Norma Legal Oficial del día 19 de diciembre del año 2012 (19/12/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 43

El Peruano MORDAZA, miercoles 19 de diciembre de 2012

NORMAS LEGALES

481233

Articulo Cuarto.- Declarar desierto el Concurso Publico de Meritos por MORDAZA vez, para trece (13) entidades, conforme se detalla en el cuadro siguiente:
PUB N° ENTIDAD SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE REGISTROS PUBLICOS -SUNARP MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE ILO MEF- FONAVI EN LIQUIDACION MORDAZA DE EXAMEN Y PERIODO FINANCIERO 2012 FINANCIERO 2010, 2011 y 2012 FINANCIERO 2012

2 10

1 2 3

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4

MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS - UNIDAD EJECUTORA N° 009 - SECRETARIA TECNICA DE FINANCIERO 2012 APOYO A LA COMISION AD HOC CREADA POR LA LEY N° 29625 INSTITUTO NACIONAL DE RADIO Y TELEVISION DEL PERU - IRTP EMPRESA MUNICIPAL DE SERVICIO DE AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO DE JULIACA SEDAJULIACA S.A. MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LINCE AUTORIDAD NACIONAL DE SERVICIO CIVIL AGENCIA PERUANA INTERNACIONAL - APCI DE COOPERACION FINANCIERO 2012

60

5

77

6

FINANCIERO 2011 FINANCIERO 2011 y 2012 FINANCIERO 2012 FINANCIERO 2011 y 2012 FINANCIERO 2012 FINANCIERO 2012

78 83 94 116 124 141

7 8 9 10 11 12

EMPRESA MUNICIPAL DE MERCADOS S.A. EMMSA UNIVERSIDAD NACIONAL DEL CALLAO

FONDO DE SEGURO DE CESACION PARA LOS EMPLEADOS CIVILES DEL MINISTERIO DEL FINANCIERO 2012 INTERIOR - FOSCECMI MINISTERIO DEL AMBIENTE - FORTALECIMIENTO FINANCIERO 2009, CAPACIDADES INSTITUCIONALES DEL MINAM 2010, 2011 y ENE. - OCT. 2012 - DONACION BANCO MUNDIAL

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13

Articulo Quinto.- Encargar al Departamento de Gestion de Sociedades de Auditoria y al Departamento de Auditoria Financiera, la implementacion de lo dispuesto en la presente Resolucion, asi como la supervision al trabajo de MORDAZA de las Sociedades de Auditoria designadas y contratadas. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA ZARZAR Contralor General de la Republica

880175-1

DEFENSORIA DEL PUEBLO
Aprueban el Informe Defensorial N° 159: "Los Seguros Obligatorios contra Accidentes de Transito: Propuestas para una atencion adecuada a las victimas"
RESOLUCION DEFENSORIAL Nº 030-2012/DP
MORDAZA, 18 de diciembre 2012 VISTO: El Informe Defensorial Nº 159: "Balance del Seguro Obligatorio de Accidentes de Transito: Propuestas para una atencion adecuada a las victimas"; CONSIDERANDO: Primero.- Competencia de la Defensoria del Pueblo en materia de prestacion del servicio de transporte terrestre. Las altas tasas de mortalidad y afectacion a la integridad fisica por accidentes de MORDAZA demandan la actuacion decidida y efectiva de diversas autoridades estatales, con el fin de reducirlas. La Defensoria del Pueblo

