Norma Legal Oficial del día 13 de enero del año 2018 (13/01/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 16

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NORMAS LEGALES

Sábado 13 de enero de 2018 /

El Peruano

Supranacional, clasificado como empleado de confianza, en el Consejo de Defensa Jurídica del Estado; Que, mediante el Oficio Nº 042-2018-JUS/OGPM, el Jefe de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización remite el Informe Nº 003-2018-OGPMOOM, de la Oficina de Organización y Modernización que concluye que la propuesta de reordenamiento del CAP Provisional formulada por la Oficina General de Recursos Humanos cumple con las disposiciones establecidas en la normatividad vigente sobre la materia; Que, por lo expuesto es necesario aprobar el reordenamiento de cargos del Cuadro para Asignación de Personal Provisional ­ CAP Provisional del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 29809, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; el Decreto Supremo Nº 013-2017JUS, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; la Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil y su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo Nº 040-2014-PCM; y la Directiva Nº 002-2015-SERVIR-GDSRH, "Normas para la gestión del proceso de administración de puestos, y elaboración y aprobación del Cuadro de Puestos de la Entidad - CPE", aprobada mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 304-2015-SERVIR-PE, modificada con Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 057-2016-SERVIR-PE; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar el reordenamiento de cargos del Cuadro para Asignación de Personal Provisional CAP Provisional del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, aprobado mediante Resolución Ministerial Nº 185-2017-JUS, conforme al Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2.- Disponer que el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos adopte las acciones de personal necesarias, a fin de implementar lo dispuesto en la presente Resolución. Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial y su Anexo en el Portal Institucional del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (www. minjus.gob.pe) en la fecha de publicación de la Resolución en el Diario Oficial "El Peruano". Regístrese, comuníquese y publíquese. ENRIQUE JAVIER MENDOZA RAMÍREZ Ministro de Justicia y Derechos Humanos 1606244-1

el Memorando Nº 461-2017-PRODUCE/DGAAMPADCCBPA de la Dirección General de Asuntos Ambientales Pesqueros y Acuícolas; los Memorandos Nros. 435 y 1044-2017-PRODUCE/DGSFS-PA de la Dirección General de Supervisión, Fiscalización y Sanción; los Memorandos Nros. 267 y 1340-2017-PRODUCE/DVMYPE-I/DGPAR de la Dirección General de Políticas y Análisis Regulatorio, los Memorandos Nros. 375 y 1757-2017-PRODUCE/ DGDE de la Dirección General Desarrollo Empresarial; los Memorandos Nros. 220 y 1059-2017-PRODUCE/ DGAAMI de la Dirección General de Asuntos Ambientales de Industria; el Memorando Nº 339-2017-PRODUCE/ OGACI de la Oficina General de Atención al Ciudadano; el Memorando Nº 1624-2017-PRODUCE/OGRH de la Oficina General de Recursos Humanos; y, el Informe Nº 018-2018-PRODUCE/OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 010-2015-PRODUCE, se aprobó el Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA del Ministerio de la Producción, modificado por las Resoluciones Ministeriales Nºs. 199 y 340-2015-PRODUCE, Nºs. 043, 282, 417, 420, 425, 426, 456 y 465-2016-PRODUCE, así como por el Decreto Supremo Nº 011-2016-PRODUCE; Que, mediante Decreto Supremo Nº 002-2017-PRODUCE, se aprobó el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción, estableciendo su nueva estructura orgánica, funciones generales y funciones específicas de los órganos y unidades orgánicas respectivamente, siendo modificado por Decreto Supremo Nº 009-2017-PRODUCE; Que, el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo Nº 006-2017-JUS, dispone en el numeral 1 del artículo IV del Título Preliminar, que el procedimiento administrativo se sustenta fundamentalmente, entre otros, en el principio de simplicidad, según el cual, los trámites establecidos por la autoridad administrativa deberán ser sencillos, debiendo eliminarse toda complejidad innecesaria; es decir, los requisitos exigidos deberán ser racionales y proporcionales a los fines que se persigue cumplir; Que, el numeral 43.5 del artículo 43 del citado dispositivo, dispone que una vez aprobado el TUPA, toda modificación que no implique la creación de nuevos procedimientos, incremento de derechos de tramitación o requisitos, se debe realizar por Resolución Ministerial del Sector, en caso contrario su aprobación se realizará mediante Decreto Supremo; Que, los lineamientos para elaboración y aprobación de TUPA y establecen disposiciones para el cumplimiento de la Ley del Silencio Administrativo, aprobados por Decreto Supremo Nº 079-2007-PCM, establecen en el artículo 12 que, para la revisión y aprobación del proyecto de TUPA o de su modificatoria, se deberá presentar conjuntamente con el proyecto de TUPA, la siguiente documentación: Proyecto de norma que aprueba el TUPA y exposición de motivos; el Informe Técnico de la Oficina de Planeamiento o quien haga sus veces, que sustente y destaque los cambios contenidos en el proyecto, los avances en la simplificación administrativa de los procedimientos administrativos (reducción de plazos de atención, requisitos o costos); y el Formato de sustentación legal y técnica del procedimientos administrativos contenidos en el TUPA de la Entidad; Que, el cuarto objetivo específico de la Política Nacional de Modernización de la Gestión Pública aprobada por el Decreto Supremo Nº 004-2013-PCM, dispone la implementación de la gestión por procesos y promover la simplificación administrativa en todas las entidades públicas a fin de generar resultados positivos en la mejora de los procedimientos y servicios orientados a los ciudadanos y empresas; Que, mediante el Decreto Legislativo Nº 1246 se aprueban diversas medidas de simplificación administrativa, que permitirán dotar al régimen jurídico que rige a la Administración Pública de disposiciones a favor del ciudadano en función a la simplificación, eficacia,

PRODUCE
Modifican el Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA del Ministerio de la Producción
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 010-2018-PRODUCE Lima, 9 de enero de 2018 VISTOS: El Memorando Nº 1380-2017-PRODUCE/ OGPPM de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, el Informe Nº 247-2017-PRODUCE/OGPPM-OPM de la Oficina de Planeamiento y Modernización; el Memorando Nº 710-2017-PRODUCE/DGPCHDI de la Oficina General de Pesca para Consumo Humano Directo e Indirecto; los Memorandos Nros. 212 y 1277-2017-PRODUCE/ DGA-DGAC de la Dirección General de Acuicultura; los Memorandos Nros. 1324 y 1833-2017-PRODUCE/ DGPA de la Dirección General de Pesca Artesanal; el Memorando Nº 1035-2017-PRODUCE/DGAAMPA y