Norma Legal Oficial del día 15 de septiembre del año 2019 (15/09/2019)


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El Peruano / Domingo 15 de setiembre de 2019

NORMAS LEGALES

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Organización y Funciones del SENASA, aprobado por Decreto Supremo N° 008-2005-AG y modificatoria; Con el visto bueno de los Directores Generales de la Oficina de Asesoría Jurídica, de la Oficina de Planificación y Desarrollo Institucional, y de la Dirección de Sanidad Vegetal; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Disponer la simplificación y actualización de los montos correspondientes al derecho de tramitación aplicable al servicio prestado en exclusividad de inspección fitosanitaria de los envíos de azúcar para importación y tránsito internacional clasificados en las subpartidas nacional 1701.12.00.00; 1701.14.00.00 y 1701.99.90.00 como productos de la Categoría de Riesgo Fitosanitario 2, contenido en el Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA del SENASA, conforme se detalla en el Anexo 1 que forma parte de la presente Resolución. Artículo 2°.- La presente Resolución será publicada en el diario oficial El Peruano, así como en su portal (www. elperuano.com.pe/), y en el portal institucional (www. senasa.gob.pe) conjuntamente con su Anexo. Regístrese, comuníquese y publíquese. PEDRO J. MOLINA SALCEDO Jefe Servicio Nacional de Sanidad Agraria 1807112-1

AMBIENTE
Autorizan viaje de servidora de INAIGEM a Ecuador, en comisión de servicios
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 273-2019-MINAM Lima, 13 de septiembre de 2019 VISTOS; el Oficio Nº 200-2019-INAIGEM/GG, de la Gerencia General del Instituto Nacional de Investigación en Glaciares y Ecosistemas de Montaña - INAIGEM; el Informe Nº 00456-2019-MINAM/SG/OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica; la Solicitud de Autorización de Viaje al Exterior; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Legislativo Nº 1013 se crea el Ministerio del Ambiente como organismo del Poder Ejecutivo, con personería jurídica de derecho público, cuya función general es diseñar, establecer y supervisar la política nacional y sectorial ambiental, asumiendo la rectoría con respecto a ella; Que, de conformidad con lo dispuesto en artículo 1 de la Ley Nº 30286, el Instituto Nacional de Investigación en Glaciares y Ecosistemas de Montaña - INAIGEM se encuentra adscrito al Ministerio del Ambiente; Que, mediante Carta s/n de fecha 28 de agosto de 2019, la Pontificia Universidad Católica del Ecuador comunica al INAIGEM que la ponencia titulada "Líneas de investigación priorizadas por el INAIGEM, en bosques Polylepis en el Perú" ha sido aceptada en el V Congreso Internacional de Ecología y Conservación de Bosques de Polylepis (CIP 2019), el mismo que se llevará a cabo en la ciudad de Quito, República del Ecuador, del 16 al 20 de setiembre de 2019; Que, a través del Oficio Nº 200-2019-INAIGEM/GG, la Gerencia General del INAIGEM remite la solicitud de autorización de viaje al exterior de la señora Beatriz Fuentealba Durand, Directora de Investigación en Ecosistemas de Montaña del INAIGEM, cuya asistencia y participación en el citado evento permitirá: (i) generar redes de alianza y colaboración, para la presentación de futuros proyectos conjuntos y comparativos con otros países de la región, como Ecuador y Bolivia, y (ii) fortalecer la línea de

investigación del INAIGEM, buscando generar una guía metodológica que permita evaluar la condición ecológica de los bosques de Polylepis, así como definir criterios de priorización para la conservación y/o recuperación de estos bosques andinos; Que, los gastos de participación de la señora Beatriz Fuentealba Durand, en el mencionado evento, serán cubiertos por la citada servidora y, en parte, por el INAIGEM conforme a lo señalado en el Memorando Nº 900-2019-INAIGEM/GG-OPPM que adjunta la correspondiente certificación de crédito presupuestario Nota Nº 0000000716, de fecha 4 de setiembre de 2019, del Sistema Integrado de Administración Financiera ­ SIAF; Que, el artículo 2 del Decreto Supremo Nº 0472002-PCM, que aprueba normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, dispone que la resolución de autorización de viajes al exterior de la República será debidamente sustentada en el interés nacional o en el interés específico de la institución, y deberá indicar expresamente el motivo del viaje, el número de días de duración, viáticos, entre otros; Que, asimismo, el artículo 1 del referido Decreto Supremo, establece que para el caso de los servidores y funcionarios públicos de los Ministerios y de los Organismos Públicos correspondientes la autorización de viaje, en caso irrogue algún gasto al Tesoro Público, se otorgará por Resolución Ministerial del respectivo Sector; Que, en tal sentido, siendo de interés institucional, resulta necesario autorizar el viaje de la citada servidora, por lo que corresponde emitir el presente acto resolutivo; Con el visado de la Oficina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1013, que aprueba la Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente; la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprueba normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos y sus modificatorias; y, el Decreto Supremo Nº 002-2017-MINAM, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje, en comisión de servicios, de la señora Beatriz Fuentealba Durand, Directora de Investigación en Ecosistemas de Montaña del Instituto Nacional de Investigación en Glaciares y Ecosistemas de Montaña ­ INAIGEM, a la ciudad de Quito, República del Ecuador, del 16 al 21 de setiembre de 2019, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de lo dispuesto en el artículo precedente, serán cubiertos por el Instituto Nacional de Investigación en Glaciares y Ecosistemas de Montaña ­ INAIGEM, de acuerdo al siguiente detalle: Beatriz Fuentealba Durand Viáticos US$ 344.61 Artículo 3.- Disponer que dentro de los quince (15) días calendario siguientes a la realización del viaje, la servidora cuyo viaje se autoriza mediante el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial, deberá presentar un informe detallado sobre el resultado del evento y las acciones que se deriven a favor del Instituto Nacional de Investigación en Glaciares y Ecosistemas de Montaña INAIGEM; así como, la respectiva rendición de cuentas por los viáticos entregados. Artículo 4.- La presente Resolución Ministerial no otorgará derecho a exoneración o liberación de impuestos o de derechos de aduana de cualquier clase o denominación. Artículo 5.- Notificar la presente Resolución Ministerial al Instituto Nacional de Investigación en Glaciares y Ecosistemas de Montaña - INAIGEM, para los fines correspondientes.