Norma Legal Oficial del día 13 de agosto del año 2005 (13/08/2005)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, sabado 13 de agosto de 2005

Que los solicitantes han sido reconocidos como herederos, lo que se encuentra inscrito en la Partida Nº 11674640 del Rubro de Declaratoria de Herederos del Registro de Sucesion Intestada, acreditando la propiedad de las embarcaciones pesqueras "MODESTO" con matricula MO-20445-CM y "MARIETA" con matricula MO-020444-CM mediante los Certificados Compendiosos de Dominio Nº 0200-05 y Nº 0201-05, inscritos en las Partidas Nº 12001410 y Nº 12001009 del Registro de Embarcaciones Pesqueras, adjuntando ademas los Certificados de Matricula correspondientes; Que por Decreto Supremo Nº 001-2002-PRODUCE del 5 de setiembre de 2002, se establece que los recursos sardina (Sardinops sagax sagax), jurel (Trachurus picturatus murphy) y caballa (Scomber japonicus peruanus), seran destinados al consumo humano directo; Estando a lo informado por la Direccion de Consumo Humano Indirecto de la Direccion Nacional de Extraccion y Procesamiento Pesquero, mediante Informe Nº 231-2004PRODUCE/DNEPP-Dchi y complementario del 24 de junio de 2005 y, con la opinion favorable de la Oficina General de Asesoria Juridica; De conformidad con lo establecido en la Ley General de Pesca - Decreto Ley Nº 25977, su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE, Resolucion Ministerial Nº 285-2003-PRODUCE, y los Procedimientos Nº 6 y 19 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Produccion, aprobado por Decreto Supremo Nº 035-2003-PRODUCE. SE RESUELVE: Articulo 1º.- Modificar el articulo 1º de la Resolucion Directoral Nº 029-2000-CTAR-ICA/DRPES rectificada con Resolucion Directoral Nº 013-2004-GORE ICA/DRPRO en los extremos referidos a los nombres y matriculas de las embarcaciones pesqueras CENTELLA con matricula MO0766-CM, cuya nueva denominacion en adelante sera "MODESTO" con matricula MO-20445-CM, y MORDAZA con matricula MO-0278-CM, cuya nueva denominacion en adelante sera "MARIETA" con matricula MO-20444-CM. Articulo 2.- Aprobar el cambio de titular de permiso de pesca autorizado por Resolucion Directoral Nº 029-2000CTAR-ICA/DRPES, rectificado por Resolucion Directoral Nº 013-2004-GORE ICA/DRPRO para operar las embarcaciones pesqueras "MODESTO" (ex CENTELLA) con matricula MO-20445-CM y "MARIETA" (ex MIRELLA) con matricula MO-20444-CM, a favor de MORDAZA MORDAZA MARIETA MORDAZA MORDAZA DE CINERA, MORDAZA MORDAZA CINERA MORDAZA, MORDAZA IVETTE CINERA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA CINERA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA CINERA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA CINERA MORDAZA, en los mismos terminos y condiciones en que fueron otorgados. Articulo 3º.- El permiso de pesca a que se refiere el articulo precedente sera ejercido conforme a lo dispuesto por el Decreto Supremo Nº 001-2002-PRODUCE, que establece que los recursos sardina, jurel y caballa seran destinados al consumo humano directo, o las normas que lo modifiquen o sustituyan, y a las sanciones previstas por su incumplimiento establecidas en el Decreto Supremo Nº 003-2004-PRODUCE. En este supuesto la totalidad de bodegas de la embarcacion deben mantener implementado y operativo el medio o el sistema de preservacion a bordo RSW o CSW, cuyo funcionamiento es obligatorio. Articulo 4º.- Dejar sin efecto la titularidad de los permisos de pesca otorgados a traves de la Resolucion Directoral Nº 029-2000-CTAR-ICA/DRPES, rectificada por la Resolucion Directoral Nº 013 -2004-GORE ICA/DRPRO para operar las embarcaciones pesqueras CENTELLA con matricula MO0766-CM, actualmente denominada "MODESTO" con matricula MO-20445-CM y MORDAZA con matricula MO-0278CM, actualmente denominada "MARIETA" con matricula MO20444-CM, y excluirlas del Anexo I, Literal A) de la Resolucion Ministerial Nº 285-2003-PRODUCE. Articulo 5º.- Incorporar a MORDAZA MORDAZA MARIETA MORDAZA MORDAZA DE CINERA, MORDAZA MORDAZA CINERA MORDAZA, MORDAZA IVETTE CINERA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA CINERA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA CINERA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA CINERA MORDAZA como titulares del permiso de pesca otorgados para operar las embarcaciones pesqueras "MODESTO" con matricula MO20445-CM y "MARIETA" con matricula MO-20444-CM; asi como la presente Resolucion Directoral al Anexo I, Literal A) de la Resolucion Ministerial Nº 285-2003-PRODUCE; Articulo 6º.- Transcribir la presente Resolucion Directoral a la Direccion Nacional de Seguimiento, Control y Vigilancia

