Norma Legal Oficial del día 25 de septiembre del año 2019 (25/09/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 43

El Peruano / Miércoles 25 de setiembre de 2019

NORMAS LEGALES
CONSIDERANDO:

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modificatorias, así como demás normativa aplicable, los gastos que irrogue la mencionada comisión de servicios serán financiados parcialmente con los recursos del Pliego 019: Contraloría General, de acuerdo con lo señalado por la Gerencia de Administración mediante el Memorando N° 001083-2019-CG/GAD, de fecha 17 de setiembre de 2019; Que, estando a lo informado por la Gerencia Jurídico Normativa mediante Hoja Informativa Nº 000419-2019CG/GJN, y conforme a lo expuesto en la Hoja Informativa N° 000418-2019-CG/AJ, de la Subgerencia de Asesoría Jurídica, resulta viable jurídicamente la emisión de la Resolución de Contraloría que autoriza el viaje en comisión de servicios al exterior que ha sido sustentado a través de la Hoja Informativa N° 000024-2019-CG/OEO, emitida por la Oficina de Enlace con OLACEFS, y propuesto por la misma, mediante Memorando N° 000157-2019-CG/OEO; En uso de las facultades previstas en los artículos 32 y 33 de la Ley Nº 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, y sus modificatorias; Ley Nº 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019; así como la precitada Ley Nº 27619 su Reglamento, y sus modificatorias; y la Resolución de Contraloría N° 2762019-CG; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje en comisión de servicios de la Supervisora General I de la Oficina de Enlace con OLACEFS de la Contraloría General de la República, señorita Lizbeth Janet Corcuera Rodríguez, del 27 de setiembre al 05 de octubre de 2019, a las ciudades Bonn y Eschborn, Alemania, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2.- Los gastos que se deriven de la presente comisión de servicios serán financiados parcialmente con recursos del Pliego: 019 Contraloría General, según el detalle siguiente: Pasajes aéreos por un importe de US$ 1 886,10 y Viáticos parciales por un importe de US$ 1 350,00 (5 días). Artículo 3.- La citada profesional presentará al Despacho Contralor, con copia a la Oficina de Enlace con OLACEFS, un informe sobre los resultados de la comisión y las acciones que se deriven a favor de la Contraloría General de la República, así como un ejemplar de los materiales obtenidos, dentro de los quince (15) días calendario siguientes de concluida la comisión de servicios. Artículo 4.- La presente Resolución no otorga derecho a exoneración de impuestos o derechos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 5.- Publicar la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano, en el Portal del Estado Peruano (www.peru.gob.pe), Portal Web Institucional (www. contraloria.gob.pe) y en la Intranet de la Contraloría General de la República. Regístrese, comuníquese y publíquese. HUMBERTO RAMÍREZ TRUCIOS Vicecontralor de Gestión Estratégica e Integridad Pública Contralor General de la República (e) 1810636-1

Que, por Ley Nº 29182, Ley de Organización y Funciones del Fuero Militar Policial, se estableció la naturaleza, estructura, organización, competencia, jurisdicción, funciones y atribuciones del Fuero Militar Policial, como órgano autónomo e independiente en el ejercicio de sus funciones jurisdiccionales, fiscales, económicas y administrativas, en armonía con las normas y principios establecidos en la Constitución Política del Perú; Que, el artículo 5° de la citada Ley, modificado por el artículo 1° del Decreto Legislativo N° 1096 y el artículo único de la Ley N° 29955, establece que el Consejo Ejecutivo del Fuero Militar Policial es el máximo órgano de gobierno y administración, siendo su Presidente quien preside el Fuero Militar Policial; Que, el Foro Interamericano de Justicia Militar, extendió cordial invitación para que el Contralmirante CJ Julio Enrique Pacheco Gaige, en su condición de Presidente del Fuero Militar Policial; y, el Mayor General FAP Arturo Antonio Giles Ferrer, en su calidad de Secretario Técnico del indicado Foro; participen en el "VII Foro Interamericano sobre Justicia Militar" organizado por la indicada Organización Internacional, a realizarse en ciudad de Guatemala, República de Guatemala, del 20 al 22 de noviembre de 2019; Que, dada la importancia del citado evento, que tiene como objetivo el intercambio de experiencias entre las justicias militares del ámbito regional americano y evaluar temas de interés común; resulta conveniente autorizar la participación de los citados Magistrados del Fuero Militar Policial en dicho evento; Que, en sesión de Consejo Ejecutivo del Fuero Militar Policial, de fecha 06 de setiembre de 2019, se acordó autorizar el viaje al exterior del Contralmirante CJ (R) Julio Enrique Pacheco Gaige y del Mayor General FAP Arturo Antonio Giles Ferrer, del 19 al 23 de noviembre de 2019; para que participen en el citado evento en representación del Fuero Militar Policial; De conformidad con los fundamentos expuestos y a lo establecido en la Ley Nº 29182, Ley de Organización y Funciones del Fuero Militar Policial, modificada por el Decreto Legislativo N° 1096 y la Ley N° 29955; y, la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, modificada por la Ley N° 28807, y su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, modificado por el Decreto Supremo N° 005-2006-PCM y el Decreto Supremo N° 056-2013-PCM; el artículo 10 de la Ley Nº 30879, Ley del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Autorizar el viaje al exterior, en Comisión de Servicios, a la Ciudad de Guatemala, República de Guatemala; del señor Contralmirante CJ. Julio Enrique Pacheco Gaige, Presidente del Fuero Militar Policial, identificado con DNI N° 08805518; y, del Mayor General FAP. Arturo Antonio Giles Ferrer, Vocal Supremo del Fuero Militar Policial y Secretario Técnico del Foro Interamericano de Justicia Militar, identificado con DNI N° 08379575 y NSA O-9566688; del 19 al 23 de noviembre de 2019; para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente resolución. Artículo 2°.- Los gastos que demande el cumplimiento de la presente Resolución, serán cubiertos por el Pliego Presupuestal 027 - Fuero Militar Policial, con cargo al presupuesto del ejercicio fiscal 2019, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes Aéreos: Lima (Perú) - Guatemala (Guatemala) - Lima (Perú) US $ 578.00 X 02 personas (incluido TUUA) = US $ 1,156.00 Viáticos: US $ 315.00 X 04 días X 02 personas = US $ 2,520.00 -------------------Total a pagar = US $ 3,676.00

FUERO MILITAR POLICIAL
Autorizan viaje de Presidente y Vocal Supremo del Fuero Militar Policial y Secretario Técnico del Foro Interamericano de Justicia Militar a Guatemala, en comisión de servicios
RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 020-2019-FMP/CE/SG Lima, 10 de setiembre de 2019

Artículo 3°.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, los citados Oficiales