Norma Legal Oficial del día 19 de diciembre del año 2012 (19/12/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 29

El Peruano MORDAZA, miercoles 19 de diciembre de 2012

NORMAS LEGALES

481219

- Balanza fija de plataforma instalada al interior del area a autorizar, para el pesaje de la carga a la entrada y salida del almacen aduanero, con capacidad no menor de: · Sesenta (60) TM, en el caso de deposito temporal para carga maritima o terrestre, y deposito aduanero. · Cinco (5) TM, en el caso de deposito temporal para carga aerea destinada exclusivamente al regimen de exportacion definitiva. · Diez (10) TM, en el caso de deposito temporal para carga fluvial o lacustre. · Diez (10) TM, en el caso de deposito temporal para carga aerea. - Balanza de precision, en funcion al MORDAZA de mercancias a almacenar. - Balanzas adecuadas a la operatividad en caso de deposito temporal postal. o) Los tanques contenedores para almacenamiento de liquidos deben contar con certificados de cubicacion, y los contometros de liquidos u otro instrumento de medicion deben contar con certificados de calibracion con valor oficial emitidos por el INDECOPI o por entidades prestadoras de servicios de calibracion acreditadas por esta entidad publica. p) Maquinarias y herramientas adecuadas para el manipuleo de la carga, pesaje de la carga y otras actividades operativas, de acuerdo con el MORDAZA de mercancias. q) Equipo de lucha contra incendio, asi como detectores de incendio en areas de almacenamiento techadas y cerradas. r) Grupo electrogeno que asegure la continuidad de la operatividad del almacen aduanero y las labores de la autoridad aduanera, en caso de falta de energia electrica; asi como contar con luces de emergencia adosadas en las MORDAZA o postes de las zonas de almacenamiento, que se enciendan automaticamente al detectarse el corte de fluido electrico. s) Garantizar a la autoridad aduanera el acceso permanente en linea a la informacion que asegure la completa trazabilidad de la mercancia, permitiendo el adecuado control de su ingreso, permanencia, movilizacion y salida, a traves de internet. t) Las oficinas administrativas que se encuentran dentro del almacen aduanero deben estar ubicadas en areas diferentes a las senaladas para el almacenamiento de mercancias. Se exceptua de la exigencia de la balanza fija de plataforma, ademas de los requisitos que se indican en los incisos e), j) y l) precedentes, al almacen aduanero que solo custodia mercancias liquidas a granel y que las mismas no se comercialicen por peso; si esta comercializacion fuera por peso, dicha balanza podra estar ubicada fuera del local del almacen aduanero, siempre que se encuentre instalada dentro de un inmueble que comprenda a ese local y que sea del mismo operador de comercio exterior. En el caso de deposito temporal que se ubique dentro del puerto, aeropuerto, terminal terrestre o puesto de control fronterizo, la Administracion Aduanera puede autorizar su funcionamiento en un local de area de menor superficie a las senaladas en el inciso a) que antecede, y que cuente con balanza de plataforma de menor capacidad a las indicadas en el inciso n) precedente o que MORDAZA distintas a las que en este mismo inciso se senala, adecuadas a su operatividad, siempre que cuenten con certificados de calibracion con valor oficial, emitidos por el INDECOPI o por entidades prestadoras de servicios de calibracion acreditadas por esta entidad publica, previa conformidad de la intendencia de aduana de la circunscripcion en donde opera el deposito temporal respecto de las dimensiones del area del local y de la capacidad de la balanza del almacen". Articulo 6°.- Incluyase en la seccion Anexos del Procedimiento General "Autorizacion y Acreditacion de Operadores de Comercio Exterior" INTA-PG.24, aprobado por Resolucion de Superintendencia Nacional Adjunta de Aduanas N° 236-2008/SUNAT/A, el anexo siguiente:

b) Capacidad para visualizar guias y MORDAZA de identificacion de la mercancia. c) Capacidad para grabar ininterrumpidamente 24 horas x 7 dias. d) Cada videocamara debe grabar como minimo 10 MORDAZA por segundo. e) Sistema de grabacion digital. f) Software de gestion que permita la programacion de las camaras. g) Capacidad de acceso remoto permanente. Almacenamiento y respaldo Respaldo de la grabacion de la informacion en un medio permanente y masivo por un periodo de un (1) mes". Articulo 7º.- La presente resolucion entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion en el diario oficial "El Peruano".

DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS TRANSITORIAS
PRIMERA.- Los almacenes aduaneros que a la fecha cuentan con autorizacion para operar como tales, se adecuaran a las nuevas disposiciones establecidas en la presente Resolucion, de acuerdo a los siguientes plazos, computados a partir del dia siguiente de su entrada en vigencia: a) El piso del area en donde se ubica la oficina de la autoridad aduanera, establecido en el inciso b), numeral 1, literal A.2, seccion VII del procedimiento INTA-PG.24, sera exigible a los noventa (90) dias calendario. b) El piso del local de los depositos temporales y depositos aduaneros publicos, establecido en el inciso b), numeral 1, literal A.2, seccion VII del procedimiento INTAPG.24, sera exigible a los dos (2) anos, sin perjuicio de lo dispuesto en literal anterior. c) Las disposiciones establecidas en el inciso d), numeral 1, literal A.2, seccion VII del Procedimiento General INTA-PG.24, sera exigible a los ciento veinte (120) dias calendario. d) Las disposiciones establecidas en el inciso g), numeral 1, literal A.2, seccion VII del Procedimiento General INTA-PG.24, seran exigibles a los ciento veinte (120) dias calendario. e) Las disposiciones establecidas en el inciso h), numeral 1, literal A.2 de la seccion VII y Anexo 18 del Procedimiento General "Autorizacion y Acreditacion de Operadores de Comercio Exterior" INTA-PG.24, seran exigibles a los ciento ochenta (180) dias calendario. SEGUNDA.- Los almacenes aduaneros que a la fecha cuentan con autorizacion para operar como tales, se adecuaran a lo establecido en el inciso s), numeral 1, literal A.2 de la seccion VII del Procedimiento General "Autorizacion y Acreditacion de Operadores de Comercio Exterior" INTA-PG.24, a los cuarenta y cinco (45) dias calendario, a partir de la publicacion en el MORDAZA web de la SUNAT de los datos minimos requeridos. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Superintendente Nacional Adjunto de Aduanas

879915-1

PODER JUDICIAL CONSEJO EJECUTIVO DEL PODER JUDICIAL
Dejan sin efecto la Res. Adm. N° 13662011-P-CSJCU-PJ que establecio el horario de trabajo corrido en el Distrito Judicial del MORDAZA
RESOLUCION ADMINISTRATIVA N° 215-2012-CE-PJ MORDAZA, 5 de noviembre de 2012

"ANEXO 18 CARACTERISTICAS TECNICAS MINIMAS DEL SISTEMA DE MONITOREO POR CAMARAS DE TELEVISION
Caracteristicas tecnicas minimas a) Las videocamaras deben capturar la senal de video a color.