Norma Legal Oficial del día 15 de septiembre del año 2019 (15/09/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 34

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NORMAS LEGALES
ACORDÓ:

Domingo 15 de setiembre de 2019 /

El Peruano

el D.S. Nº 064-2010-PCM, entre otros dispositivos legales, debiéndose efectuar la publicación en el Diario Oficial El Peruano del texto de la ordenanza distrital y el acuerdo ratificatorio que contiene los derechos de trámite de los procedimientos y servicios prestados en exclusividad, materia de la ratificación. Adicionalmente, la ordenanza y su Anexo TUPA, que contiene los procedimientos administrativos, servicios prestados en exclusividad y derechos de trámite se publicarán en el Portal Web del Diario Oficial El Peruano, así como se difundirá en la Plataforma Digital Única para Orientación del Ciudadano del Estado Peruano y en el respectivo Portal Institucional, conforme a lo dispuesto en los numerales 38.2 y 38.3 del artículo 38 de la Ley Nº 27444 y modificatorias, de corresponder (Artículos 44.2 y 44.3 del TUO de la Ley Nº 27444); Que, los ingresos que la mencionada municipalidad prevé percibir como producto de la aplicación de los derechos de trámite por los procedimientos administrativos, listados en el Anexo A del informe en mención, financiará el 99.98 % de los costos considerados en su costeo; Estando a lo señalado en los considerandos que anteceden, en uso de las facultades previstas según los artículos 9 y 41 de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, y de conformidad con lo opinado por el Servicio de Administración Tributaria de Lima ­ SAT y por la Comisión Metropolitana de Asuntos Económicos y Organización, en su Dictamen Nº 42-2019-MML/CMAEO de fecha 10 de junio de 2019; el Concejo Metropolitano de Lima, por UNANIMIDAD y con dispensa del trámite de aprobación del acta;

Artículo Primero.- Ratificar ciento treinta (130) derechos de trámite relacionados a ciento treinta (130) procedimientos administrativos y servicios brindados en exclusividad cuyos costos únicamente han sido enviados y sustentados, listados en el Anexo A del Informe Nº 266-18100000848, aprobados en la Ordenanza Nº 520-2019-MDB por la Municipalidad Distrital de Breña; luego de haberse verificado que su establecimiento se ha efectuado de conformidad con la normativa vigente en cuanto responde al costo que incurre la municipalidad en la prestación del servicio, en la medida que se han establecido, teniendo en cuenta el marco legal vigente: Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General y modificatorias; Ley Nº 29090, Ley de Regulación de Habilitaciones Urbanas y de Edificaciones y modificatorias; Decreto Legislativo Nº 1426, que modifica la Ley Nº 29090 y el Decreto Supremo Nº 011-2017-VIVIENDA, que aprueba el Reglamento de Licencias de Habilitación Urbana y Licencias de Edificación; así como también el Decreto Supremo Nº 064-2010-PCM, que aprueba la metodología de determinación de costos de los procedimientos administrativos y servicios prestados en exclusividad comprendidos en el TUPA, entre otras normas vinculadas con el establecimiento de los procedimientos administrativos y servicios prestados en exclusividad aplicables al caso, según lo informado por el Área Funcional de Ratificaciones de la Gerencia de Asuntos Jurídicos del Servicio de Administración Tributaria de Lima - SAT en su Informe Nº 266-181-00000848.

ANEXO A - INFORME Nº 266-181-00000848 MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE BREÑA - ORDENANZA Nº 520-2019-MDB

UIT = Nº PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO / SERVICIO PRESTADO EN EXCLUSIVIDAD DERECHO COSTO (I) (C) S/ S/

S/ 4,200 Nº % DERECHO COBERTURA TRÁMITE (I / C)

GERENCIA DE DESARROLLO URBANO

SUBGERENCIA DE OBRAS PRIVADAS: PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS

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Licencia de Edificación Modalidad A: Aprobación automática con firma de profesionales Construcción de una vivienda unifamiliar de hasta 120 m2 construidos, siempre que constituya la única edificación en el lote. Licencia de Edificación Modalidad A: Aprobación automática con firma de profesionales - Ampliación de una vivienda unifamiliar, cuya edificación original cuente con licencia de construcción, declaratoria de fábrica o de edificación sin carga, y la sumatoria del área techada de ambas no supere los 200 m2. Licencia de Edificación Modalidad A: Aprobación automática con firma de profesionales Remodelación de una vivienda unifamiliar, siempre que no que el inmueble no se encuentre bajo el régimen en que coexistan secciones de propiedad exclusiva y propiedad común. Licencia de Edificación Modalidad A: Aprobación automática con firma de profesionales Construcción de cercos de más de 20 m. de longitud, siempre que el inmueble no se encuentre bajo el régimen en que coexistan secciones de propiedad exclusiva y propiedad común. Licencia de Edificación Modalidad A: Aprobación automática con firma de profesionales - La demolición total de edificaciones de hasta tres (03) pisos de que el inmueble no se encuentre bajo el régimen en que coexistan secciones de propiedad exclusiva y propiedad común. Licencia de Edificación Modalidad A: Aprobación automática con firma de profesionales Las ampliaciones y remodelaciones consideradas obras menores según lo establecido en el reglamento nacional de edificaciones. Licencia de Edificación Modalidad A: Aprobación automática con firma de profesionales - Obras de carácter militar de las fuerzas armadas y las de carácter policial de la PNP, así como los establecimientos de reclusión penal, los que deben ejecutarse con sujeción a los planes de acondicionamiento territorial y desarrollo urbano. Licencia de Edificación Modalidad A: Aprobación automática con firma de profesionales Edificaciones necesarias para el desarrollo de proyectos de inversión pública, de asociación público - privada o de concesión privada que se realicen, para la prestación de servicios públicos esenciales o para la ejecución de infraestructura pública.

78.40

78.49

99.88%

1

71

78.40

78.49

99.88%

2

72

78.40

78.49

99.88%

3

73

65.70

65.79

99.87%

4

74

44.90

44.91

99.98%

5

75

57.10

57.15

99.92%

6

76

56.60

56.70

99.83%

7

77

57.10

57.15

99.92%

8