Norma Legal Oficial del día 13 de agosto del año 2005 (13/08/2005)


Si desea descargar el documento entero como pdf click aquí.

TEXTO DE LA PÁGINA 59

MORDAZA, sabado 13 de agosto de 2005

NORMAS LEGALES

Pag. 298531

Segunda.- En todo lo no previsto en la presente MORDAZA se estara a las normas tecnicas y directivas aprobadas sobre Lineamientos de Estudios Teoricos de Radiaciones No Ionizantes, Protocolos de medicion de Radiaciones No Ionizantes, Restricciones Radioelectricas en Areas de Uso Publico, Homologacion de Equipos y Aparatos de Telecomunicaciones y de Medicion de Radiaciones No Ionizantes.

ANEXO 1 DECLARACION JURADA CURRICULUM VITAE
I. DATOS PERSONALES 1. Nombre 2. Direccion 3. Telefono 4. Celular 5. Correo electronico II. TITULOS 1. Maestria y/o Postgrado Institucion 2. Titulo Profesional Institucion 3. Colegio Profesional Numero de Colegiatura III. EXPERIENCIA EMPRESA CARGO PERIODO FUNCION : : : : : : : : : : :

IV. CURSOS DE ESPECIALIZACION AMBIENTAL INSTITUCION CURSO DURACION

Poder Ejecutivo, a que se refieren el primer y MORDAZA parrafo del articulo 1° de la Ley N° 27619, quedan prohibidos por el ejercicio fiscal 2005, prohibicion que no es aplicable a los sectores Relaciones Exteriores y Comercio Exterior y Turismo, asi como la Direccion de Aeronautica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, en cuyos casos los viajes seran autorizados a traves de resolucion del Titular del Pliego respectivo, la misma que debera ser publicada en el Diario Oficial El Peruano MORDAZA del inicio de la comision de servicios; Que, la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronautica Civil del Peru, establece que la Autoridad Aeronautica Civil es ejercida por la Direccion General de Aeronautica Civil como dependencia especializada del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, la Direccion General de Aeronautica Civil, a fin de cumplir con los estandares aeronauticos internacionales establecidos en el Convenio de Chicago sobre Aviacion Civil y poder mantener la calificacion de Categoria ­ I otorgada al Peru por la Organizacion de Aviacion Civil Internacional, debe mantener un programa anual de vigilancia sobre la seguridad operacional a traves de la ejecucion de inspecciones tecnicas a los explotadores aereos en el MORDAZA, basado en las disposiciones establecidas en el citado Convenio y en los estandares de la Organizacion de Aviacion Civil Internacional; Que, el Reglamento de la Ley de Aeronautica Civil, aprobado por Decreto Supremo Nº 050-2001-MTC, en su articulo 14º establece que los inspectores debidamente identificados a que se refiere la Ley son competentes, segun su especialidad, para verificar las capacidades exigidas a los titulares de las autorizaciones para realizar actividades de aeronautica civil; Que, la seguridad y eficiencia de las operaciones aereas, se verifica, entre otras formas, a traves de inspecciones tecnicas a las estaciones de los explotadores aereos ubicadas en el extranjero; Que, la Direccion de Seguridad Aerea de la Direccion General de Aeronautica Civil, ha emitido la Orden de Inspeccion Nº 1412-2005-MTC/12.04-SDA designando al Inspector MORDAZA MORDAZA Soares Yoplak, para realizar la inspeccion tecnica de la estacion de la empresa Taca Peru S.A., en la MORDAZA de MORDAZA MORDAZA, Republica de Bolivia, como parte del programa de vigilancia de las operaciones aereas internacionales, durante los dias 15 al 17 de agosto del 2005; Que, por lo expuesto, resulta necesario autorizar el viaje del referido Inspector de la Direccion General de Aeronautica Civil para que, en cumplimiento de las funciones que le asigna la Ley Nº 27261 y su Reglamento, pueda realizar la inspeccion tecnica a que se contrae la Orden de Inspeccion Nº 1412-2005-MTC/12.04-SDA; De conformidad con la Ley Nº 27261, Ley Nº 27619, el Decreto de Urgencia Nº 015-2004 y el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; SE RESUELVE:

Firma D.N.I. 14043

Autorizan viaje de Inspector de la Direccion General de Aeronautica Civil a Bolivia, en comision de servicios
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 546-2005 MTC/02 MORDAZA, 5 de agosto de 2005 CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 27619 que regula la autorizacion de viajes al exterior de servidores y funcionarios publicos, en concordancia con sus normas reglamentarias aprobadas por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, establece que para el caso de los servidores y funcionarios publicos de los Ministerios, entre otras entidades, la autorizacion de viaje se otorgara por Resolucion Ministerial del respectivo Sector, la que debera ser publicada en el Diario Oficial El Peruano con anterioridad al viaje, con excepcion de las autorizaciones de viajes que no irroguen gastos al Estado; Que, el Decreto de Urgencia N° 015-2004 dispone que los viajes al exterior que irroguen gasto al Tesoro Publico, de funcionarios, servidores publicos o representantes del

Articulo 1º.- Autorizar el viaje del senor MORDAZA MORDAZA Soares Yoplak, Inspector de la Direccion General de Aeronautica Civil del Ministerio de Transpor tes y Comunicaciones, a la MORDAZA de MORDAZA MORDAZA, Republica de Bolivia, durante los dias 15 al 17 de agosto del 2005, para los fines a que se contrae la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- El gasto que demande el viaje autorizado precedentemente, sera con cargo al presupuesto del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, de acuerdo al siguiente detalle: Viaticos Tarifa por Uso de Aeropuerto US$ 600.00 US$ 28.24

Articulo 3º.- Conforme a lo dispuesto por el Articulo 10º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, el Inspector mencionado en el Articulo 1º de la presente Resolucion Ministerial, dentro de los quince (15) dias calendario siguientes de efectuado el viaje, debera presentar un informe al Despacho Ministerial, con MORDAZA a la Oficina General de Administracion del Ministerio de Transpor tes y Comunicaciones, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Articulo 4º.- La presente Resolucion Ministerial no MORDAZA derecho a exoneracion o liberacion de impuestos o