Norma Legal Oficial del día 29 de octubre del año 2019 (29/10/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 5

El Peruano / Martes 29 de octubre de 2019

NORMAS LEGALES

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el extranjero del Teniente EP (R) Walther Brayan GONZALES CASTRO, en la ciudad Baltimore Estado de Maryland Estados Unidos de América, a fin de continuar con su tratamiento médico altamente especializado, por el periodo comprendido desde el 01 de setiembre hasta el 24 de noviembre de 2019; Que, con la "Hoja de Gastos y Declaración que ningún organismo internacional cubrirá los costos que genera la ampliación de permanencia en el exterior", suscrita por el Jefe de la Sección de Presupuesto, por el Jefe del Departamento de Planeamiento y Presupuesto y por el Comandante General del Comando de Salud del Ejército COSALE, de fecha 02 de setiembre de 2019, se detallan los conceptos y montos que deben ser reconocidos a favor del Teniente EP (R) Walther Brayan GONZALES CASTRO, los cuales se efectuarán con cargo al Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2019 de la Unidad Ejecutora 003: Ejército Peruano; conforme a lo establecido en el artículo 15 del Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado por el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG; y, el artículo 13 del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprueba normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, el cual indica que "toda referencia al gasto ocasionado al Tesoro Público, deberá ser entendido como gasto con cargo al Presupuesto aprobado para la Entidad por toda fuente de financiamiento"; Que, de conformidad con el Decreto Legislativo N° 1134, que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa y su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo N° 006-2016-DE; la Ley N° 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019; la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos y su Reglamento, aprobado con el Decreto Supremo Nº 047-2002PCM; el Reglamento de viajes al exterior de personal militar y civil del Sector Defensa, aprobado por el Decreto Supremo N° 002-2004-DE/SG y sus modificatorias; el Decreto Supremo Nº 262-2014-EF, que establece disposiciones respecto a montos por Compensación Extraordinaria por Servicios en el Extranjero en Misión Diplomática, Comisión Especial en el Exterior, Misión de Estudios, Comisión de Servicios y Tratamiento Médico Altamente Especializado de personal militar y civil del Sector Defensa e Interior; Estando a lo propuesto por el señor General de Ejército Comandante General del Ejército y con el visado de la Oficina General de Asesoría Jurídica; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar, la ampliación de permanencia en el extranjero por tratamiento médico altamente especializado al Teniente EP (R) Walther Brayan GONZALES CASTRO, hasta el 24 de noviembre de 2019. Artículo 2.- La Unidad Ejecutora 003: Ejército Peruano-Ministerio de Defensa, efectuará los pagos que correspondan, con cargo a su presupuesto Institucional del Año Fiscal 2019, de acuerdo a los conceptos siguientes: a) Compensación extraordinaria mensual por servicio en el extranjero. Paciente: Teniente EP (R) Walther Brayan GONZÁLES CASTRO US$ 5,346.89 (01 al 30 set 19) US$ 5,346.89 US$ 5,346.89 (01 al 31 oct 19) US$ 5,346.89 US$ 5,346.89/30x24 (01 al 24 nov 19) US$ 4,277.51 b) Penalidad por cambio de fecha pasaje TOTAL US$ 795.30

8 del Decreto Legislativo N° 1132, en cumplimiento al segundo párrafo del numeral 2.1 del artículo 2 del Decreto Supremo N° 262-2014-EF. Artículo 5.- El Comandante General del Ejército queda facultado para variar la fecha de término de la autorización a que se refiere el artículo 1, sin exceder el total de días autorizados; y sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre del personal autorizado. Artículo 6.- La presente Resolución no da derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. WALTER MARTOS RUIZ Ministro de Defensa 1821314-1

DESARROLLO E INCLUSION SOCIAL
Aprueban Bases Estandarizadas del Proceso de Compras Electrónico 2020 Modalidad Productos, Anexos y Formatos, para la prestación del servicio alimentario 2020 del Programa Nacional de Alimentación Escolar Qali Warma
RESOLUCIÓN DE DIRECCIÓN EJECUTIVA N° D000332-2019-MIDIS/PNAEQW-DE Lima, 28 de octubre de 2019 VISTOS: El Informe N° D000203-2019-MIDIS/PNAEQW-UGCTR, de la Unidad de Gestión de Contrataciones y Transferencia de Recursos; y, el Informe N° D000557-2019-MIDIS/ PNAEQW-UAJ, de la Unidad de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo N° 008-2012-MIDIS y normas modificatorias, se crea el Programa Nacional de Alimentación Escolar Qali Warma (en adelante PNAEQW), como Programa Social del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, con el propósito de brindar un servicio alimentario de calidad, adecuado a los hábitos de consumo locales, cogestionado con la comunidad, sostenible y saludable para las y los escolares de las instituciones educativas públicas bajo su cobertura; Que, en virtud a lo dispuesto en la Octagésima Cuarta Disposición Complementaria Final de la Ley N° 29951, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013, el Decreto Supremo N° 001-2013-MIDIS, que establece disposiciones para la transferencia de recursos financieros a comités u organizaciones que se constituyan para proveer los bienes y servicios del Programa Nacional Cuna Más y el Programa Nacional de Alimentación Escolar Qali Warma; y la Resolución Ministerial N° 181-2019-MIDIS, que aprueba la Directiva N° 002-2019-MIDIS "Directiva que regula los Procedimientos Generales de Compras, de Rendición de Cuentas y otras disposiciones para la Operatividad del Modelo de Cogestión del Programa Nacional de Alimentación Escolar Qali Warma"; el PNAEQW aprueba los procedimientos operativos, de compra, de rendición de cuentas y demás normas complementarias, para la operatividad del modelo de cogestión para la atención del servicio alimentario; Que, de acuerdo al literal f) del artículo 34 del Manual de Operaciones del PNAEQW, aprobado por Resolución Ministerial N° 283-2017-MIDIS, la Unidad de Gestión de Contrataciones y Transferencia de Recursos tiene por función: "Supervisar la elaboración y proponer a la Dirección Ejecutiva el proyecto de Bases del Proceso de Compras para la provisión del servicio alimentario del Programa". Asimismo, el literal b) del artículo 35 del citado Manual, dispone que la Coordinación de Gestión de Contrataciones y Seguimiento de Ejecución Contractual tiene por función: "Revisar y proponer a la Jefatura los proyectos de Manual y Bases del Proceso de Compras para la provisión del servicio alimentario"; Que, mediante Resolución de Dirección Ejecutiva N° D000235-2019-MIDIS/PNAEQW-DE, se aprueba

US$ 15,766.59

QUINCE MIL SETECIENTOS SESENTA Y SEIS CON 59/100 DOLARES AMERICANOS (US$ 15,766.59). Artículo 3.- El otorgamiento de la Compensación Extraordinaria Mensual por Servicio en el Extranjero, se hace por días reales y efectivos de servicios en el exterior, conforme a lo dispuesto en el Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado por el Decreto Supremo N° 002-2004-DE/SG de y sus modificatorias; y, de acuerdo a las disposiciones establecidas en el Decreto Supremo N° 262-2014-EF. Artículo 4.- El monto de la Compensación Extraordinaria mensual será reducido por el Ejército de Perú, en la misma cantidad que la bonificación otorgada de conformidad con los literales a), b) o c) del artículo