Norma Legal Oficial del día 13 de noviembre del año 2020 (13/11/2020)


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TEXTO DE LA PÁGINA 51

El Peruano / Viernes 13 de noviembre de 2020

NORMAS LEGALES

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y Distritales los Órganos de Gobierno Local, tienen Autonomía Política, Económica y Administrativa en los asuntos de su competencia, en concordancia con el artículo II del título preliminar de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades; Que, de acuerdo con el artículo 42º de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades "(...) los decretos de alcaldía establecen normas reglamentarias y de aplicación de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y eficiente administración municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario, que no sean de competencia del Concejo Municipal"; Que, mediante Decreto Supremo Nº 008-2020-SA, publicado el 11 de marzo de 2020, se declaró la emergencia sanitaria a nivel nacional por el plazo de noventa (90) días calendario, y se dictaron medidas para la prevención y control para evitar la propagación del COVID-19, el mismo que fue ampliado por el Decreto Supremo Nº 020-2020SA, a partir del 10 de junio de 2020 hasta por un plazo de noventa (90) días calendario; Que, asimismo mediante Decreto Supremo Nº 044-2020-pcm, ampliado temporalmente mediante los Decretos Supremos Nº 051- 2020-PCM, Nº 064-2020PCM, Nº 075-2020-PCM, Nº 083- 2020-PCM y Nº 0942020-PCM; y precisado o modificado por los Decretos Supremos Nº 045-2020-PCM; Nº 046- 2020-PCM; Nº 0512020-PCM; Nº 053-2020-PCM; Nº 057-2020-PCM; Nº 058-2020-PCM; Nº 061-2020- PCM; Nº 063-2020-PCM; Nº 064-2020-PCM; Nº 068-2020-PCM; Nº 072-2020-PCM; Nº 083-2020-PCM; Nº 094-2020-PCM; y Nº 116-2020PCM, a partir del miércoles 01 de julio del 2020 hasta el viernes 31 de julio del 2020, por las graves circunstancias que afectan la vida de la nación a consecuencia del COVID-19; Que, a su vez, el artículo 4º del Decreto de Urgencia Nº 057-2020, publicado el 19 de mayo del 2020, estableció la suspensión del proceso de presupuesto participativo, disponiendo que durante el año fiscal 2020 se suspenden las actividades del proceso de presupuesto participativo regulado por la Ley Nº 28056, Ley Marco del Presupuesto Participativo, con el fin de contribuir a las medidas de aislamiento social en el marco de la emergencia sanitaria nacional, salvo en aquellos Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales que tengan implementados mecanismos de tecnologías digitales que permitan la participación de la población asegurando la participación inclusiva y representativa de todas las organizaciones y ciudadanos, o en aquellos Gobiernos Regionales o Gobiernos Locales en las cuales ya se realizó el proceso de presupuesto participativo; Estando lo expuesto, en uso de las facultades conferidas en el numeral 6) del artículo 20º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972; DECRETA: Artículo Primero.- SUSPENDER durante el año fiscal 2020, el Desarrollo del Presupuesto Participativo del 2021, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 4º del Decreto de Urgencia Nº 057-2020. Artículo Segundo.- ENCARGAR el cumplimento del presente Decreto de Alcaldía, a la Gerencia Municipal y a la Gerencia de Planificación. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Secretaría General la Publicación del presente Decreto de Alcaldía, en el diario oficial el peruano y a la Secretaría de Comunicación e Imagen Institucional la publicación en el portal institucional de la Municipalidad Distrital de San Juan de Lurigancho (www.munisjl.gob.pe). Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. ALEX GONZALES CASTILLO Alcalde 1902621-1

MUNICIPALIDAD DE SURQUILLO
Aprueban Reglamento de Subasta Pública de Vehículos Internados en el Depósito Municipal
DECRETO DE ALCALDÍA N° 007-2020-MDS Surquillo, 6 de noviembre de 2020 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SURQUILLO: VISTO; el Memorando N° 521-2020-GM-MDS de fecha 20 de octubre de 2020 emitido por la Gerencia Municipal; el Informe N° 144-2020-GPPCI/MDS de fecha 13 de octubre de 2020 emitido por la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Cooperación Internacional; el Informe N° 263-2020-GAJ-MDS de fecha 07 de octubre de 2020 emitido por la Gerencia de Asesoría Jurídica; el Informe N° 038-2020-GSC-MDS de fecha 23 de septiembre de 2020 emitido por la Gerencia de Seguridad Ciudadana; y, CONSIDERANDO: Que, la Municipalidad Distrital de Surquillo, es un órgano de gobierno local con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, de conformidad con el artículo 194° de la Constitución Política del Estado, en concordancia con la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; Que, el artículo 39°de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, indica que el alcalde ejerce las funciones ejecutivas de gobierno mediante decretos de alcaldía. Por otro lado, el artículo 42° del mismo cuerpo normativo, prevé que los decretos de alcaldía establecen normas reglamentarias y de aplicación de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y eficiente administración municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario, que no sean de competencia del concejo municipal; Que, a través de la Ordenanza N° 452-MDS, se aprueba el Reglamento de Aplicación de Sanciones Administrativas (RASA) y el Cuadro Único de Infracciones y Sanciones (CUIS) de la Municipalidad Distrital de Surquillo. Posteriormente a ello, las Ordenanzas N° 461-MDS y N° 462-MDS, incorpora al Cuadro Único de Infracciones y Sanciones (CUIS), la línea de Acción 09 denominada "Transporte"; Que, de acuerdo con la Quinta Disposición Transitoria y Final de la Ordenanza N° 462-MDS, se faculta al Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía, expida las normas reglamentarias que fueran necesarias para la aplicación de la presente ordenanza; Que, en ese sentido el Informe N° 038-2020-GSCMDS de fecha 23 de septiembre de 2020 emitido por la Gerencia de Seguridad Ciudadana, propone un proyecto de Reglamento de Subasta Pública de Vehículos Internados en el Depósito Municipal, el mismo que cuenta con opinión técnica por parte de la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Cooperación Internacional mediante el Informe N° 144-2020-GPPCI/MDS, y con opinión legal de la Gerencia de Asesoría Jurídica a través del Informe N° 263-2020-GAJ-MDS; En uso de las facultades conferidas por los artículos 39° y 42° de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; DECRETA: Artículo Primero.- APROBAR el "Reglamento de Subasta Pública de Vehículos Internados en el Depósito Municipal", el mismo que forma parte integrante del presente decreto. Artículo Segundo.- DEROGAR toda norma que contravenga lo dispuesto en el presente decreto.