Norma Legal Oficial del día 19 de diciembre del año 2012 (19/12/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 26

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, miercoles 19 de diciembre de 2012

electrico", aprobada por Resolucion de Consejo Directivo Nº 173-2012-OS/CD, de acuerdo al siguiente texto: "Articulo 6°.- Convenios de Operacion con los Agentes Autorizados Los convenios para implementar el mecanismo de descuento del balon de GLP entre la Distribuidora Electrica y los Agentes Autorizados de la Cadena de GLP u otro MORDAZA de agente, se suscribiran considerando lo establecido en el Anexo 3 de la presente norma. La Distribuidora Electrica debe firmar el convenio unicamente con los Agentes Autorizados que se encuentren habilitados en el Registro de Hidrocarburos del OSINERGMIN y que asi lo soliciten. La Distribuidora Electrica contara con un plazo MORDAZA de diez (10) dias habiles de recibida la solicitud para evaluar la suscripcion, debiendo rechazarla en caso que se observe falsedad o inexactitud en los datos proporcionados por el agente solicitante. La Distribuidora Electrica debera efectuar el pago de los montos a redimir por concepto de los Vales de Descuento FISE, que no cuenten con alguna informacion pendiente u observada, en un plazo MORDAZA de cinco (5) dias habiles de recibida la liquidacion." Articulo 7º.- Modificar el numeral 7.3 al articulo 7º de la MORDAZA "Disposiciones Complementarias para la operatividad a nivel nacional del FISE aplicable al descuento en la compra del balon de gas de usuarios que tienen servicio electrico", aprobada por Resolucion de Consejo Directivo Nº 173-2012-OS/CD, de acuerdo al siguiente texto: "Articulo 7°.- Difusion del FISE (...) 7.3. Las Distribuidoras Electricas informaran permanentemente a los usuarios y publico interesado sobre el programa de entrega de Vales de Descuento FISE; asimismo, informaran a los agentes de la cadena de comercializacion de GLP con Registro de Hidrocarburos vigente, sobre los alcances y beneficios de suscribir el convenio para convertirse en Agente Autorizado FISE. Para ello, colocaran un acceso a traves de su pagina web y podran usar paneles informativos, distribucion de tripticos y otra informacion impresa; incluso medios masivos de comunicacion con cobertura local. Adicionalmente, atenderan oportunamente las consultas del publico en general, en sus centros de atencion al cliente, en forma presencial o via telefonica asi como los cuestionamientos de quienes no hayan sido incluidos en el Padron de Beneficiarios del Programa de entrega de vales de descuento FISE." Articulo 8º.- Incorporar el numeral 8.3 al articulo 8º de la MORDAZA "Disposiciones Complementarias para la operatividad a nivel nacional del FISE aplicable al descuento en la compra del balon de gas de usuarios que tienen servicio electrico", aprobada por Resolucion de Consejo Directivo Nº 173-2012-OS/CD, de acuerdo al siguiente texto: "Articulo 8°.- Cronograma de Implementacion y priorizacion de distritos pobres (...) 8.3. Al 31 de diciembre del 2012, las Distribuidoras Electricas deberan entregar los Vales de Descuento FISE al 100% del total de beneficiarios de los distritos priorizados y que cuenten con oferta de GLP accesible." Articulo 9º.- Modificar el articulo 10°de la MORDAZA "Disposiciones Complementarias para la operatividad a nivel nacional del FISE aplicable al descuento en la compra del balon de gas de usuarios que tienen servicio electrico", aprobada por Resolucion de Consejo Directivo Nº 173-2012-OS/CD, de acuerdo al siguiente texto: "Articulo 10°- Lista de Anexos ANEXO 1: Declaracion Jurada de tenencia y uso de cocina y balon de GLP, y autorizacion de verificacion. ANEXO 2: Modelo del Vale de Descuento FISE. ANEXO 3: Modelo de Convenio de Operacion de los Agentes Autorizados. ANEXO 4: Modelo de Triptico de difusion del FISE.

ANEXO 5: Modelo de banderolas de identificacion de agentes autorizados para la venta de GLP. ANEXO 6: Solicitud de Renuncia al beneficio de Obtencion del Vale de Descuento FISE para la compra de GLP." Articulo 10º.- Incorporar el articulo 12° a la MORDAZA "Disposiciones Complementarias para la operatividad a nivel nacional del FISE aplicable al descuento en la compra del balon de gas de usuarios que tienen servicio electrico", aprobada por Resolucion de Consejo Directivo Nº 173-2012-OS/CD, de acuerdo al siguiente texto: "Articulo 12°.- Reporte de informacion OSINERGMIN podra establecer mecanismos y medios informaticos para facilitar la remision de la informacion FISE a cargo de los Agentes Autorizados FISE y las Distribuidoras Electricas" Articulo 11º.- Aprobar el formato del Anexo 6 de la MORDAZA "Disposiciones Complementarias para la operatividad a nivel nacional del FISE aplicable al descuento en la compra del balon de gas de usuarios que tienen servicio electrico", aprobada por Resolucion de Consejo Directivo Nº 173-2012-OS/CD, el cual en calidad de Anexo forma parte integrante de la presente resolucion. Articulo 12º.- Precisar que la aprobacion del Programa de Transferencias a que se refiere el Articulo 7° numeral 5, articulo 8° numeral 3 de la Ley N° 29852, asi como el articulo 11° del procedimiento aprobado por Resolucion de Consejo Directivo N° 138-2012.OS/CD, corresponde al Jefe del Proyecto FISE, en tanto conforme a lo establecido en la Unica Disposicion Transitoria de la referida Ley, OSINERGMIN tenga la calidad de administrador del FISE. El Jefe del Proyecto FISE informara al Consejo Directivo la ejecucion de las mencionadas Transferencias de manera mensual. Articulo 13º.- La presente resolucion entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion. Articulo 14°.- Autorizar la publicacion de la presente resolucion en el Diario Oficial El Peruano, y con su anexo en el MORDAZA electronico de OSINERGMIN (www.osinergmin. gob.pe) y en el MORDAZA del Estado Peruano (www.peru.gob. pe). MORDAZA TAMAYO MORDAZA Presidente del Consejo Directivo OSINERGMIN

880233-1

ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADUANAS Y DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA
Modifican el Procedimiento General "Autorizacion y Acreditacion de Operadores de Comercio Exterior" INTA-PG.24
RESOLUCION DE SUPERINTENDENCIA NACIONAL ADJUNTA DE ADUANAS Nº 539-2012/SUNAT/A
Callao, 18 de diciembre de 2012 CONSIDERANDO: Que mediante Resolucion de Superintendencia Nacional Adjunta de Aduanas N° 236-2008/SUNAT/A se aprobo el Procedimiento General "Autorizacion y Acreditacion de Operadores de Comercio Exterior" INTAPG.24 (Version 2);