Norma Legal Oficial del día 13 de enero del año 2018 (13/01/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 19

El Peruano / Sábado 13 de enero de 2018

NORMAS LEGALES
VISTOS:

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respectivamente, establecen entre las funciones de la Jefatura, delegar sus atribuciones de carácter administrativo, contable y presupuestal en los casos que estime conveniente, a excepción de las facultades y funciones que sean privativas a su función; y delegar a la Secretaría General u otros funcionarios del FONDEPES, las funciones y atribuciones que no sean privativas de su cargo, de acuerdo a ley; Que, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del FONDEPES, mediante Informe Nº 003-2018-FONDEPES/ OGPP del 9 de enero de 2018, concluyó en la pertinencia y conveniencia de la delegación de facultades por parte de la Jefatura a la Secretaría General, en materia presupuestaria para el Ejercicio Fiscal 2018; Que, la Oficina General de Asesoría Jurídica, mediante Informe Nº 006-2018-FONDEPES/OGAJ del 9 de enero de 2018, consideró viable la delegación de facultades solicitada por la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto en el Informe Nº 003-2018-FONDEPES/ OGPP; Que, con la finalidad de organizar la gestión administrativa de los recursos asignados en materia presupuestal, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 7 y 40 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 304-2012-EF, y en ejercicio de las facultades contenidas en los literal "g)" y "n)" del artículo 8 del Reglamento de Organización y Funciones del FONDEPES, aprobado mediante Resolución Ministerial Nº 346-2012-PRODUCE, resulta pertinente emitir el acto resolutivo que apruebe la delegación de facultades a favor de la Secretaría General, para la aprobación de las modificaciones presupuestarias en el nivel Funcional Programático, para el Ejercicio Fiscal 2018; Con los visados de la Secretaría General, de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto y de la Oficina General de Asesoría Jurídica, en lo que corresponde a sus respectivas competencias; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Delegar en la Secretaría General del Fondo Nacional de Desarrollo Pesquero ­ FONDEPES, para el Ejercicio Fiscal 2018, las facultades para la aprobación y formalización de modificaciones presupuestarias en el nivel Funcional Programático del Pliego 059 Fondo Nacional de Desarrollo Pesquero FONDEPES. Artículo 2°.- Remitir copia de la presente Resolución a la Dirección Nacional de Presupuesto Público del Ministerio de Economía y Finanzas. Artículo 3°.- Dejar sin efecto las disposiciones que se opongan a la delegación de facultades contenida en el artículo 1 de la presente Resolución. Artículo 4°.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano y en el Portal Institucional de la entidad. Regístrese, comuníquese y publíquese. MARÍA ISABEL CASTRO SILVESTRE Jefa Fondo Nacional de Desarrollo Pesquero FONDEPES 1605842-1

El Informe Técnico (ORH) Nº 001-2018, de la Oficina General de Recursos Humanos, anexo al Memorándum (ORH) N° ORH066/2018, de 12 de enero de 2018; y el Informe Técnico Nº 004-2018 de la Oficina de Racionalización y Métodos de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, anexo al Memorándum (OPP) N° OPP0064/2018, de 12 de enero de 2018; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial Nº 0474/RE2017, se aprobó el Cuadro para Asignación de Personal Provisional ­ CAP Provisional del Ministerio de Relaciones Exteriores; Que, mediante la Directiva N° 002-2015-SERVIR/ GDSRH "Normas para la Gestión del Proceso de Administración de Puestos y Elaboración del Cuadro de Puestos de la Entidad ­ CPE", formalizada y actualizada con Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 304-2015-SERVIR-PE y 057-2016-SERVIR-PE, se establecen las normas técnicas y procedimientos de observancia obligatoria que las entidades públicas deben seguir para la elaboración y aprobación del Cuadro de Puestos de la Entidad - CPE y para la gestión del proceso de Administración de Puestos del Subsistema de Organización del Trabajo y su Distribución, del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos; Que, el subnumeral 7.5 del numeral 7 de la citada Directiva establece que el CAP Provisional es el documento de gestión institucional de carácter temporal que contiene los cargos definidos y aprobados por la entidad, sobre la base de su estructura orgánica vigente prevista en su Reglamento de Organización y Funciones o Manual de Operaciones, según corresponde, cuya finalidad es viabilizar la operación de las entidades públicas durante el período de transición del sector público al régimen del servicio civil previsto en la Ley Nº 30057; Que, asimismo, el numeral 5 del Anexo N° 4 de la referida Directiva, señala que el reordenamiento de cargos del CAP Provisional es el procedimiento mediante el cual se pueden realizar los siguientes ajustes: a) Cambios en los campos: "n° de orden", "cargo estructural", "código", "clasificación", "situación del cargo" y "cargo de confianza", y b) Otras acciones de administración del CAP Provisional que no incidan en un incremento del presupuesto de la entidad; incluyendo el supuesto señalado en numeral 1.3 del mencionado anexo; Que, el segundo párrafo del numeral antes señalado, dispone que el reordenamiento de cargos contenidos en el CAP Provisional no requerirá de un nuevo proceso de aprobación del CAP Provisional. El reordenamiento de cargos podrá aprobarse mediante resolución o dispositivo legal que corresponda al titular de la entidad, previo informe de la oficina de recursos humanos o el que haga sus veces, con el visto bueno de la oficina de racionalización o el que haga sus veces. En estos casos, la entidad deberá actualizar su CAP Provisional y publicarlo mediante resolución de su titular; Que, el numeral 2 del Anexo Nº 4 de la referida Directiva Nº 002-2015-SERVIR/GDSRH, señala que la elaboración del CAP Provisional de las entidades de los tres niveles de gobierno es responsabilidad de la oficina de recursos humanos, con opinión técnica favorable del órgano encargado de racionalización; Que, con el Informe Técnico Nº 001-2018 la Oficina General de Recursos Humanos sustenta la necesidad institucional de que el Despacho Ministerial cuente con las plazas necesarias de asesores, como cargos considerados de confianza, por lo que se propone el reordenamiento del CAP Provisional del Ministerio de Relaciones Exteriores, a fin de eliminar un (01) cargo de Asesor del Despacho Viceministerial y un (01) cargo de Asesor de la Secretaría General, que se encuentran disponibles, e incorporar dos (02) cargos de Asesor en el Despacho Ministerial, ambos considerados cargos de confianza. Asimismo, concluye que, teniendo en cuenta que el reordenamiento propuesto no implica un incremento en el presupuesto institucional y tampoco se altera el número total de cargos en el CAP Provisional, ni afecta los límites establecidos de los

RELACIONES EXTERIORES
Aprueban el reordenamiento de cargos del Cuadro para Asignación de Personal Provisional - CAP Provisional del Ministerio de Relaciones Exteriores
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 0020/RE-2018 Lima, 12 de enero de 2018