Norma Legal Oficial del día 15 de septiembre del año 2019 (15/09/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 48

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Centro de Actividad Responsable

NORMAS LEGALES
Objeto de Costo

Domingo 15 de setiembre de 2019 /

El Peruano
Derecho de Trámite (S/) 157.10

SUBGERENCIA DE OBRAS PRIVADAS

193. INDEPENDIZACIÓN O PARCELACIÓN DE TERRENOS RÚSTICOS UBICADOS DENTRO DEL ÁREA URBANA O DE EXPANSIÓN URBANA CONJUNTA CON LICENCIA DE HABILITACIÓN URBANA MODALIDAD B: APROBACIÓN DE PROYECTO CON EVALUACIÓN POR LA MUNICIPALIDAD 194. INDEPENDIZACIÓN O PARCELACIÓN DE TERRENOS RÚSTICOS UBICADOS DENTRO DEL ÁREA URBANA O DE EXPANSIÓN URBANA CONJUNTA CON LICENCIA DE HABILITACIÓN URBANA MODALIDAD C: APROBACIÓN DE PROYECTO CON EVALUACIÓN PREVIA POR LA COMISIÓN TÉCNICA 195. INDEPENDIZACIÓN O PARCELACIÓN DE TERRENOS RÚSTICOS UBICADOS DENTRO DEL ÁREA URBANA O DE EXPANSIÓN URBANA CONJUNTA CON LICENCIA DE HABILITACIÓN URBANA MODALIDAD D: APROBACIÓN DE PROYECTO CON EVALUACIÓN PREVIA POR LA COMISIÓN TÉCNICA 196. LICENCIA DE HABILITACIÓN URBANA CON APROBACIÓN DE PLANEAMIENTO INTEGRAL MODALIDAD D: APROBACIÓN DE PROYECTO CON EVALUACIÓN PREVIA POR LA COMISIÓN TÉCNICA - EL ÁREA POR HABILITAR NO COLINDA CON ZONAS HABILITADAS 197. INDEPENDIZACIÓN O PARCELACIÓN DE PREDIOS RÚSTICOS CON APROBACIÓN DE PLANEAMIENTO INTEGRAL 198. REVALIDACIÓN DE LICENCIA DE HABILITACIÓN URBANA 199. PRÓRROGA DE LA LICENCIA DE EDIFICACIÓN 200. PRÓRROGA DE LA LICENCIA DE HABILITACIÓN URBANA 201. CERTIFICADO DE PARÁMETROS URBANÍSTICOS Y EDIFICATORIOS

SUBGERENCIA DE OBRAS PRIVADAS

505.70

SUBGERENCIA DE OBRAS PRIVADAS

539.30

SUBGERENCIA DE OBRAS PRIVADAS

535.70

SUBGERENCIA DE OBRAS PRIVADAS SUBGERENCIA DE OBRAS PRIVADAS SUBGERENCIA DE OBRAS PRIVADAS SUBGERENCIA DE OBRAS PRIVADAS SUBGERENCIA DE OBRAS PRIVADAS

251.60 92.30 Gratuito Gratuito 32.20

Artículo Tercero.- Exigibilidad de los derechos de trámite Los derechos de trámite a los que hace referencia el artículo segundo serán exigibles a partir de día siguiente de la publicación del Acuerdo de Concejo Metropolitano que los ratifique y de la presente Ordenanza y de su Anexo conforme los mecanismos previstos en la normativa vigente. Artículo Cuarto.Adecuación de los procedimientos administrativos y servicios brindados en exclusividad a la Ley Nº 29090 y modificatorias, Ley de Regulación de Habilitaciones Urbanas y de Edificaciones. Precísese que los procedimientos administrativos y servicios brindados en exclusividad vinculados con las licencias para la realización de habilitaciones urbanas y edificaciones recogen única y exclusivamente los requisitos, silencios, plazos y demás formalidades previstas en la Ley Nº 29090 modificada por el Decreto Legislativo Nº 1426, Decreto Legislativo que modifica la Ley Nº 29090, Ley de Regulación de Habilitaciones Urbanas y de Edificaciones, y su Reglamento el Decreto Supremo Nº 011-2017-VIVIENDA. Artículo Quinto.- Publicidad. La Presente Ordenanza y el Acuerdo ratificatorio serán publicados en el Diario Oficial El Peruano. La Ordenanza y su Anexo que contiene los procedimientos administrativos y servicios brindados en exclusividad aprobados, serán publicados obligatoriamente en el Portal del Diario Oficial El Peruano. Adicionalmente se difundirá a través de la Plataforma Digital Única para Orientación al Ciudadano del Estado Peruano y en el Portal de la Municipalidad Distrital de Breña (www.munibrena.gob.pe), de conformidad con lo dispuesto en el artículo 44º del TUO de la Ley Nº 27444, así como en forma complementaria en el Portal Institucional del Servicio de Administración Tributaria (www.sat.gob.pe). Artículo Sexto.- Facultades al Alcalde Facúltese al Alcalde para que, mediante Decreto de Alcaldía dicte las disposiciones complementarias necesarias para la adecuada aplicación de la presente Ordenanza, de conformidad a lo establecido en el artículo 44º del TUO de la Ley Nº 27444. Artículo Séptimo.- Validez y vigencia La validez de la presente Ordenanza, así como su Anexo, se encuentra condicionada a su ratificación por parte de la Municipalidad Metropolitana de Lima, y su vigencia a la publicación de la Ordenanza incluida su anexo, bajo el mecanismo previsto en el artículo 44º,

numeral 44.3 del TUO de la Ley Nº 27444, precisado en el artículo precedente. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. JOSE DALTON LI BRAVO Alcalde 1807131-1 * El TUPA se publica en la página WEB del Diario Oficial El Peruano, sección Normas Legales.

MUNICIPALIDAD DE CHORRILLOS
Ordenanza que establece la tasa por estacionamiento vehicular temporal
ORDENANZA Nº 363-2019-MDCH Chorrillos, 18 de junio del 2019 EL SEÑOR ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE CHORRILLOS VISTO: En sesión extraordinaria del Concejo Municipal Distrital de 18 de junio de 2019, y; CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 27972 ­ Ley Orgánica de Municipalidades, en su título preliminar, Artículo IV, señala que los gobiernos locales representan al vecindario, promueven la adecuada presentación de los servicios públicos locales y el desarrollo integral, sostenible y armónico de su circunscripción; Que, los gobiernos locales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, siendo competentes para crear, modificar y suprimir tasas, conforme a ley, según lo establecen los artículos 194º y 195º, numeral 4, de la Constitución Política, modificados, por la ley de Reforma Constitucional, Ley Nº 27680; Que, el artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, prescribe que mediante Ordenanza se crean, modifican, suprimen o