Norma Legal Oficial del día 23 de mayo del año 2012 (23/05/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 53

El Peruano MORDAZA, miercoles 23 de MORDAZA de 2012

NORMAS LEGALES

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ORGANISMOS REGULADORES ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN ENERGIA Y MINERIA
Dictan Mandato de Conexion a favor de Empresa Peruana de Aguas S.A. a fin de que la empresa SN Power S.A. permita conectarse a las instalaciones de la Subestacion MORDAZA en 50 KV
RESOLUCION DE CONSEJO DIRECTIVO ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN ENERGIA Y MINERIA OSINERGMIN Nº 095-2012-OS/CD MORDAZA, 17 de MORDAZA de 2012 VISTA: La solicitud formulada por la EMPRESA PERUANA DE AGUAS S.A. (en adelante EPASA) mediante documento de fecha 04 de MORDAZA de 2012, a fin que OSINERGMIN emita Mandato de Conexion para que la empresa SN POWER S.A. (en adelante SN POWER) permita que la Linea de Transmision de 50 KV S.E. MORDAZA - S.E. Huascacocha Planta de Bombeo (en adelante, LT MORDAZA - Huascacocha) pueda interconectarse al MORDAZA a traves de las instalaciones de transmision de la Subestacion MORDAZA (en adelante, S.E. Malpaso). CONSIDERANDO: 1. ANTECEDENTES 1.1 Mediante carta con registro OSINERGMIN N° 201200050953 de fecha 04.04.2012 dirigida a OSINERGMIN, EPASA solicita que se emita Mandato de Conexion a fin que SN POWER le permita conectarse a las instalaciones de la S.E. MORDAZA, instalacion de transmision de titularidad de la empresa SN POWER. Asimismo, solicita se emita mandato provisional de conexion con anterioridad al vencimiento del plazo con que cuenta OSINERGMIN para resolver la solicitud. 1.2 Mediante Oficio Nº 2505-2012-OS-GFE de fecha 10.04.2012 dirigido a SN POWER, OSINERGMIN le solicita su opinion respecto a la solicitud de Mandato de Conexion presentada por EPASA, conforme a lo establecido en la Resolucion de Consejo Directivo Nº 0912003-OS/CD, "Procedimiento para fijar las condiciones de uso y acceso libre a los Sistemas de Transmision y Distribucion Electrica". 1.3 SN POWER, mediante documento recibido el 23.04.2012 dirigido a OSINERGMIN, responde a la solicitud de Mandato de Conexion presentada por EPASA. 2. ANALISIS MORDAZA NORMATIVO 2.1 El articulo 33° y el inciso d) del articulo 34° del Decreto Ley N° 25844, Ley de Concesiones Electricas, establecen el libre uso de las redes electricas de las empresas de Transmision y Distribucion respectivamente, dentro de los supuestos establecidos por la normativa y cumpliendo los requisitos correspondientes, consagrando el MORDAZA de Libre Acceso a las Redes. 2.2 Asimismo, la Ley de Concesiones Electricas asegura el cumplimiento del MORDAZA de Libre Acceso a las Redes, al senalar en su articulo 62° la competencia de OSINERGMIN para fijar las compensaciones por el uso de las redes del sistema MORDAZA o del sistema de distribucion y solucionar discrepancias que dificulten o limiten el acceso del usuario a las redes del sistema

MORDAZA de transmision y/o del sistema de distribucion, siendo obligatorio su cumplimiento para las partes involucradas. 2.3 Es dentro de este MORDAZA normativo que OSINERGMIN, en uso de su funcion normativa, aprobo mediante Resolucion de Consejo Directivo N° 091-2003OS/CD, el "Procedimiento para fijar las condiciones de uso y acceso libre a los Sistemas de Transmision y Distribucion Electrica" (en adelante Procedimiento de Libre Acceso), el que busca evitar condiciones discriminatorias de acceso y uso de las redes y, por tanto, asegurar que el acceso a ellas se de en condiciones de libre mercado. Asimismo, implemento un procedimiento para que OSINERGMIN en uso de su funcion normativa y en caso las partes no lleguen a un acuerdo, emita un Mandato de Conexion, el cual establecera las condiciones de acceso a las redes. SOBRE LA SOLICITUD CONEXION DE EPASA DE MANDATO DE