del Ministerio de la Produccion, a las Direcciones Regionales Sectoriales de la Produccion del litoral y a la Direccion General de Capitanias y Guardacostas del Ministerio de Defensa y consignarse en el MORDAZA de la Pagina Web del Ministerio de la Produccion: www.produce.gob.pe. Registrese, comuniquese y publiquese MORDAZA RICHTER MORDAZA Director Nacional de Extraccion y Procesamiento Pesquero (e) 14049

Otorgan permisos de pesca a empresas para la extraccion de calamar gigante o pota
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 202-2005-PRODUCE/DNEPP MORDAZA, 15 de MORDAZA de 2005 Visto el expediente con escrito de registro Nº 00010816 del 13 de MORDAZA del 2005, presentado por la empresa PERUKO S.A., representante legal en el Peru del armador coreano BOO YANG FISHERIES CO. LTD. CONSIDERANDO: Que mediante Resolucion Ministerial Nº 505-2003PRODUCE del 18 de diciembre del 2003, se establece un Regimen Provisional para la extraccion comercial del recurso Calamar Gigante o Pota (Dosidicus gigas), cuya vigencia sera desde el 1 de enero hasta el 31 de marzo del 2004; Que mediante Resolucion Ministerial Nº 149-2005PRODUCE de fecha 9 de junio de 2005, se prorroga hasta el 31 de diciembre de 2005, la vigencia del Regimen Provisional para la extraccion comercial del recurso Calamar Gigante o Pota (Dosidicus gigas), establecido en el articulo 1º de la Resolucion Ministerial Nº 505-2003-PRODUCE y prorrogado por las Resoluciones Ministeriales Nº 134-2004PRODUCE, Nº 283-2004-PRODUCE y Nº 451-2004PRODUCE; Que a traves del escrito del visto, la recurrente solicita permiso de pesca para operar la embarcacion pesquera calamarera denominada "BUYANG Nº 808", en la extraccion del recurso Calamar Gigante o Pota (Dosidicus gigas) en aguas jurisdiccionales peruanas, asi como licencia para la operacion de la planta de procesamiento pesquero a bordo de la misma, para desarrollar la actividad de congelado; Que de acuerdo a la evaluacion efectuada al expediente, se ha determinado que la recurrente ha cumplido con los requisitos procedimentales y sustantivos exigidos por la normatividad pesquera vigente, por lo que procede otorgar el permiso de pesca solicitado; Estando a lo informado por la Direccion de Consumo Humano de la Direccion Nacional de Extraccion y Procesamiento Pesquero mediante el Informe Nº 179-2005PRODUCE/DNEPP-Dch, y con la opinion favorable de la Oficina General de Asesoria Juridica; De conformidad con lo establecido por el Decreto Ley Nº 25977- Ley General de Pesca; su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE; el Reglamento del Ordenamiento Pesquero del Calamar Gigante o Pota, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PE; las Resoluciones Ministeriales Nº 505-2003-PRODUCE, Nº 1342004-PRODUCE, Nº 283-2004-PRODUCE y Nº 149-2005PRODUCE y el procedimiento Nº 8 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Produccion, aprobado por Decreto Supremo Nº 035-2003PRODUCE; En uso de las facultades conferidas por el articulo 118º del Decreto Supremo Nº 012-2001-PE; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Otorgar permiso de pesca a la empresa PERUKO S.A., representada por MORDAZA MORDAZA MALATESTA en representacion del armador coreano BOO YANG FISHERIES CO. LTD., para operar la embarcacion pesquera de bandera coreana cuyas caracteristicas se detallan a continuacion, en la extraccion del recurso Calamar Gigante o Pota (Dosidicus gigas) en aguas jurisdiccionales