Norma Legal Oficial del día 13 de enero del año 2018 (13/01/2018)


Si desea descargar el documento entero como pdf click aquí.

TEXTO DE LA PÁGINA 5

El Peruano / Sábado 13 de enero de 2018

NORMAS LEGALES

5

Artículo 3.- Financiamiento La implementación de las acciones previstas en el presente decreto supremo, se financian con cargo al presupuesto institucional de los pliegos involucrados, de conformidad con la normatividad vigente. Artículo 4.- Refrendo El presente decreto supremo es refrendado por la Presidenta del Consejo de Ministros, el Ministro de Agricultura y Riego, el Ministro de Transportes y Comunicaciones, el Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento, la Ministra de la Producción, el Ministro de Salud, el Ministro de Educación, el Ministro de Defensa, el Ministro del Interior, el Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo, el Ministro de Desarrollo e Inclusión Social, la Ministra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, el Ministro de Comercio Exterior y Turismo, y la Ministra de Energía y Minas. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los doce días del mes de enero del año dos mil dieciocho. PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARD Presidente de la República MERCEDES ARÁOZ FERNÁNDEZ Presidenta del Consejo de Ministros JOSÉ BERLEY ARISTA ARBILDO Ministro de Agricultura y Riego BRUNO GIUFFRA MONTEVERDE Ministro de Transportes y Comunicaciones CARLOS RICARDO BRUCE MONTES DE OCA Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento LIENEKE MARÍA SCHOL CALLE Ministra de la Producción ABEL HERNÁN JORGE SALINAS RIVAS Ministro de Salud IDEL ALFONSO VEXLER TALLEDO Ministro de Educación JORGE KISIC WAGNER Ministro de Defensa VICENTE ROMERO FERNÁNDEZ Ministro del Interior JAVIER ALBERTO BARREDA JARA Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo JORGE ENRIQUE MELÉNDEZ CELIS Ministro de Desarrollo e Inclusión Social ANA MARÍA CHOQUEHUANCA DE VILLANUEVA Ministra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables ELSA GALARZA CONTRERAS Ministra del Ambiente Encargada del Despacho del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo ÁNGELA GROSSHEIM BARRIENTOS Ministra de Energía y Minas 1606252-1 FE DE ERRATAS DECRETO SUPREMO Nº 002-2018-PCM Decreto Supremo que aprueba el Nuevo Reglamento de Inspecciones Técnicas de Seguridad en Edificaciones Mediante Oficio Nº 000038-2018-DP-SG-SCM, la Secretaría del Consejo de Ministros solicita se publique

Fe de Erratas del Nuevo Reglamento de Inspecciones Técnicas de Seguridad en Edificaciones, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 002-2018-PCM, publicado en la edición del 5 de enero de 2018. En el Artículo 67 (página 15) DICE: "Artículo 67.- Competencias Son competentes para la tramitación del procedimiento sancionador: (...) b) El órgano instructor: Es la unidad orgánica de la entidad sancionadora de segundo nivel jerárquico encargada de las actuaciones conducentes a la determinación de la responsabilidad administrativa por la comisión de infracciones leves, graves o muy graves cometidas por los Inspectores. c) El órgano sancionador: Es la unidad orgánica de la entidad sancionadora de segundo nivel jerárquico encargada de conducir la fase sancionadora del procedimiento administrativo sancionador, que tiene a su cargo la decisión sobre la imposición de sanciones por responsabilidad administrativa de los Inspectores." DEBE DECIR: "Artículo 67.- Competencias Son competentes para la tramitación del procedimiento sancionador: (...) b) El órgano instructor: Es la unidad orgánica de la entidad sancionadora de tercer nivel jerárquico encargada de las actuaciones conducentes a la determinación de la responsabilidad administrativa por la comisión de infracciones leves, graves o muy graves cometidas por los Inspectores. c) El órgano sancionador: Es el órgano de línea de la entidad sancionadora de segundo nivel jerárquico encargada de conducir la fase sancionadora del procedimiento administrativo sancionador, que tiene a su cargo la decisión sobre la imposición de sanciones por responsabilidad administrativa de los Inspectores." 1606253-1

COMERCIO EXTERIOR Y TURISMO
Autorizan viaje de representante de PROMPERÚ a España, en comisión de servicios
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 021-2018-MINCETUR Lima, 11 de enero de 2018 Visto el Oficio Nº 010-2018-PROMPERÚ/SG, de la Secretaria General de la Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo - PROMPERÚ. CONSIDERANDO: Que, la Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo ­ PROMPERÚ, es un organismo público técnico especializado adscrito al Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, competente para proponer y ejecutar los planes y estrategias de promoción de bienes y servicios exportables, así como de turismo interno y receptivo, promoviendo y difundiendo la imagen del Perú en materia turística y de exportaciones; Que, en cumplimiento de las actividades programadas por la Dirección de Comunicaciones e Imagen País de PROMPERÚ, se ha previsto participar en la Feria Internacional de Turismo "FITUR 2018", a realizarse del 17 al 22 de enero de 2018, en la ciudad de Madrid, Reino de