2.4 EPASA senala que el 17.01.2009 se suscribio el Contrato de Concesion para el Diseno, Construccion, Operacion y Mantenimiento de la Obra de Trasvase del Proyecto de Derivacion Huascacocha - MORDAZA, que proyecto la construccion y equipamiento de una Planta de Bombeo de 4 MW, ubicada en la MORDAZA de Cashapampa. Agrega que mediante Resolucion Suprema N° 003-2011EM del 06.01.2011, se le otorgo concesion definitiva para la LT MORDAZA ­ Huascacocha, ubicada en la region MORDAZA, provincia de Yauli y cruza los distritos de MORDAZA MORDAZA de Carhuacayan, Marcapomacocha, Morococha y Paccha. 2.5 En tal sentido, explica que la LT MORDAZA Huascacocha se interconectara al MORDAZA por medio de la S.E. MORDAZA, instalacion de transmision de titularidad de la empresa SN POWER, empleandose los servicios de Constructora OAS Ltda. Sucursal del Peru para la ejecucion de las obras del proyecto de derivacion. En consecuencia, informa que Constructora OAS Ltda. Sucursal del Peru mediante carta s/n recibida por SN POWER el 16.06.2011, solicito autoricen a su personal a ingresar a las instalaciones a fin poder iniciar los trabajos de ampliacion de la S.E. Malpaso. Agrega que ante la falta de respuesta, mediante carta N° 156-2011-OAS-H y carta s/n recibida por SN POWER el 07.03.2012 reitero el pedido. 2.6 Posteriormente, precisa que mediante carta N° 038-2012-EPASA de fecha 22.03.2012 solicito a SN POWER le permita conectarse a las instalaciones de la S.E. MORDAZA, otorgando autorizacion para dar inicio a los trabajos de ampliacion necesarios para la conexion de la LT MORDAZA ­ Huascacocha. Anade que la planta de bombeo requiere un abastecimiento de energia de 4 MW, contando el sistema proyectado con una tension de 50 KV, que parte de las instalaciones de la S.E. MORDAZA y llega a la S.E. Huascacocha, donde un transformador de potencia de 7.50 MW reduce la tension de 50 KV a 4.16 KV. 2.7 Al respecto, informa que mediante carta N° D/DP/049-2010 el COES-SINAC aprobo el estudio pre ­ operativo de la Planta de Bombeo de EPASA, tramitando actualmente ante el COES-SINAC el estudio operativo de la LT Malpaso-Huascacocha, habiendo subsanado las observaciones efectuadas por el COES-SINAC. Adiciona que cuenta con los Estudios de Coordinacion de Protecciones y Flujo de Potencia y Cortocircuito de febrero de 2012, los cuales refuerzan la viabilidad tecnica de la implementacion de la LT MORDAZA ­ Huascacocha. 2.8 Finalmente, ante la falta de respuesta de SN POWER y la viabilidad tecnica de la conexion de la LT MORDAZA - Huascacocha al MORDAZA a traves de las instalaciones de la S.E. MORDAZA, sostiene que corresponde emitir el Mandato de Conexion solicitado. SOBRE LA RESPUESTA DE SN POWER 2.9 SN POWER senala que conforme con lo establecido en el "Procedimiento para Fijar las Condiciones de Uso y Acceso Libre a los Sistemas de Transmision y Distribucion Electrica", aprobado por Resolucion N° 091-2003-OS/CD, una solicitud de mandato de conexion debe cumplir con los siguientes requisitos: i) las instalaciones deben encontrarse sujetas a la regla de acceso abierto prevista por la regulacion sectorial;