Norma Legal Oficial del día 15 de septiembre del año 2019 (15/09/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 60

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NORMAS LEGALES

Domingo 15 de setiembre de 2019 /

El Peruano

mezcladoras de concreto, grúas y otros para la carga y/o descarga de materiales y/o residuos de la construcción en el frente de la obra, siempre y cuando ésta cuente con la respectiva autorización municipal, otorgada por la Sub Gerencia de Obras Públicas Tránsito y Mantenimiento Urbano. Artículo 7.- EN LA EJECUCIÓN DE LA OBRA a) El almacenamiento de materiales de construcción y/o desmonte, así como para la carga y descarga de materiales de construcción podrá ocupar el 100% del ancho del estacionamiento, vereda o jardín que corresponda al frente del lote en el cual se llevará a cabo la edificación, siempre y cuando permita la libre circulación peatonal debidamente delimitada mediante mallas de seguridad y con una distancia entre ellas de 0.80 m. para la libre circulación peatonal. b) No se permitirá la acumulación de residuos peligrosos ni contaminantes, los cuales deben ser retirados de la obra de forma inmediata. c) En caso de tratarse de edificaciones sujetas al Régimen de Unidades Inmobiliarias de Propiedad Exclusiva y Propiedad Común u otro similar, se respetarán los accesos peatonales y vehiculares, así como los espacios frente a éstos en todos sus anchos, evitando obstaculizar el ingreso al inmueble, con una distancia mínima entre mallas de seguridad de 0.80 m para la libre circulación peatonal. d) El material de desmonte que se acumule en la vía pública producto de la obras, deberá estar embolsado (bolsas de cemento o polietileno), y será eliminado en un tiempo máximo de 48 horas, y en el horario ordinario o habitual. e) Si el volumen del material de desmonte no es posible acumularlo en bolsas, se podrá usar parte de la vereda o parte de la calzada, debiendo implementarse la señalización correspondiente, en este caso no podrá permanecer en la misma por un tiempo mayor a veinticuatro (24) horas. f) En ambos casos, el día sábado a partir de las 13:00 horas y todo el domingo y/o feriados la vía pública deberá quedar libre de desmonte, las veredas, calzadas limpias y debidamente barridas. g) Los agregados (piedra-arena) deberán acumularse delimitando el espacio a usar con elementos rígidos (tablones de madera u otros), dentro del área de almacenamiento temporal y no deben sobrepasar de 1.00 de alto sobre el nivel de vereda. h) El ladrillo deberá quedar apilado únicamente en el módulo de la berma lateral o del estacionamiento ubicado frente al lote materia del proceso constructivo de edificación, deberá estar a una altura máxima de 2.00 metros lineales. i) Cuando por las características de la obra sea necesario el uso del equipo mecánico como mezcladoras, winchas, mixer, bombas, volquetes, camiones, grúas y otros para la carga y descarga de materiales, entre otros, éstos deberán respetar el área autorizada y delimitada por el cerco de la obra. j) Todo material o desmonte que se almacene en la vía pública y durante la ejecución de la obra, deberá mantenerse húmedo para evitar que el viento traslade el polvo, hacia la vía pública y propiedad privada y ocasione malestar a terceras personas. k) Si en el proceso constructivo de la edificación se deteriora la vereda, deberá colocarse elementos rígidos sobre la vereda deteriorada como planchas de madera, acero u otros, para el tránsito fluido de los peatones. Al final del proceso constructivo deberán reparar la vereda incluyendo las bruñas y juntas de dilatación correspondientes. l) Por ningún motivo podrá efectuase mezcla de concreto en la vía pública. m) Cuando se trate de lotes ubicados en esquinas sólo se podrá usar uno de los frentes para la acumulación del material de construcción o escombros, así como la carga y descarga de materiales de construcción. n) En caso de existir jardín de aislamiento se permitirá como máximo el uso del 50% del mismo. o) Si dentro del área destinada para el almacenamiento temporal existiera árboles, estos deberán estar aislados

y protegidos mediante cerramiento con barandas u otro sistema que garantice su conservación, y estar ubicados a 0.50 m. de distancia del borde del árbol. p) De requerirse, el lavado de vehículos y/o maquinarias se efectuará dentro del predio. q) Los trabajos de excavación deberá realizarse manteniendo la mayor limpieza posible, retirando el material excedente o desmonte en forma simultánea con la rotura. Asimismo en los lugares que se afecte la señalización horizontal, deberá reponerse adecuadamente. r) Para los trabajos de cortes y roturas de pistas y veredas, se exigirá el uso de sierra diamantina y equipo rompe pavimento respectivamente. Se prohíbe la rotura de pista y vereda con medio mecánico: combas o martillos. El corte de vereda deberá efectuarse tomando paños completos siguiendo las líneas de las bruñas existentes. En el caso que un paño quede comprometido en la rotura, deberá eliminarse y reponerse por completo. La reposición debe incluir el acabado con las mismas características que el existente. En cualquier caso, el acabado de las veredas debe ser antideslizante o frotachado. CAPÍTULO V MEDIDAS DE SEÑALIZACIÓN Y SEGURIDAD EN LA EJECUCIÓN DE OBRAS PRIVADAS Artículo 8.- Cuando se utilice la vía pública temporalmente con materiales de construcción y/o desmonte, se debe aprovisionar de senderos de tránsito peatonal adecuados y debidamente señalizados tanto de día como de noche, de manera que no se exponga al peligro a los transeúntes y no se afecte el normal tránsito de vehículos, asimismo, deberá: a) Señalizar la vereda, berma o el jardín según sea el caso, colocando mallas, cintas plásticas de color u otro elemento similar, que delimite las áreas ocupadas para el almacenamiento temporal del material y/o desmonte, priorizando la circulación segura de los peatones. b) Se colocarán elementos visuales que adviertan de los materiales acumulados en la vía pública desde una distancia de 50 m. antes de la ubicación de estos con conos, letreros, etc. Artículo 9.- Todo el personal que partícipe en la obra deberá estar correctamente uniformado y provistos de dispositivos de seguridad necesarios como cascos, chalecos, arneses y otros elementos de seguridad como medidas de prevención de accidentes. Artículo 10.- Las Obras que se ejecuten a partir de dos pisos, obligatoriamente deberán contar con mangas de eliminación de material desmonte, asimismo en sus fachadas y entorno colindante deberá contar con elementos protectores que eviten la caída de materiales de construcción a terceros, pudiendo ser mallas, lonas, paneles de triplay, y otros elementos protectores. Excepcionalmente no será obligatorio el uso de mangas en obras menores. CAPÍTULO VI ASPECTOS RELACIONADOS A LOS ACABADOS Y CONTAMINACIÓN VISUAL EN LA EJECUCIÓN DE OBRAS PRIVADAS Artículo 11.- Para el caso de Obras Privadas, queda bajo la responsabilidad del Propietario y el Profesional Responsable de la obra el cuidar la no afectación de la propiedad y la integridad de terceros, debiendo asumir la responsabilidad de manera solidaria en caso de ocasionarlos. Artículo 12.- CONDICIÓN DE FACHADA: 12.1. En todas las edificaciones del distrito, las fachadas, azoteas, techos o espacios de las edificaciones visibles desde la vía pública, deben contar con revestimientos o acabados, asimismo deben mantenerse en buenas condiciones de conservación, limpios, pintados, reparados, con el fin de recuperar el ornato del distrito.