Norma Legal Oficial del día 15 de septiembre del año 2019 (15/09/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 40

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NORMAS LEGALES
PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO / SERVICIO PRESTADO EN EXCLUSIVIDAD

Domingo 15 de setiembre de 2019 /

El Peruano

UIT = DERECHO COSTO (I) (C) S/ 191 Subdivisión de lote urbano. 192 Subdivisión de lote urbano con obras de habilitación urbana inconclusas. 193 Independización o parcelación de terrenos rústicos ubicados dentro del área urbana o de expansión urbana conjunta con licencia de habilitación urbana. Modalidad B: Aprobación de proyecto con evaluación por la municipalidad. 194 Independización o parcelación de terrenos rústicos ubicados dentro del área urbana o de expansión urbana conjunta con licencia de habilitación urbana. Modalidad C: Aprobación de proyecto con evaluación previa por la comisión técnica. 195 Independización o parcelación de terrenos rústicos ubicados dentro del área urbana o de expansión urbana conjunta con Licencia de Habilitación Urbana. Modalidad D: Aprobación de proyecto con evaluación previa por la comisión técnica. 196 Licencia de Habilitación Urbana con aprobación de Planeamiento integral Modalidad D: Aprobación de proyecto con evaluación previa por la comisión técnica - El área por habilitar no colinda con zonas habilitadas. 197 Independización o parcelación de predios rústicos con aprobación de planeamiento integral. 198 Revalidación de Licencia de Habilitación Urbana. 81.80 140.00 157.10 S/ 81.82 140.00 157.17

S/ 4,200 Nº % DERECHO COBERTURA TRÁMITE (I / C) 99.97% 100.00% 99.96% 122 123 124

505.70

505.79

99.98%

125

539.30

539.37

99.99%

126

535.70

535.71

100.00%

127

251.60 92.30

251.66 92.34

99.98% 99.96%

128 129

SUBGERENCIA DE OBRAS PRIVADAS: SERVICIOS PRESTADOS EN EXCLUSIVIDAD

201 Certificado de parámetros urbanísticos y edificatorios.
UIT vigente en el año 2019 = S/ 4,200.00 Fuente: Expediente Ordenanza Nº 520-2019-MDB Elaboración: Servicio de Administración Tributaria de Lima

32.20

32.22

99.95%

130

Artículo Segundo.- La vigencia del presente acuerdo ratificatorio se encuentra condicionado al cumplimiento de la publicación, incluyendo el texto de la Ordenanza Nº 5202019-MDB, en el Diario Oficial El Peruano. Adicionalmente, la ordenanza y su Anexo TUPA que contiene los procedimientos administrativos y servicios prestados en exclusividad y derechos de trámite se publicarán en el Portal Web del Diario Oficial El Peruano, así como se difundirá en la Plataforma Digital Única para Orientación del Ciudadano del Estado Peruano y en el respectivo Portal Institucional, conforme a lo dispuesto en los numerales 38.2 y 38.3 del artículo 38 de la Ley Nº 27444 y modificatorias. Cabe indicar que es responsabilidad de la municipalidad distrital adecuarse a los cambios normativos que se den. (Según los artículos 44.2 y 44.3 del TUO de la Ley Nº 27444). La aplicación de la ordenanza materia de la presente ratificación, sin la condición antes señalada, es de exclusiva responsabilidad de los funcionarios de la Municipalidad Distrital de Breña así como la aplicación estricta de las disposiciones contenidas en la ordenanza ratificada y en la normativa vigente, teniendo presente que en dicha responsabilidad se encuentra adoptar las medidas necesarias a efectos que respecto de los procedimientos administrativos que cuenten con pronunciamiento favorable, el derecho de trámite total del procedimiento no exceda en valor una (1) unidad impositiva tributaria, y en caso que excediera, previo a su cobro se solicite la autorización prevista en el numeral 45.1 del artículo 45 de la Ley Nº 27444 y modificatorias, cuya fiscalización se encuentra a cargo de entidades competentes para ello. (Artículo 54 del TUO de la Ley Nº 27444) Artículo Tercero.- Disponer la publicación del presente dispositivo en el portal institucional (www.munlima.gob.pe). POR TANTO: Regístrese, comuníquese y cúmplase. JORGE MUÑOZ WELLS Alcalde 1807136-1

Ratifican la Ordenanza N° 363-2019-MDCH de la Municipalidad Distrital de Chorrillos que establece la tasa por estacionamiento vehicular temporal
ACUERDO DE CONCEJO N° 193 Lima, 5 de setiembre de 2019 EL ALCALDE METROPOLITANO DE LIMA; POR CUANTO; El Concejo Metropolitano de Lima en Sesión Ordinaria de la fecha; CONSIDERANDO: VISTO, el Oficio N° 001-090-00009443 de la Jefatura del Servicio de Administración Tributaria de Lima - SAT, de fecha 26 de junio de 2019, adjuntando el expediente de ratificación de la Ordenanza N° 363-2019-MDCH, que establece la tasa por estacionamiento vehicular temporal en el distrito de Chorrillos, y; CONSIDERANDO: Que, los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; autonomía reconocida en la Constitución Política del Perú y en la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, que radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico vigente; Que, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 40 de la Ley Nº 27972, las ordenanzas en materia tributaria expedidas por las municipalidades distritales deben ser ratificadas por las municipalidades