Norma Legal Oficial del día 19 de diciembre del año 2012 (19/12/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 4

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, miercoles 19 de diciembre de 2012

- En la pagina 480489, en el articulo 2º, numeral 6: DICE: MORDAZA de Inteligencia: Conducto especial, exclusivo y seguro, por el que los distintos componentes del Sistema de Inteligencia Nacional ­ SINA intercambien informacion e inteligencia necesarias para garantizar la seguridad nacional. DEBE DECIR: MORDAZA de Inteligencia: Conducto especial, exclusivo y seguro, por el que los distintos componentes del Sistema de Inteligencia Nacional ­ SINA intercambian informacion e inteligencia necesarias para garantizar la seguridad nacional. - En la pagina 480490, en el articulo 6º, numeral 6.2, parte final: DICE: (...) la que puede ordenar su desclasificacion. DEBE DECIR: (...) el que puede ordenar su desclasificacion. - En la pagina 480492, en el articulo 17º, numeral 17.12: DICE: Remitir periodicamente informes de gestion a la Presidencia del Consejo de Ministros sobre actividades de inteligencia y logro de metas. DEBE DECIR: Remitir periodicamente informes de gestion al Presidente del Consejo de Ministros sobre actividades de inteligencia y logro de metas. - En la pagina 480493, en el articulo 29º, numeral 29.2, parte final: DICE: (...) verificando la legalidad en el fiel cumplimiento de las normas de la Directiva dispuesta en los articulos 29º y 30º del presente Decreto Legislativo. DEBE DECIR: (...) verificando la legalidad en el fiel cumplimiento de las normas de la Directiva dispuesta en los articulos 30º y 31º del presente Decreto Legislativo. - En la pagina 480493, en el articulo 30º, numeral 30.5, parte final: DICE: (...) de conformidad con lo establecido en el articulo 4º del presente Decreto Legislativo. DEBE DECIR: (...) de conformidad con lo establecido en los articulos 4º y 5º del presente Decreto Legislativo. - En la pagina 480494, en el articulo 39º, numeral 39.1: DICE: 39.1 Los documentos expedidos de acuerdo a lo regulado en la presente Ley, (...). 39.2 En caso de investigacion por el uso de los documentos a que se refiere el articulo 38º de la presente Ley, (...). DEBE DECIR: 39.1 Los documentos expedidos de acuerdo a lo regulado en el presente Decreto Legislativo, (...).

39.2 En caso de investigacion por el uso de los documentos a que se refiere el articulo 38º del presente Decreto Legislativo, (...). - En la pagina 480494, en el articulo 41º: DICE: Los titulares de los sectores a los que pertenecen los componentes del Sistema de Inteligencia Nacional - SINA, garantizan mediante los mecanismos que establece el reglamento de la presente ley, (...). DEBE DECIR: Los titulares de los sectores a los que pertenecen los componentes del Sistema de Inteligencia Nacional - SINA, garantizan mediante los mecanismos que establece el reglamento del presente decreto legislativo, (...). 880237-1

AGRICULTURA
Modifican el Reglamento de los Fondos Concursables del Ministerio de Agricultura, aprobado mediante D.S. N° 015-2009-AG
DECRETO SUPREMO N° 020-2012-AG
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 015-2009-AG, se aprobo el Reglamento de los Fondos Concursables del Ministerio de Agricultura, en adelante el MINAG, el mismo que establece los procedimientos generales para otorgar financiamiento no reembolsable, mediante un mecanismo concursable, a favor de organizaciones de pequenos y medianos productores agrarios que promuevan planes de negocios debidamente sustentados; Que, el inciso a) del articulo 7º de citado Reglamento, dispuso un plazo MORDAZA de ejecucion del Plan General de Inversiones y Contratacion de doce (12) meses, existiendo la posibilidad de considerar casos de mayor extension del periodo MORDAZA senalado, siempre y cuando la justificacion de dicha ampliacion este relacionada con innovaciones que se proponen en el plan de negocios; Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 0699-2009AG, modificada por Resolucion Ministerial Nº 0089-2010AG, se aprobaron las Bases del Concurso de Recursos No Reembolsables para Planes de Negocios Agropecuarios, y sus Anexos; Que, con Resolucion Ministerial Nº 0279-2010AG, se convoco al MORDAZA Concurso de Recursos No Reembolsables para Planes de Negocios, disponiendo ademas, modificar las Bases del Concurso aprobadas mediante Resolucion Ministerial Nº 0699-2009-AG; Que, de acuerdo a lo manifestado por la Direccion General de Competitividad Agraria en concordancia con sus organos de linea, es necesario implementar mecanismos para la ampliacion, del plazo de ejecucion de sesenta y dos (62) Planes de Negocios pendientes de culminacion de entrega de desembolso, por un plazo adicional MORDAZA de doce (12) meses, a fin que se concluya con la ejecucion de los mismos, en beneficio de agricultores del interior del MORDAZA, lo cual no pudo realizarse dentro del plazo previsto en la MORDAZA, al presentarse, entre otros, eventos climaticos adversos, inaccesibilidad en los lugares donde se ejecutan los planes y otros factores externos; Que, la eficaz utilizacion de los recursos publicos constituye una prioridad de la gestion del Ministerio de Agricultura y, en ese proposito, los Fondos Concursables constituyen un mecanismo privilegiado de asignacion de recursos, en cuanto posibilitan trasladar a los propios agricultores la responsabilidad de definir e implementar las acciones que ellos mismos consideren necesarias, para mejorar sus niveles de productividad y de competitividad; De conformidad con lo dispuesto en el numeral 8) del articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru, la Ley Nº