Norma Legal Oficial del día 15 de septiembre del año 2019 (15/09/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 9

El Peruano / Domingo 15 de setiembre de 2019

NORMAS LEGALES

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Artículo 2.- Disponer la publicación de la presente resolución y su anexo en el Sistema de Información Jurídica de Educación (SIJE), ubicado en el portal institucional del Ministerio de Educación (www.gob.pe/ minedu), el mismo día de la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial "El Peruano". Regístrese, comuníquese y publíquese. PATRICIA ANDRADE PACORA Viceministra (e) de Gestión Institucional 1807375-1

RELACIONES EXTERIORES
Autorizan viaje de funcionario diplomático a Francia, en comisión de servicios
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 0628/RE-2019 Lima, 13 de septiembre de 2019 CONSIDERANDO:

INTERIOR
Designan Prefecto Regional de Arequipa
RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 125-2019-IN Lima, 14 de setiembre de 2019 CONSIDERANDO: Que, el Decreto Legislativo Nº 1266, Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, establece que el Ministerio del Interior tiene entre otras funciones específicas, dirigir y supervisar las funciones de las autoridades políticas designadas, con alcance nacional; Que, la Resolución Ministerial Nº 1050-2019-IN, que aprueba la Sección Segunda del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, en su artículo 160 señala que "(...) Los Prefectos Regionales son designados por Resolución Suprema refrendada por el Ministro del Interior a propuesta del Viceministerio de Orden Interno"; Que, con Resolución Suprema Nº 042-2018-IN, de fecha 23 de mayo de 2018, se designa al señor Jesús Hernán Vela Lazo, en el cargo de Prefecto Regional de Arequipa; Que, en aplicación del literal c) del artículo 49 del Decreto Supremo Nº 014-2019-IN, que aprueba la Sección Primera del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, el Despacho Viceministerial de Orden Interno, a propuesta de la Dirección General de Gobierno Interior, considera conveniente aceptar la renuncia del señor Jesús Hernán Vela Lazo al cargo de Prefecto Regional de Arequipa y designar al señor Carlos Enrique Mantegazza Ancaya en el referido cargo; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; el Decreto Legislativo Nº 1266, Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior y modificatorias; y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, aprobado por Decreto Supremo Nº 014-2019IN; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aceptar la renuncia del señor Jesús Hernán Vela Lazo en el cargo de Prefecto Regional de Arequipa, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2.- Designar al señor Carlos Enrique Mantegazza Ancaya en el cargo de Prefecto Regional de Arequipa. Artículo 3.- La presente Resolución Suprema es refrendada por el Ministro del Interior. Regístrese, comuníquese y publíquese. MARTÍN ALBERTO VIZCARRA CORNEJO Presidente de la República CARLOS MORÁN SOTO Ministro del Interior 1807380-1

Que, la reunión del Consejo Permanente de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE), en la que, entre otras cuestiones, se abordarán las discusiones de accesión de futuros miembros; se realizará en la ciudad de París, República Francesa, el 19 y 20 de septiembre de 2019; Que, se realizarán reuniones previas a las del Consejo Permanente de la OCDE, las mismas que se llevarán a cabo en la misma ciudad, el 18 de septiembre de 2019; Que, en la mencionada reunión del Consejo Permanente de la OCDE también se presentará el "Plan de Trabajo de Vinculación del Perú con la OCDE", documento que tiene por finalidad establecer metas claras para seguir avanzando en la implementación de los estándares y buenas prácticas de la OCDE, y la profundización de la relación con esta organización; Que, la citada Comisión Multisectorial cuenta con una Secretaría Técnica, la cual es ejercida por el Ministerio de Relaciones Exteriores y se encarga de coordinar y dar seguimiento al proceso de relacionamiento de la República del Perú con la OCDE y de servir como punto de contacto entre ésta y el Estado peruano; Que, siendo particularmente relevante que la República del Perú como país candidato, esté representada en la mencionada reunión, se estima necesaria la participación del Asesor Especializado de la Dirección General para Asuntos Económicos; y, Coordinador de la citada Secretaría Técnica, a fin de dar seguimiento a los temas que se aborden en la misma y dar soporte a la presentación del citado Plan de Trabajo; De conformidad con la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, modificada por la Ley Nº 28807, y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 047-2002PCM y su modificatoria; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores, aprobado por Decreto Supremo Nº 135-2010-RE; la Ley Nº 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República y sus modificatorias; su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 130-2003-RE y sus modificatorias; y, la Ley Nº 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje en comisión de servicios, del Ministro en el Servicio Diplomático de la República Gonzalo Flavio Guillén Beker, Asesor Especializado de la Dirección General para Asuntos Económicos, como Coordinador de la Secretaría Técnica de la Comisión Multisectorial Permanente para promover las acciones ante la Organización para la Cooperación y Desarrollo Económico (OCDE), a la ciudad de París, República Francesa, del 18 al 20 de septiembre de 2019, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente resolución. Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente resolución serán cubiertos por el pliego presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores, Meta 0137180 Facilitación de la Captación de Ciencia, Tecnología e Innovación, debiendo rendir cuenta documentada en un plazo no mayor de quince (15) días calendario, al término del referido viaje, de acuerdo con el siguiente detalle: