no da derecho a exoneracion ni liberacion de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominacion. Articulo 7º.- La presente Resolucion sera refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Defensa.

Que, de conformidad con lo establecido en la Ley Nº 28708, Ley General del Sistema Nacional de Contabilidad, la Direccion Nacional de Contabilidad Publica del Ministerio de Economia y Finanzas es el ente rector del Sistema Nacional de Contabilidad, encargado, entre otros, de dictar y aprobar las normas y procedimientos de contabilidad que deben regir en el sector publico; Que, mediante Resolucion Directoral Nº 012-2011EF/93.01, la Direccion Nacional de Contabilidad Publica del Ministerio de Economia y Finanzas aprobo la Directiva Nº 003-2011-EF/93.01, "Lineamientos Basicos para el MORDAZA de Saneamiento Contable en el Sector Publico", la cual tiene por objetivo regular la obligatoriedad para las entidades publicas, de efectuar las acciones administrativas necesarias para la revision, analisis y depuracion de la informacion contable; Que, de acuerdo con el articulo 4 de la directiva citada en el considerando anterior, los titulares de las entidades publicas dispondran la creacion del Comite de Saneamiento Contable, el cual establecera las acciones que permitan reconocer, clasificar y medir las cuentas contables cuyos saldos actuales ameriten la aplicacion de las acciones de saneamiento contable, e informara al titular de la entidad publica de las acciones de saneamiento ejecutadas y los resultados alcanzados, a fin de que dicha informacion sea remitida al Congreso de la Republica y a la Direccion Nacional de Contabilidad Publica, en los plazos previstos; Que, segun el articulo 4 de la Directiva Nº 003-2011EF/93.01, el Comite de Saneamiento Contable estara constituido por: (i) El Director General de Administracion o cargo equivalente, quien lo presidira; (ii) El Director de Contabilidad o cargo equivalente; (iii) El Director de Tesoreria o cargo equivalente; (iv) El Director de Abastecimiento o cargo equivalente; (v) El Director del Organo de Control Institucional, si lo hubiere, en calidad de veedor; Que, conforme a la Cuadragesima Primera Disposicion Complementaria Final de la Ley Nº 29812, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2012, se ha prorrogado el plazo para