no es ajena a este grave problema, pues en el MORDAZA de su mandato constitucional, previsto en el articulo 162° de la Constitucion Politica del Peru y en el articulo 1° de su Ley Organica, Ley Nº 26520, supervisa el servicio de transporte de personas e impulsa una regulacion y gestion eficiente de uso de la red vial y del espacio publico MORDAZA, con el proposito de alcanzar una mejor calidad de MORDAZA de los ciudadanos y reducir las altas tasas de mortalidad por accidentes en el transporte terrestre. Asimismo, supervisa la adecuada atencion a las victimas luego de producido el accidente y durante su etapa de recuperacion. De este modo, contribuye a resolver los problemas que reportan los ciudadanos con relacion a la negativa o la demora --por parte de las companias aseguradoras y de las Asociaciones de Fondo Contra accidentes de MORDAZA (Afocat), que expiden el Seguro Obligatorio de Accidente de MORDAZA (Soat)-- en la atencion del pago de gasto medicos, indemnizacion por incapacidad o por fallecimiento. Segundo.- Objetivo general del Informe Defensorial. El Informe Defensorial tiene como objetivo general determinar una propuesta de cambios normativos y acciones a realizar por el Estado a efectos de mejorar la atencion que se brinda a las victimas de los accidentes de MORDAZA, desde el momento en que se produce la emergencia y durante su traslado a los centros de salud para su atencion medica, hasta su recuperacion total. Asimismo, busca contribuir a que el seguro obligatorio de accidentes de MORDAZA (Soat) cumpla su papel de garantizar la cobertura de los gastos de atencion medica, incapacidad temporal o permanente y/o gastos de sepelio. Tercero.- Los accidentes de MORDAZA, su impacto en las familias y en la sociedad. La Organizacion Mundial de la Salud (OMS) considera a los accidentes de MORDAZA como una epidemia de traumatismos que repercute en forma considerable en la economia de muchos paises y, especialmente, en los de ingresos bajos y medianos. Asimismo, de acuerdo a lo senalado por la Organizacion Panamericana de la Salud (OPS), el 27% de las muertes en la region se produjo a causa de los accidentes de transito. En el Peru, de acuerdo a datos proporcionados por la Policia Nacional del Peru, los accidentes de MORDAZA han ido en aumento constante. Asi, el ano 2004 se produjeron un total de 60,815 accidentes de MORDAZA con un total de 9,780 heridos y 2,449 fallecidos, aumentando al ano 2011 a 84,871 accidentes, con un resultado fatal de 49,620 heridos y 3,490 muertos. De otro lado, aproximadamente el 70% de los accidentes se produce por la imprudencia en el acto de conducir, reflejada en el exceso de velocidad y el estado de ebriedad del conductor. Los accidentes de MORDAZA, ademas de afectar a sus victimas, abarcan una afectacion directa a las familias, por cuanto estas sufren las consecuencias de los danos fisicos, psicologicos y economicos, viendo restringido el disfrute pleno de su derecho a la MORDAZA, a la integridad fisica, a la salud y a un nivel de MORDAZA adecuado, entre otros varios derechos relacionados. Por otro lado, el ano 2009 el Instituto Nacional de Salud determino que el impacto de los accidentes de MORDAZA en la economia del MORDAZA es de aproximadamente el 2% del Producto MORDAZA Interno. Cuarto.- El Seguro Obligatorio de Accidentes de MORDAZA (Soat) como mecanismo para asegurar la atencion medica e indemnizaciones a las victimas de accidentes de transito. El Estado peruano ha dispuesto la implementacion del Seguro Obligatorio de Accidentes de MORDAZA (Soat) como mecanismo para atender las graves consecuencias que sufren las victimas de accidentes de transito. Su adquisicion constituye una obligacion de todos los propietarios de vehiculos motorizados a efectos de asegurar la cobertura de los gastos de atencion medica, sepelio e indemnizaciones, tanto de sus ocupantes o terceros no ocupantes que sufran lesiones o muerte, en el caso de la ocurrencia de un accidente de transito. En tal sentido, es deber del Estado asegurar que el Soat cumpla de manera efectiva con su funcion social de disminuir los efectos negativos que sufren las victimas, garantizando que los proveedores de dicho seguro cumplan con la cobertura de los costos de atencion medica y rehabilitacion, el pago por indemnizacion por incapacidad temporal o permanente, asi como con la cobertura de los gastos de sepelio e indemnizacion a los beneficiarios de la victima fallecida, de ser el caso. Quinto.- Problemas en la regulacion del Soat y en las entidades emisoras, las empresas aseguradoras y